La no deflactación del IRPF impacta con más fuerza entre rentas medias y bajas, que sufren un impacto similar o superior a las altas y muy altas por esta subida encubierta del impuesto en cuanto al sobrecoste fiscal sobre el incremento salarial. Así lo muestran los cálculos que ha ofrecido el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF-CGE), órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España, que ha presentado este miércoles la 37ª edición del informe “Declaración de Renta y Patrimonio”. Si el pasado 7 de abril proporcionaron el efecto en 2025 de esta subida en frío desde 2022, ahora han calculado la suma de lo que ha supuesto al contribuyente cada año entre 2022 y 2025, lo que en el caso de quienes tenían un salario de 22.000 euros en 2021 ha sido de 628,26 euros, un sobrecoste fiscal frente al incremento salarial del 19,70%.
Los ciudadanos más perjudicados son los que tenían un salario de 24.918 euros en 2021, con un sobrecoste total de 820,77 euros entre 2022 y 2025, del 22,72%.
Por su parte, quienes ganaban 45.0o0 euros en 2021 han tenido un sobrecoste de 1.317,50 euros, del 20,20%. Y aquellos que tenían una retribuciones de 60.000 euros en 2021 han pagado impuesto en exceso por 1.482,18 euros, un 17,04%.
25 recomendaciones
Los Economistas han hecho un recorrido sobre la evolución del impuesto observando que en 2025, la recaudación por IRPF alcanzó los 142.466 millones de euros, lo que supone un incremento del 10,1% respecto al ejercicio anterior, en un contexto en el que los ingresos tributarios totales del Estado crecieron un 10,4%.
Los expertos del REAF han comentado 25 recomendaciones orientadas a mejorar la planificación fiscal y optimizar la tributación dentro del marco legal vigente. Asimismo, han expuesto algunas tendencias relevantes en el comportamiento de los contribuyentes, como es la progresiva pérdida de atractivo fiscal de los planes de pensiones, cuyo uso continúa descendiendo en los últimos ejercicios.
“Preocupación por la técnica legislativa”
Durante la presentación, el presidente del Consejo General de Economistas de España, Miguel Ángel Vázquez Taín, ha manifestado su “preocupación por la evolución reciente de la técnica normativa en materia fiscal y por sus efectos sobre la seguridad jurídica”. En particular, señala “el uso recurrente de determinadas figuras normativas en el ámbito tributario, como los reales decretos-leyes, que al final no se convalidan por el parlamento, pero que entran en vigor por interpretaciones administrativas”.
“Se ha tardado mucho en reaccionar y esto ha creado un clima de inseguridad jurídica y de incertidumbre tanto para los ciudadanos como para los profesionales tributarios, y estas situaciones no son buenas para nuestro sistema tributario”, afirma. Asimismo, añade que “no es aceptable que se regule en materia fiscal mediante normas -como Decretos-ley- que posteriormente no se convalidan, pero que se interpretan como si estuviesen en vigor”.
Magnitudes que llevan años sin actualizarse
Los expertos de REAF han puesto el foco en la existencia de determinadas magnitudes fiscales que llevan años sin actualizarse, lo que provoca distorsiones en la tributación efectiva de los contribuyentes. Como ejemplo, señalan el límite absoluto exento de impuestos del abono transporte, actualmente fijado en 1.500 euros/año, que debería superar los 2.100 euros; el cheque comida, de 11 euros/día, que debería ser de cerca de 14 euros; o la cuantía por manutención, que actualizada debería estar en 38 euros, en lugar de 26,27 euros. “Estos límites no se han revisado en línea con la evolución económica, lo que reduce su efecto real en la tributación”, afirman.
Los Economistas también apuntan que existen otros parámetros del sistema que generan distorsiones, como los límites de renta para la aplicación de determinados beneficios fiscales, que en algunos casos han quedado por debajo de referencias como el salario mínimo interprofesional.
Efectos prácticos
En esta línea, los Economistas advierten de que determinados cambios recientes, además de su impacto técnico, están generando efectos prácticos no deseados en los contribuyentes, que en algunos casos deben anticipar el pago del impuesto en situaciones en las que posteriormente no resulta exigible.
Como ejemplo, señalan el caso del salario mínimo interprofesional (SMI), donde, pese a que en la práctica estos contribuyentes finalmente no tributan, se ven obligados a adelantar el impuesto mediante retenciones y a recuperarlo posteriormente a través de la autoliquidación, lo que introduce obligaciones formales innecesarias.
En este contexto, el presidente del Registro de Economistas Fiscales (REAF-CGE), Agustín Fernández, subraya “la necesidad de deflactar la tarifa y actualizar los mínimos personales y familiares para evitar distorsiones en la tributación”. Como ejemplo, indica que el mínimo personal actual, “fijado en 5.550 euros, debería situarse en 7.226,10 euros, y que un contribuyente con rentas equivalentes al salario medio (24.918 euros) ha pagado en exceso 820 euros adicionales en los últimos cinco años por la falta de actualización del impuesto”. “Deberían recuperarse los coeficientes de corrección monetaria que desaparecieron en 2014 y que permitían que quien vendiera una casa pudiera ajustar la ganancia obtenida y pagar menos en el IRPF” y añade: “La ley tiene que tener en cuenta el importe de las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de inmuebles, de modo que no se graven plusvalías puramente nominales”.
