La Diputación de Málaga aprueba un sueldo de 52.500 euros para el concejal de Torremolinos acusado de acoso sexual

La iniciativa ha salido adelante gracias a los votos del Partido Popular mientras PSOE, Vox y Con Málaga se han abstenido

El pasado lunes, 16 de febrero, la Fiscalía de Málaga presentó una denuncia contra Antonio Navarro, ex secretario general del PSOE en Torremolinos, por acoso sexual, tras apreciar indicios suficientes de delito en el relato y en las pruebas aportadas por la mujer que le denunció, primero en el ámbito interno del partido y posteriormente ante los tribunales. Apenas dos días después, el 18 de febrero, el pleno de la Diputación de Málaga decidió mantenerle un sueldo público de 52.500 euros anuales tras su pase a diputado no adscrito, una vez que Navarro se negó a entregar su acta.

La medida salió adelante gracias al voto favorable del Partido Popular y a la abstención del PSOE, Vox y Con Málaga. Se trata de una decisión políticamente relevante por el contexto en el que se ha producido: mientras la Fiscalía activaba los mecanismos del Estado para investigar una denuncia por violencia sexual, la institución provincial optaba por preservar las condiciones económicas de un cargo público señalado por ese mismo sistema. No es una cuestión neutra, sino una opción política adoptada en un momento especialmente sensible.

El exsecretario general del PSOE de Torremolinos, Antonio Navarro
Europa Press

PP y PSOE aseguran que es obligatorio, el reglamento no

Desde el PP se ha defendido la votación alegando que la ley no dejaba margen de maniobra. Fuentes populares sostienen que Navarro tiene derechos, no ha sido condenado y que, según los informes de Secretaría de la Diputación, no es posible dejar a un diputado sin sueldo, por lo que retirar la retribución habría supuesto un “capricho político”. El argumento se apoya en la idea de que los derechos económicos serían inherentes al cargo y, por tanto, obligatorios.

El PSOE, por su parte, señala que fue su grupo quien impulsó y tramitó el pase de Navarro a la condición de no adscrito y defiende que actuó con coherencia y dentro de la normativa. En cuanto a su abstención, los socialistas explican que obedeció a la necesidad de ratificar el artículo del Reglamento relativo a los derechos económicos y políticos de los diputados no adscritos, insistiendo en que dichos derechos serían “intrínsecos” al mandato.

Sin embargo, una lectura detenida del Reglamento Orgánico de la Diputación de Málaga y de los informes de Secretaría, a los que ha tenido acceso Artículo14, no avala la tesis de que existiera una obligación legal de mantener un sueldo fijo.

El pase a la condición de diputado no adscrito sí es automático cuando se produce la expulsión del grupo y el afectado no entrega el acta, pero el Reglamento distingue claramente entre ese estatus y el régimen económico. Las retribuciones solo se perciben cuando el Pleno concede expresamente un régimen de dedicación parcial o exclusiva. De hecho, el propio Reglamento contempla la existencia de diputados sin dedicación, que no cobran sueldo fijo y perciben únicamente asistencias por su participación en los órganos colegiados.

La doctrina del Supremo

Los informes de la Secretaría General, a los que se remiten el PP, no imponen una decisión concreta. Su función es describir el marco legal y señalar qué opciones son posibles conforme a derecho, no ordenar cuál debe adoptarse. Informar de que una medida es legal no equivale a afirmar que sea obligatoria. La prueba de que existía margen político es evidente: el mantenimiento del sueldo se sometió a votación, y no se resolvió por unanimidad. Si hubiera sido un imperativo legal, no habría habido votación ni posiciones diferenciadas.

A esta interpretación se suma la doctrina reiterada del Tribunal Supremo, que al analizar el artículo 73.3 de la Ley de Bases del Régimen Local establece que, en supuestos de transfuguismo o ruptura con el grupo de procedencia, “el pase a la condición de concejal no adscrito (…) sí impide que se asuman cargos o que se perciban retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas” (STS 2020). El alto tribunal distingue entre los derechos esenciales del mandato representativo, que constituyen el “núcleo indisponible” —voz y voto en el Pleno, control político y acceso a la información— y los beneficios económicos, que califica como “distintos de los indisponibles”. Al quedar las retribuciones fuera de ese núcleo esencial, no forman parte de los derechos de asignación obligatoria, y su concesión depende de una decisión discrecional.

El exlíder socialista de Torremolinos, Antonio Navarro, acusado de acoso sexual.
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“La política tiene que tener un mínimo de conciencia, de moral, incluso de estética”,

Por tanto, la decisión adoptada en la Diputación de Málaga fue legalmente posible, pero políticamente elegida. Existían alternativas dentro del marco normativo, incluida la opción de no conceder dedicación y limitar las percepciones a asistencias, al menos mientras se sustanciaba una investigación judicial por acoso sexual. Optar por mantener el sueldo completo no fue una imposición técnica, sino una decisión asumida por unos y facilitada por otros.

El debate trasciende el caso concreto. Mientras a las mujeres se les exige valentía para denunciar conductas machistas y afrontar las consecuencias personales y profesionales de hacerlo, las instituciones siguen mostrando dificultades para asumir el coste político de retirar privilegios a hombres investigados por violencia sexual. El mensaje que se proyecta cuando, en ese contexto, se prioriza la estabilidad económica del cargo cuestionado es inevitablemente incómodo y plantea preguntas sobre la coherencia entre los discursos de tolerancia cero y las prácticas reales del poder.

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