La OPA BBVA-Sabadell se judicializa: la Audiencia Nacional analizará la consulta pública

La Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso presentado por el despacho de abogados Statera Legal contra la consulta pública, y da diez días al Ejecutivo para responder a las medidas cautelares

Carlos Cuerpo, ministro de Economía.
KiloyCuarto

La OPA de BBVA sobre Banco Sabadell enfila ya el camino judicial. Esta vía se abrió con el recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional presentado por el abogado Ibor Fernandes, accionista de BBVA y socio del despacho Statera Legal contra la consulta pública lanzada por el Gobierno. Fue el Ministerio de Economía, que lidera Carlos Cuerpo, el encargado de realizar la consulta entre el 6 y el 16 de mayo.

Una vez que la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso interpuesto frente al Ministerio de Economía, ha dado a la Administración un plazo de 20 días para la remisión del expediente administrativo.

Medida cautelar

De igual modo, este órgano judicial ha acordado formar una pieza separada en relación con la solicitud de la medida cautelar solicitada -consistente en la suspensión de la utilización de los resultados de la consulta pública-. En este caso, ha concedido un plazo de diez días a la Administración demandada para presentar alegaciones. Para el despacho, la adopción de la medida cautelar tiene “aún más relevancia” tras anunciar el Ministerio, el pasado martes, que decidía elevar al Consejo de Ministros la decisión sobre la OPA de BBVA a Sabadell.

El recurso se presentó el pasado lunes, 26 de mayo, después de que ya el 8 de mayo el bufete requiriera a Economía el cese de la “vía de hecho” derivada de la apertura de una consulta pública “sin cobertura legal y con diferentes defectos formales de gravedad”, informa Europa Press. La firma dio un plazo de diez días desde el requerimiento que, sin embargo, no ha sido atendido, por lo que se interpuso el requerimiento con una petición de medida cautelar. Sobre este último aspecto, el despacho explica que se ha pedido suspender el uso de los datos obtenidos por la consulta y que el objetivo de tal petición sería “evitar la pérdida de la finalidad legítima del recurso” y “aseguraría la efectividad de la futura sentencia”.

Argumentación jurídica

Sobre los argumentos para presentar el recurso, el bufete de abogados considera que la consulta es “contraria” al principio de igualdad y no discriminación, puesto que la formulación de la misma es diferente en función de si el interesado considera o no que existen criterios de interés general distintos de la defensa de la competencia que pueden verse afectados por la operación entre BBVA y Banco Sabadell.

Además, cree que el proceso para cumplimentar el formulario está “ausente” de cualquier autenticación de identidad del usuario, lo que infringiría la Ley del Procedimiento Administrativo Común. Esto cobraría “mayor relevancia” considerando la posibilidad de que una “suplantación a gran escala” (como un ataque informático) pudiera “tergiversar líneas de opinión que el Gobierno ha manifestado que va a tener en consideración”. Con respecto a esta cuestión, el bufete subraya que es “de especial trascendencia” en un contexto donde existen “intereses en la desestabilización de las democracias occidentales por determinados actores ajenos en el contexto geopolítico”.

Defensa de la Competencia

Statera Legal también sostiene que el procedimiento seguido no se corresponde con aquel al que se vinculan las preguntas formuladas en la consulta, lo que infringe la Ley de Defensa de la Competencia y que la consulta “no tiene cabida formal” en el ordenamiento jurídico, “dado que no existe precepto habilitante para realizarla en el procedimiento previsto para la intervención del Consejo de Ministros”.

En resumen, el bufete defiende que este procedimiento podría tener una “afectación” del interés público por la utilización de los datos recabados “sin ningún rigor y respaldo jurídico”. Además, insiste en que se ha vulnerado el principio de igualdad y no discriminación del artículo 14 de la Constitución, de tal forma que cree que necesario impugnar la consulta en vía jurisdiccional y suspender de manera cautelar la utilización de los resultados.

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