El fiscal superior de la Comunidad Valenciana, José Francisco Ortiz Navarro, ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia autonómico la devolución del procedimiento al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, para que continúe con la investigación.
Lo hace en un informe en el que se pronuncia sobre la exposición razonada que la magistrada Nuria Ruiz Tobarra elevó a la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de la Comunidad Valenciana, en el que la jueza considera que hay indicios de responsabilidad penal contra el ex presidente de la Comunidad Valenciana Carlos Mazón por la gestión de la DANA.
En su informe, la fiscalía dice que “no puede obviarse que a lo largo del procedimiento se puedan producir declaraciones” o que “puedan aparecer elementos documentales que pudiesen avalar la tesis de que el ex President de la Generalitat Valenciana hubiese dado órdenes o instrucciones concretas y referidas a la gestión de la emergencia del 29 de octubre de 2024”.
La Fiscalía no descarta una eventual responsabilidad penal del expresidente valenciano, pero considera que “en este momento no se cuenta con datos o indicios con suficiente solidez para justificar la imputación del ex President. En consecuencia, estima que “procede acordar la devolución del procedimiento al órgano instructor, sin perjuicio del resultado que puede deparar la instrucción”.
“Absoluta negligencia en la gestión”
La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la DANA acordó elevar el pasado 24 de febrero a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana una exposición razonada contra el expresidente valenciano Carlos Mazón.
La competencia para investigar a Mazón correspondería al TSJCV dado que dejó el cargo de líder del Ejecutivo autonómico, pero mantiene su acta de diputado en el Parlamento autonómico. En la causa figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos, Emilio Argüeso.
La juez instructora consideró -indiciariamente- que Mazón cometió un presunto delito de homicidio imprudente con notoria gravedad, castigado con la pena de uno a cuatro años de prisión. La exposición razonada de la magistrada apuntó directamente al expresidente valenciano: “Nos encontraríamos ante la presencia de indicios de una absoluta negligencia en la coordinación y gestión de la emergencia en el nivel supremo de capacidad de decisión: El Presidente de la Generalitat Valenciana”.
La jueza consideró que hubo una “omisión equivalente al resultado”, atribuida a Mazón, y que resultó “relevante que no se adoptaran medidas de alerta, precisas, concretas y a tiempo” en el seno del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) y por parte de la consejería que dirigía Pradas.
