El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha dado un nuevo paso para aprobar la subida del salario mínimo interprofesional del próximo año. El departamento que dirige Yolanda Díaz ha publicado un proyecto de real decreto que contempla elevar el SMI un 5,3% en 2027, hasta alcanzar los 1.286 euros brutos mensuales en catorce pagas. La propuesta supera la recomendación de la comisión de expertos y establece una retribución mínima anual de 18.004 euros.
La iniciativa supone aumentar en 65 euros cada una de las catorce pagas respecto a los 1.221 euros vigentes en 2026. En términos anuales, los trabajadores que perciben el salario mínimo pasarían de cobrar 17.094 a 18.004 euros, una diferencia de 910 euros brutos.
Sin embargo, la subida del SMI en 2027 todavía no está aprobada. El borrador se encuentra sometido a audiencia pública y el plazo para presentar alegaciones permanecerá abierto hasta el próximo 16 de noviembre.
Trabajo propone una subida del SMI en 2027 superior a la recomendada por los expertos
El incremento planteado por el Ministerio llega apenas un día después de conocerse las conclusiones de la comisión encargada de asesorar al Gobierno sobre la actualización del salario mínimo.
Los especialistas habían recomendado una subida del 4,9%, equivalente a 60 euros mensuales, que situaría el SMI en 1.281 euros. Sin embargo, Trabajo ha decidido elevar esa propuesta en cinco euros adicionales por paga, hasta alcanzar los 1.286 euros.
La decisión se produce después de que el Ministerio mantuviera una reunión con los representantes de los sindicatos y las organizaciones empresariales para abordar la revisión salarial.
CCOO y UGT defienden un incremento mayor, del 7%, que llevaría el salario mínimo hasta aproximadamente 1.306,50 euros mensuales. Por tanto, la cifra elegida por el departamento de Yolanda Díaz queda por debajo de las reivindicaciones sindicales.
El Gobierno puede establecer el SMI mediante real decreto tras consultar a los agentes sociales, sin que resulte imprescindible alcanzar un acuerdo con ellos.
Cuánto cobrarán los trabajadores si se aprueba el nuevo salario mínimo

El proyecto fija distintas cantidades en función de la modalidad de retribución. Para los trabajadores a jornada completa que cobren catorce pagas, el salario mínimo quedaría establecido en 1.286 euros brutos mensuales.
Cuando las gratificaciones extraordinarias estén prorrateadas, la cantidad equivalente será de aproximadamente 1.500,33 euros brutos en cada una de las doce mensualidades.
El borrador también establece una cuantía diaria de 42,87 euros. En los contratos a tiempo parcial, el mínimo se calculará proporcionalmente a la jornada realizada.
Estas cifras corresponden al salario bruto. El importe neto dependerá de las cotizaciones y de la fiscalidad aplicable. El Ejecutivo ha expresado su intención de mantener la exención del IRPF para quienes perciben el SMI, aunque el tratamiento tributario de 2027 requiere las medidas legales correspondientes.
Qué trabajadores tendrán derecho a cobrar la subida
La propuesta incorpora una cuestión importante: el incremento del salario mínimo no significa que todos los empleados vayan a recibir automáticamente 65 euros adicionales en cada nómina.
El texto mantiene las reglas de compensación y absorción salarial. Esto significa que, con carácter general y atendiendo a los conceptos retributivos computables, las empresas deberán garantizar que los trabajadores alcancen el nuevo mínimo anual de 18.004 euros.
Quienes ya perciban una remuneración superior a esa cantidad no tendrán necesariamente derecho a un aumento por la entrada en vigor del nuevo SMI.
Por el contrario, cuando el salario anual quede por debajo del umbral establecido, deberá incrementarse en la cantidad necesaria para alcanzar el mínimo legal, de acuerdo con las reglas aplicables.
El proyecto también precisa que la retribución en especie no podrá utilizarse para reducir la cantidad mínima que debe abonarse en dinero.
Las empleadas de hogar cobrarán un mínimo de 10,06 euros por hora

La subida del SMI en 2027 también contempla cantidades específicas para determinados colectivos laborales.
En el caso de las personas empleadas de hogar que trabajan por horas en régimen externo, el proyecto establece una remuneración mínima de 10,06 euros por cada hora efectivamente trabajada. Esta cantidad incluye los conceptos retributivos correspondientes a esa modalidad.
También se regulan las condiciones de quienes tienen contratos de duración determinada y trabajan para una misma empresa durante un máximo de 120 días.
Para este colectivo, la retribución mínima sería de 60,88 euros por jornada legal, incluyendo las partes proporcionales de domingos, festivos y pagas extraordinarias. El abono de las vacaciones deberá ajustarse, además, a las condiciones previstas en la normativa laboral.
La subida del SMI no modificará automáticamente todas las ayudas públicas
El documento incorpora una disposición destinada a evitar que el nuevo salario mínimo provoque modificaciones automáticas en determinados ámbitos ajenos a las relaciones laborales.
Así, cuando las comunidades autónomas o los ayuntamientos utilicen el SMI como referencia para calcular ayudas, prestaciones o servicios públicos, no estarán obligados a actualizar esos límites por la entrada en vigor del nuevo importe, salvo que sus propias normas establezcan lo contrario.
La misma previsión afecta a los contratos y acuerdos privados que utilicen el salario mínimo como indicador, siempre que las partes no hayan pactado expresamente otra cosa.
Esta excepción no elimina la obligación de respetar las cuantías salariales mínimas previstas para los trabajadores.
Trabajo quiere aprobar el SMI antes de las elecciones del 29 de noviembre

La tramitación del proyecto se produce a pocas semanas de las elecciones generales convocadas para el próximo 29 de noviembre.
El Ministerio pretende completar el procedimiento antes de esa fecha, aunque todavía debe superar el periodo de alegaciones y obtener la aprobación del Consejo de Ministros.
El borrador establece que el nuevo importe entraría en vigor el 1 de enero de 2027, siempre que la norma reciba la aprobación definitiva.
En su memoria justificativa, Trabajo vincula la propuesta con el objetivo de aproximar el salario mínimo al 60% del salario medio, tomando como referencia la Carta Social Europea y los criterios del Comité Europeo de Derechos Sociales.
Por ahora, la principal novedad es que el Gobierno ha concretado una subida superior a la recomendada por sus propios expertos. La decisión definitiva determinará si los trabajadores que cobran el mínimo legal comienzan 2027 con una remuneración de 1.286 euros mensuales en catorce pagas.

