El Ayuntamiento de Madrid ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anuló la ordenanza reguladora de la tasa de basuras de 2025. Con ello, pretende que la ordenanza sea declarada válida y evitar la devolución de la tasa a aquellos ciudadanos que recurrieron sus liquidaciones, y de entrada consigue que se retrasen las devoluciones más de un año. Fuentes jurídicas consultadas por Artículo14 apuntan a que el TS tumbará definitivamente la ordenanza. Pero la estrategia del Consistorio podría perjudicarle y verse obligado a devolver no sólo una cantidad acotada como hasta ahora sino el total de lo recaudado por la tasa, unos 350 millones de euros.
La posición de Aedaf
Entre las asociaciones y partidos que recurrieron la tasa, se encuentra la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que no tenía previsto recurrir la sentencia, precisamente para evitar que las devoluciones quedaran paralizadas respecto de los contribuyentes que sí impugnaron sus liquidaciones.
Sin embargo, y a la vista del recurso planteado por el Ayuntamiento de Madrid, Aedaf ha decidido también interponer recurso de casación ante el Supremo para solicitar no sólo que se confirme la nulidad de la ordenanza, sino además que los efectos de dicha nulidad se extiendan también a aquellos ciudadanos que no recurrieron en su día sus liquidaciones.
Aedaf había reclamado al Ayuntamiento de Madrid que no recurriera la sentencia del TSJM que ha anulado la tasa de basuras de Madrid de 2025 en aras de la “seguridad jurídica”. El fallo asestó un varapalo importante al Ayuntamiento de la capital y estableció la “nulidad radical y de pleno derecho” de la ordenanza impugnada. Sin embargo, la sentencia, que adelantó Artículo14, acotaba la devolución sólo a quienes mantienen sus recursos vivos, según detallaba la que respondía al recurso de Aedaf, que reclamaba al tribunal que lo especificara.
Las maniobras del Consistorio
Cerca de 130.000 ciudadanos impugnaron su tasa pero el Ayuntamiento aceleró las denegaciones para que no se beneficiaran de la posible anulación de la tasa. Y es que el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAMM), que depende de la Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, suele tardar dos años de media en responder, pero lo ha hecho este otoño e invierno en dos meses. Una vez que el TEAMM rechaza los recursos, sólo queda acudir a los tribunales de Justicia, con el coste que suponen, lo que lleva a abandonar a muchas personas físicas.
Si hubiera tardado en responder, los ciudadanos se beneficiarían directamente de la anulación de la tasa en los tribunales sin tener que acudir ellos mismos a la Justicia con abogado y procurador.
En varias sentencias que responden en el mismo sentido a los recursos de formaciones políticas, vecinales y de Aedaf, el TSJM concluye que se produjo una infracción sustancial de las normas que lo rigen, al haberse omitido durante el trámite de información pública parte esencial del informe técnico-económico que servía de base para la determinación de la tasa.
La lectura del Ayuntamiento
Fuentes del Consistorio consideran que la sentencia anula la tasa “por temas estrictamente formales”. Concretamente, “se señala que en el Estudio Económico no se incluyó un anexo elaborado por una empresa, en la que se recogían datos para valorar la generación de residuos en los usos catastrales no residenciales”.
“Los servicios técnicos municipales consideraron que esta información era auxiliar y que en el estudio económico quedaba justificada la metodología aplicada para calcular el diseño de la tasa en estos usos”, trasladan. Además, este documento se incluyó en el expediente tras su aprobación definitiva por la Junta de Gobierno, antes de elevarlo al pleno para su aprobación.
Las sentencias no entran en ningún momento en cuestiones de fondo de la tasa, no valoran el diseño de la misma, ni la metodología de cálculo, insisten.

