A simple vista puede parecer una anécdota de barrio, pero tiene respaldo legal. La DGT confirma que una simple línea amarilla pintada por un particular frente a su vivienda no tiene validez alguna si no cuenta con autorización oficial. Una norma poco conocida que genera conflictos vecinales y que, sin embargo, está claramente recogida en la normativa de circulación.
La DGT recuerda que la señalización de la vía pública no puede improvisarse. Aunque un vecino pinte una línea amarilla simulando un vado para evitar que otros aparquen frente a su garaje, esa marca carece de valor legal si no se han realizado los trámites correspondientes ante el Ayuntamiento.
Qué dice la DGT sobre las líneas amarillas “caseras”
La DGT remite en estos casos al artículo 139 del Reglamento General de Circulación, que establece quién es el responsable de señalizar la vía pública. Según esta norma, solo el titular de la vía —habitualmente el Ayuntamiento— puede autorizar la instalación de señales o marcas viales oficiales.
Esto significa que una línea amarilla pintada por un particular no obliga a los conductores a respetarla. Para la DGT, esa señalización no existe desde el punto de vista legal. A fin de cuentas, no ha sido instalada por la autoridad competente ni cumple con los requisitos exigidos.

La DGT aclara que, en estos casos, el afectado puede comunicar la situación al Ayuntamiento. La administración local es la encargada de evaluar si esa pintura es ilegal y, llegado el caso, ordenar su retirada.
Además, el consistorio puede informar al vecino de los pasos necesarios para regularizar la situación y obtener un vado conforme a la normativa. La DGT insiste en que actuar por cuenta propia no solo no sirve de nada, sino que puede acarrear problemas administrativos.
Cómo se obtiene un vado legal según la DGT
Para la DGT, la única forma válida de reservar un acceso a garaje es mediante una licencia municipal. El primer paso es solicitar el permiso en el Ayuntamiento correspondiente, ya que cada municipio fija sus propios requisitos y tasas.
Una vez concedida la autorización, debe colocarse la placa oficial de vado, que suele ser de chapa metálica homologada. Esta placa incluye la señal de prohibición de aparcar, el escudo y nombre del Ayuntamiento, el número de licencia, el tipo de vado y, en su caso, el horario en el que es aplicable.

En muchos municipios, además, se exige pintar una línea amarilla continua en el suelo que delimite visualmente el acceso. En este caso, la DGT sí reconoce su validez porque forma parte de una señalización autorizada.
Multas y sanciones que contempla la normativa
La DGT también recuerda que la señalización debe mantenerse en buen estado. Si la placa está deteriorada o resulta ilegible, puede perder su validez. Además, la licencia de vado suele renovarse anualmente mediante el pago de la tasa municipal correspondiente.
No cumplir con estos requisitos puede conllevar sanciones económicas que oscilan entre los 501 y los 901 euros. Por otro lado, los conductores que estacionen en un vado legalmente autorizado se enfrentan a una multa de 200 euros y a la retirada del vehículo por parte de la grúa, tal y como establece la normativa.


