A pesar del aval del Tribunal Constitucional a la Ley de Amnistía, el regreso de Carles Puigdemont a España sigue lejos de concretarse. El expresidente catalán continúa residiendo en Bélgica, a la espera de que se resuelvan los numerosos frentes judiciales que aún bloquean la aplicación efectiva de la medida de gracia. La cuestión central no es ya si la ley es constitucional —lo es, según el reciente fallo del TC—, sino si puede aplicarse a delitos como la malversación por los que el líder independentista está siendo investigado.
El Tribunal Constitucional aprobó ayer una sentencia clave que avala la Ley de Amnistía, fruto del pacto entre el Gobierno de Pedro Sánchez y Junts. Sin embargo, la resolución no resuelve la situación concreta de Carles Puigdemont ni del resto de líderes del procés investigados o condenados por malversación. El Constitucional se pronunció sobre el recurso del Partido Popular, validando la legalidad de la norma. Pero aún quedan recursos por resolver sobre su aplicación práctica.
El tribunal evitó posicionarse sobre la cuestión más delicada: si la Ley de Amnistía cubre el delito de malversación. El Supremo sostiene que no. Eso mantiene vigente la orden de detención contra Carles Puigdemont. Por tanto, el político catalán no puede regresar a España sin exponerse a un arresto inmediato.
El papel del Tribunal Supremo y los recursos de amparo
La clave del futuro jurídico de Carles Puigdemont está ahora en manos del Tribunal Constitucional, que deberá resolver varios recursos de amparo interpuestos por otros líderes independentistas. Estos recursos sostienen que el Supremo vulneró sus derechos fundamentales al negarse a aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación.
El primero de estos recursos es el de Jordi Turull, y su ponencia ha recaído en el magistrado José María Macías, que ha sido recusado. Hasta que el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, no incluya en el orden del día la resolución de esa recusación, no podrá comenzar el debate de fondo. Y hasta que no se resuelva ese primer recurso, no habrá doctrina clara que marque la aplicación de la ley a la malversación. Por tanto, no se podrá resolver el caso de Carles Puigdemont.
Aunque el Constitucional termine estimando que la malversación también debe ser amnistiada, eso no significa que Carles Puigdemont pueda regresar de inmediato. Todo dependerá de lo que diga el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Durante la tramitación de la norma, el Gobierno ya preveía este obstáculo. Y por eso incluyó una cláusula que ordena el levantamiento inmediato de medidas cautelares.
Sin embargo, el Supremo considera que mientras haya cuestiones prejudiciales abiertas ante el TJUE, la aplicación de la ley debe quedar en suspenso.
En efecto, el Supremo mantiene la euroorden contra Carles Puigdemont. Y lo hace amparándose en el principio de primacía del derecho de la Unión. El TJUE ya está tramitando varias cuestiones prejudiciales, entre ellas una presentada por el Tribunal de Cuentas. La vista está prevista para el 15 de julio. Las conclusiones del abogado general podrían conocerse en octubre. Y la sentencia definitiva del TJUE podría llegar antes de que termine el año.
¿Qué pasa si Luxemburgo tumba la Ley de Amnistía?
La gran incógnita que pesa sobre el futuro de Carles Puigdemont es qué ocurrirá si el TJUE considera que la Ley de Amnistía vulnera el derecho europeo. En ese caso, según el principio de primacía, el Tribunal Supremo estaría obligado a no aplicar la ley, aunque haya sido avalada por el Constitucional. Y eso haría inviable cualquier retorno del expresidente catalán sin consecuencias penales.

Este escenario no es descartable. La Comisión Europea ya ha presentado un informe en el que considera que la ley puede ser una “autoamnistía”, contraria al Estado de Derecho. Aunque no menciona explícitamente que afecte a los intereses financieros de la UE —el argumento clave para el caso de la malversación—, sí siembra dudas jurídicas que el TJUE deberá despejar.