“La tributación conjunta en el IRPF no es atractiva porque no se modifica desde hace 20 años y la estructura y situación de las familias no es la misma”. Es el veredicto del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas, según ha advertido Carmen Jover, su vicepresidenta, este miércoles en la presentación de su informe sobre la “Declaración de Renta y Patrimonio”. Jover ha reclamado a Hacienda que reforme esta figura.
Y es que el número de declaraciones en esta modalidad, que puede suponer una reducción en la base imponible de 3.400 euros anuales para la unidad familiar, cae año tras año. De las 4.36.274 declaraciones conjuntas que se presentaron en 2011, los datos más antiguos disponibles, a la previsión de 3.095.232 para la presente Campaña de la Renta de 2025.
Requisitos
Pueden acogerse los cónyuges con todos sus hijos menores de edad o mayores incapacitados judicialmente. En las parejas de hecho, sólo uno puede formar unidad familiar con todos sus hijos menores o mayores incapacitados judicialmente y el otro miembro de la pareja debe declarar de forma individual.
En la separación o divorcio, aplica al que tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha de devengo del IRPF. En los supuestos de guarda y custodia compartida la opción puede ejercitarla cualquiera de los dos progenitores, optando el otro por declarar de forma individual.
Para determinar la obligación de declarar, se aplican las reglas de tributación individual, sin que proceda la elevación o multiplicación de los importes o límites en función del número de miembros de la unidad familiar. Las rentas obtenidas por todos se someterán a gravamen acumuladamente. Salvo en los casos expresamente previstos, la declaración conjunta no supone la ampliación de ninguno de los límites de partidas deducibles.
Cuantías
La cuantía del mínimo por contribuyente será de 5.550 euros anuales, con independencia del número de miembros integrados en la unidad familiar. En declaraciones conjuntas se establece una reducción en la base imponible de 3.400 euros anuales para la unidad familiar compuesta por matrimonios no separados legalmente, y los hijos menores o mayores incapacitados que convivan.
La reducción será de 2.150 euros anuales para la unidad familiar monoparental compuestas por el padre o madre no casado, viudo o separado legalmente con los hijos menores, o mayores incapacitados, con los que conviva. No será aplicable si el contribuyente convive con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar.
La medida cuesta a las arcas públicas cerca de 2.000 millones de euros al año que van mermando cada ejercicio.
Hacienda amagó con suprimirla
El Ejecutivo lleva años amagando desde hace cinco años con la posibilidad de suprimirla. El fin de la tributación conjunta apareció por primera vez en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que pactó con la Comisión Europea en abril de 2021 para recibir los fondos europeos Next Generation EU.
La controversia generada en aquel momento, con las elecciones de la Comunidad de Madrid a la vuelta de la esquina, provocó que diese marcha atrás y lo tildase de “errata”.
La entonces vicepresidenta segunda y ministra de Economía, Nadia Calviño, aseguró que lo que se preveía era la creación del grupo de expertos de la reforma fiscal, que evaluaría las cuestiones que planteaba la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en cuanto a la eficacia de las bonificaciones fiscales.
El veredicto de la AIReF
El estudio de la AIReF sobre los beneficios fiscales formó parte de la segunda fase del Spending Review (un proyecto de análisis de gasto público) y abarcó, entre otras medidas, la supresión de la tributación conjunta en el IRPF.
La AIReF concluyó que la reducción desincentiva la participación laboral de las mujeres y recomendó su supresión. “La tributación conjunta sólo resulta fiscalmente atractiva cuando uno de los miembros de la pareja no percibe rentas, o cuando percibe rentas bajas”, dijo.
La entonces presidenta de la Autoridad Fiscal, Cristina Herrero, matizó durante unas jornadas del Consejo de Economistas que la propuesta suponía la implantación de un “régimen transitorio” que no afectaría a los declarantes actuales, en línea con la “actuación mayoritaria en los países de la OCDE”.
Los Economistas también han presentado sus cálculos sobre la no deflactación del IRPF, que muestran que impacta con más fuerza entre rentas medias y bajas, y han lamentado retroceso de los planes de pensiones privados individuales tras la reforma y del escaso empuje de los de empleo.
