El juez Peinado anticipa que Begoña Gómez será juzgada por un jurado popular

La Audiencia Provincial de Madrid frenó en febrero la decisión del magistrado de abocar la investigación a un juicio con jurado popular

Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, a su llegada a un acto de homenaje al pueblo gitano.
EFE/ J.J. Guillen

El juez Juan Carlos Peinado ha insistido en su decisión de enviar la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a un jurado popular si el caso llega finalmente a juicio y ha citado a los investigados, la Fiscalía y las acusaciones el próximo 1 de abril.

El magistrado, que investiga a la mujer de Sánchez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación, también acuerda en un escrito la acumulación conjunta de la investigación de los hechos en una pieza separada por un “hipotético delito de malversación de caudales públicos” contra Gómez y su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez.

Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Madrid frenó en febrero la decisión de Peinado de abocar la investigación a un juicio con jurado popular, como así pretendía el magistrado instructor, al estimar un recurso de la defensa de la esposa de Sánchez contra esa decisión.

En aquel momento, los magistrados de la Audiencia Provincial argumentaron que no había “indicios racionales de criminalidad” que justificaran esa decisión.

Ahora, el magistrado concluye que “se ha podido comprobar hasta el presente momento de la investigación la concurrencia de indicios de los elementos de los delitos que son competencia del tribunal del jurado”.

Peinado aduce en el auto que Begoña Gómez “habría venido aprovechando su proximidad al presidente del Gobierno” para “impulsar su proyección profesional” en la Universidad Complutense de Madrid, “obteniendo para ello una interlocución singular con responsables” del centro, “empresas patrocinadoras” y “entidades del sector tecnológico”, indica.

Así, señala que su condición de pareja de Sánchez “influye en la conducta de cualquier ciudadano” por el “poder que su esposo tiene para determinar la toma de decisiones”.

La cátedra

Al mismo tiempo, incide, Gómez “recababa apoyo, financiación, colaboración y respaldo institucional y empresarial” para “la creación, desarrollo y expansión” de una cátedra universitaria de la que, según el magistrado, se habría apropiado indebidamente.

“Se pide y consigue que se cree específicamente, para su dirección, una cátedra extraordinaria, y al amparo de esta situación de capacidad de decisión de su esposo, contrata a su amiga e investigada, Cristina Álvarez, a la que utiliza no sólo para cuestiones protocolarias o institucionales, sino para sus actividades privadas”, agrega.

En ese punto, asevera que Álvarez “era percibida por terceros no como una asistente protocolaria” de la mujer de Sánchez, sino como una “persona integrada en el equipo de trabajo de la cátedra” y del proyecto vinculado al software.

El auto, cuyo objetivo, dice Peinado, no es “anticipar un hipotético auto de apertura de juicio oral o sobreseimiento” sino “verificar la verosimilitud” de los hechos investigados, desliza que Gómez, valiéndose de su condición de esposa de Sánchez, pudo escribir cartas “sugiriendo, directa o indirectamente, la adjudicación de concursos públicos” para presuntamente “beneficiar” al empresario Juan Carlos Barrabés, el tercer investigado en esta causa.

Firma de documentos sin “habilitación técnica”

En ese sentido, el juez instructor asegura que la investigación ha permitido constatar la “integración funcional” de Barrabés “en el proyecto académico de la cátedra” al mismo tiempo que “sociedades de su grupo resultaban beneficiadas por adjudicaciones públicas avaladas o apoyadas por Begoña Gómez”.

Y apunta, a la vez, a la “captación de financiación y ventajas de empresas con intereses o vínculos con el sector público”, un extremo que, en su conjunto, “presenta rasgos susceptibles de integración” en supuestos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, señala el auto.

Peinado argumenta, asimismo, que Gómez firmó “documentos técnicos y pliegos vinculados” a procedimientos de contratación pública y al desarrollo del software “pese a carecer de habilitación técnica o administrativa para ello”, lo que presenta “rasgos susceptibles” de posibles delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional.

Su relación con Sánchez, “trascendental”

Peinado manifiesta que es “verdaderamente trascendental” el hecho de que Sánchez asumiera la Presidencia del Gobierno en 2018 “para colegir” el posible tráfico de influencias. Es en ese contexto, continúa, en el que se “produjo un cambio inmediato y significativo en la trayectoria profesional” de Gómez.

Hasta entonces, continúa el juez, la esposa del presidente del Gobierno había estado “vinculada al ámbito laboral privado del márketing y la consultoría” en una empresa, “de la que solicitó una excedencia” en ese año 2018.

Así, el juez arguye que tras la investidura de Sánchez “se produce un cambio radical” en la trayectoria de Gómez. “Apenas dos meses después de abandonar la entidad mercantil” en la que trabajaba “fue nombrada directora del IE Africa Center, estableciendo vínculos con la Organización Mundial del Turismo y con la Hub/StartUp Wakalua SL, ámbito en el que coincide” con Barrabés, según el auto.

Peinado expone que Barrabés ha declarado que había “acudido a la Moncloa alguna vez a verla” y lo hizo invitado “para tratar bien cuestiones relativas al máster impulsado por Begoña Gómez, bien asuntos de carácter empresarial con Pedro Sánchez”. Para el juez, esto “sitúa los primeros contactos profesionales entre ambos en el ámbito mismo de la residencia oficial del presidente del Gobierno”.

Imagen de suscripción a newsletter Pilar Gómez

Suscríbete a nuestra newsletter

Recibe en tu correo electrónico, los artículos de la directora Pilar Gómez.

TAGS DE ESTA NOTICIA