La Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha acordado la puesta en libertad provisional del policía local acusado de asesinar a su esposa, María de los Ángeles Lozano, delante de su hija, después de que se haya agotado el límite máximo legal de prisión preventiva. En dos días, el 14 de marzo se cumplirán cuatro años desde su ingreso en prisión, el plazo máximo que permite la legislación española para mantener encarcelado a un acusado sin que exista una sentencia firme.
El tribunal ha acordado su puesta en libertad acompañada de diversas medidas cautelares destinadas a proteger a la familia de la víctima y garantizar la celebración del juicio. Entre ellas figura una orden de alejamiento y la prohibición de comunicarse con sus hijos. El tribunal también ha acordado que el acusado no pueda residir en Ceuta, así como la retirada del pasaporte y la prohibición de abandonar el territorio español. Además, quedará sometido a control judicial periódico, lo que le obligará a acreditar su presencia en el lugar de residencia que fije mientras permanezca en libertad provisional.

La decisión se produce mientras la justicia prepara la repetición del juicio por el asesinato machista que conmocionó a la ciudad autónoma en marzo de 2022. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) anuló a comienzos de este año la condena dictada por un jurado popular y ordenó celebrar de nuevo el proceso judicial.
La excarcelación del presunto asesino no supone una absolución ni altera su situación procesal. El hombre continúa acusado de asesinato y deberá volver a sentarse en el banquillo cuando se celebre el nuevo juicio. La libertad provisional responde exclusivamente a la aplicación estricta de los límites que establece la ley para la prisión preventiva.
El crimen que conmocionó a Ceuta
Los hechos se remontan a marzo de 2022. Aquella noche, según la acusación, el policía local disparó con su arma reglamentaria contra su esposa en el domicilio familiar de Ceuta. El disparo fue mortal.
El crimen machista se produjo en presencia de la hija menor de la pareja, una situación dantesca que marcó profundamente el desarrollo posterior del caso y que convirtió el asesinato en uno de los episodios de violencia machista más impactantes registrados en la ciudad autónoma en los últimos años.
La muerte de Mari Ángeles provocó una fuerte conmoción social en Ceuta y generó numerosas muestras de repulsa institucional y ciudadana contra la violencia de género. La víctima era trabajadora de justicia y era conocida como una persona “buena y responsable que no se merecía lo que le pasó” según cuenta a Artículo 14 una amiga y compañera de Mari Ángeles.
El policía fue detenido poco después de los hechos e y la jueza de instrucción del juzgado número 6 acodó su ingreso en prisión preventiva mientras avanzaba la investigación.
Cuatro años de prisión preventiva
La prisión preventiva es una medida cautelar que permite mantener en prisión a una persona investigada mientras se desarrolla el proceso judicial, con el objetivo de evitar riesgos de fuga, destrucción de pruebas o reiteración delictiva.
Sin embargo, la legislación española fija límites estrictos para su duración. En los delitos más graves, como el asesinato, el plazo máximo es de cuatro años cuando no existe una sentencia firme.
Ese límite se alcanza ahora en este caso. La anulación de la primera condena por parte del Tribunal Superior de Justicia y la necesidad de repetir el juicio han provocado que el procedimiento llegue a ese límite legal antes de que el nuevo proceso judicial pueda celebrarse.

Cuando esos plazos se agotan, los tribunales están obligados a decretar la libertad provisional del acusado, aunque el procedimiento siga abierto.
Una condena anulada por el TSJA
El caso dio un vuelco judicial el pasado mes de enero cuando el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estimó parcialmente el recurso presentado por la defensa del policía local.
La Audiencia Provincial lo había condenado a más de treinta y cinco años de prisión por asesinato, una de las penas más altas previstas en el Código Penal. Sin embargo tras el recurso presentado por la defensa, el TSJA concluyó que el veredicto emitido por el jurado popular no cumplía los requisitos de motivación exigidos por la ley.
En su resolución, el tribunal sostuvo que el acta del jurado se limitaba a enumerar pruebas practicadas durante el juicio —declaraciones de testigos, informes forenses y periciales— pero no explicaba de manera concreta cómo esas pruebas permitían concluir que el acusado había cometido el asesinato en las condiciones que recogía la sentencia. Esa falta de argumentación obligó a anular tanto el veredicto como la sentencia. El alto tribunal ordenó repetir el juicio con un nuevo jurado popular y una magistrada distinta.
Dos versiones enfrentadas
Durante el primer juicio, la Fiscalía sostuvo que el acusado disparó deliberadamente contra su esposa utilizando su arma reglamentaria. La acusación particular defendió la misma tesis y pidió una condena por asesinato con agravantes.
La defensa planteó una versión radicalmente distinta de lo ocurrido aquella noche. Durante el proceso, varios familiares del acusado declararon que habría sido la hija menor de la pareja quien manipuló el arma y efectuó el disparo, una hipótesis que las acusaciones consideraron incompatible con las pruebas periciales presentadas durante la investigación.
El jurado popular que juzgó el caso en primera instancia rechazó esa versión y declaró culpable al acusado. Sin embargo, la anulación posterior del veredicto obliga ahora a volver a examinar todas las pruebas.
Un nuevo juicio por celebrar
La Audiencia Provincial ha comenzado ya los preparativos para celebrar la repetición del juicio. En la nueva vista oral deberán volver a analizarse los informes forenses, las periciales balísticas, las pruebas técnicas y los testimonios recogidos durante la investigación.
También será necesario volver a escuchar a los testigos que declararon durante el primer proceso, incluidos los familiares del acusado y otros testigos clave del caso.
El nuevo jurado popular deberá valorar nuevamente todos esos elementos y decidir si el acusado es culpable del asesinato o si concurre una calificación penal diferente.
El asesinato de Mari Ángeles dejó una profunda huella en la sociedad ceutí. La violencia machista, la condición de agente de policía del acusado y la presencia de la hija menor durante el crimen situaron el caso en el centro del debate público sobre la violencia machista.
Para la familia de la víctima, la repetición del juicio supone reabrir un proceso que parecía haber concluido con la primera sentencia condenatoria.
Cuatro años después del crimen, el caso vuelve a quedar pendiente de juicio. Será un nuevo jurado popular el que determine finalmente si el policía acusado de matar a su esposa delante de su hija menor es condenado o absuelto.
Mientras tanto, la salida de prisión del acusado reabre también el debate jurídico sobre los límites de la prisión preventiva en España cuando los procesos judiciales se prolongan durante años antes de que exista una sentencia firme.
