Bruselas abre expediente a España por no ceder el poder sobre OPAS al BCE

Este procedimiento de infracción se suma al expediente que ha abierto la Comisión Europea por la injerencia del Gobierno en la OPA frustrada de BBVA sobre Sabadell

OPA del BBVA al Sabadell - Economía
La OPA del BBVA al Sabadell también ha generado un expediente de la UE.
Kilo y Cuarto

La Comisión Europea ha abierto expediente a España por no modificar las normas vigentes durante la OPA de BBVA sobre Sabadell y no adaptarse a la Directiva que establece que el poder de veto sobre las OPAS lo tienen el Banco Central Europeo (BCE) y la CNMC. Este procedimiento de infracción se suma al expediente que le ha abierto Bruselas por la injerencia del Gobierno en la ya frustrada OPA.

La norma que no se ha armonizado es la Sexta Directiva sobre Requisitos de Capital en lo que respecta a las competencias de supervisión, las sanciones, las sucursales en terceros países y los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza. Supone una importante actualización del marco prudencial bancario de la UE, con el objetivo es armonizar las normas para la prestación de servicios bancarios, Bruselas ha decidido iniciar procedimientos de infracción a Bélgica, Bulgaria, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, Francia, Croacia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Finlandia y Suecia, además de España.

Asimismo, la Directiva busca armonizar las competencias e instrumentos de supervisión en las operaciones prudencialmente relevantes, los pagos periódicos de penalizaciones, las evaluaciones de idoneidad, la independencia de los supervisores y para reforzar las disposiciones sobre riesgos ambientales, sociales y de gobernanza. Quiere beneficiar a los ciudadanos de la UE al proporcionar estabilidad financiera, asegurando que los bancos puedan ofrecer préstamos y servicios a los ciudadanos en cualquier circunstancia económica.

El plazo para transponer la Directiva al derecho nacional vencía el pasado 10 de enero. Hasta la fecha, 22 Estados miembros no han comunicado a la Comisión la transposición completa de la Directiva.

Una vez recibidas las cartas de requerimiento que ha enviado la Comisión a los Estados miembros afectados de las que informó el pasado viernes, estos disponen de dos meses para responder, completar su transposición y notificar sus medidas a la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado.

Denuncia previa

El pasado 13 de enero, cuando había pasado la fecha límite del 10 de enero y antes de que la Comisión actuara de oficio, se presentó en Bruselas una denuncia contra España por no adaptarse a la Directiva.

“Esta falta de transposición reviste especial gravedad teniendo en cuenta que la Comisión Europea tiene abierto un expediente de infracción contra España bajo el número INFR (2025) 2121 por considerar que ciertas disposiciones de la legislación bancaria y de la ley de competencia españolas que conceden amplias facultades discrecionales al Gobierno, constituyen restricciones injustificadas a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales e incumplen reglamentos y directivas europeos”, decía la denuncia CPLT(2026)00158, que fue admitida, según ha podido saber Artículo14.

Expediente por injerencia del Gobierno en la OPA

El pasado 17 de julio, la Comisión Europea anunció un expediente de infracción contra España por utilizar poderes discrecionales para poner trabas a la OPA que constituyen restricciones injustificadas a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales. A finales de junio, Moncloa había prohibido por sorpresa la fusión de ambas entidades al menos durante tres años en caso de que triunfara la OPA, lo que ponía en duda las sinergias.

En las comunicaciones sobre el procedimiento, la Comisión subraya que “las consolidaciones en el sector bancario benefician a la economía de la UE en su conjunto y son esenciales para la consecución de la Unión Bancaria. Estas fusiones también garantizan una asignación eficiente del capital en toda la UE y que los ciudadanos y las empresas tengan acceso a productos financieros a precios competitivos, un objetivo clave de la Unión del Ahorro y la Inversión”.

El Gobierno tenía dos meses para responder y lo hizo apurando al máximo el plazo, según anunció el 30 de octubre Olof Gill, portavoz de la Comisión Europea.

La respuesta de Economía

El texto remitido por el Ministerio de Economía trata de aplacar a la Comisión Europea defendiendo que la legislación española que amparaba la actuación del Ejecutivo casa plenamente con la comunitaria, y prometiendo otorgar “en exclusiva” a los supervisores financieros la competencia en materia de supervisión prudencial de este tipo de operaciones.

“A futuro, en el contexto de la transposición de la nueva Directiva de Requerimientos de Capital (CRD VI), se adaptará la normativa doméstica para garantizar la competencia exclusiva del BCE y del Banco de España en materia de supervisión prudencial, sin perjuicio del papel de otras autoridades en el marco de sus competencias, como es el caso de la CNMC”, planteaba.

En el Anteproyecto de Ley de crédito al consumo que aprobó el Consejo de Ministerios el pasado 7 de enero cede al Banco de España el control de las entidades especializadas en la financiación al consumo, lo que puede interpretarse como un gesto en este sentido.

Sin embargo, el Gobierno elude comprometer la cesión de sus propias capacidades, en un intento por preservar sus poderes de veto sobre las fusiones bancarias que la Unión Europea deberá valorar ahora.