El Supremo avala el castigo a un guardia civil que se emborrachó en Moncloa y enseñó el culo al jefe de escoltas de Sánchez

Ratifica la sanción de 20 días de suspensión por "la observancia de conductas gravemente contrarias" a la dignidad del cuerpo

Un coche de la Guardia Civil en una foto de archivo.
Europa Press

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que interpuso un guardia civil que fue condenado a 20 días de suspensión de funciones por emborracharse en el gimnasio del Departamento de Seguridad de Presidencia del Gobierno, del que el agente era el encargado, y enseñarle el culo al jefe de los escoltas del presidente Pedro Sánchez cuando le sorprendió.

La Sala de lo Militar confirma en su sentencia, recogida por Europa Press, la sanción impuesta por la directora general del Instituto Armado y ratificada después por el Tribunal Militar Central por “la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil“.

Según recoge el Supremo de los hechos probados de la sentencia de instancia, un día de abril de 2022 el hombre debía acudir a su puesto en el gimnasio en su turno de tarde, desde las 14:00 a las 21:00 horas.

“Como responsable del gimnasio le correspondían, entre otras funciones, la de mantener el orden en dichas dependencias y evitar el incumplimiento de las normas e instrucciones relativas tanto a la utilización de los locales como a la conservación y utilización de las máquinas que se encuentran dentro de estos locales para realizar actividades deportivas”, señala.

Hacia las tres de la tarde, otros agentes aparecieron en las instalaciones con una botella de ginebra y refrescos, que empezaron a beber mezclados. El responsable de la supervisión de las instalaciones del gimnasio “y, por ende, de mantener el orden en las dependencias, no solo permitió la introducción y el consumo de alcohol en dicho gimnasio, sino que además participó de dicho consumo“, citan los magistrados.

Varias horas después, entraron en la sala donde estaban bebiendo alcohol un inspector -que se trataba del jefe de los escoltas de Pedro Sánchez- y un subinspector de la Policía Nacional, continúan.

Según relata el Supremo, encontraron al agente condenado “con síntomas de embriaguez, con un fuerte olor a alcohol, con voz pastosa, frases incoherentes, bailando y bajándose el pantalón durante unos segundos en posición de sentadilla, enseñando el culo”.

Comportamiento que afecta a la Guardia Civil

Por consiguiente, los magistrados subrayan que el tribunal de instancia “tuvo pruebas suficientes para considerar enervada la presunción de inocencia”, desestimando en junio de 2025 su recurso contra la sanción impuesta por la directora general de la Guardia Civil.

La Sala de lo Militar del Alto Tribunal ha desestimado todos los motivos que alegó el agente en su recurso de casación. Así, manifiesta que el tribunal de instancia relató “con todo detalle” las pruebas en que se basó para elaborar el relato de hechos probados. “Se trata de varias, bastantes, declaraciones testificales conforme a las cuales el aquí recurrente se encontraba con síntomas de embriaguez”, expone el tribunal.

Además, el hombre aseguró en su recurso que “no se puede considerar” que su actuación “haya afectado a la imagen pública de la Guardia Civil”.

Sin embargo, para los magistrados “no cabe duda” de que su actuación trascendió “a personas ajenas” del instituto armado. En este caso, el inspector y subinspector de la Policía.

De la misma manera, el Supremo rechaza que se le haya producido “indefensión material” al recurrente en el juicio de instancia, así como que se haya transgredido “el principio de prohibición de exceso”, pues la sanción es imponible conforme a lo dispuesto en la ley y en su graduación “se tuvieron en cuenta las específicas circunstancias del caso”.