Tal y como avanzó Artículo14, el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente confirma la prisión provisional, comunicada y sin fianza del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán al persistir los indicios de su responsabilidad en la comisión de delitos graves y al mantenerse el riesgo de ocultación o destrucción de pruebas.
Por ello, y de acuerdo con la Fiscalía y la acusación popular, el juez instructor destaca que no ha lugar en este momento a modificar esa situación, con lo que desestima el escrito de Cerdán en el que pidió su inmediata puesta en libertad.
El auto indica que en lo que sí asiste la razón a la defensa de Cerdán es en que cuando la prisión provisional hubiera sido acordada con la legítima finalidad de conjurar el riesgo de que el investigado pudiera ocultar, alterar, o destruir fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento, esta no se prolongará más de seis meses.
El instructor precisa que la prisión provisional de Cerdán fue decretada en esta causa el pasado día 30 de junio, por lo que el plazo que opera como límite legal máximo de duración de la referida medida cautelar (esos seis meses) no ha transcurrido.
Persiste el riesgo de destrucción de pruebas
En cualquier caso, el juez argumenta que en este momento persiste el riesgo de destrucción de pruebas. “Lo cierto es que las investigaciones acerca de la precisa situación patrimonial del Sr. Cerdán León no han concluido. Determinadas faltas de sintonía entre sus declaraciones tributarias y la procedencia real de determinados ingresos bancarios determinaron la necesidad de requerir informaciones complementarias, que han sido muy recientemente aportadas a la causa. Por otro lado, resultaba -y resulta todavía- preciso profundizar en los eventuales vínculos económicos que pudieran existir entre la S.L.U. Servinabar 2000 y el Sr. Cerdán León o su círculo personal próximo, lo que comporta la realización de complejos análisis documentales que, en cierta medida, podrían ocultarse o alterarse todavía”.
Asimismo, el magistrado Puente asegura que “ese mismo riesgo” existe “más acusadamente con respecto a las posibles relaciones económicas y/o personales que el Sr. Cerdán León o la mercantil Servinabar 2000 pudieran mantener o haber mantenido con personas concretas que vinieran actuando en nombre de Acciona“, empresa con la que la sociedad de la que Cerdán poseía un 45% se unió temporalmente para conseguir varias obras millonarias. “En el esclarecimiento de estos hechos se trabaja arduamente y avanza la investigación en las indicadas direcciones. Pero aún no ha concluido, siquiera en sus aspectos esenciales. Por eso, no ha llegado el momento todavía, a juicio de este instructor, de modificar la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza”, añade.
El juez recuerda además que los indicios contra Cerdán fueron confirmados por la Sala de Apelación del Alto Tribunal. Entre ellos, resalta como el más intenso el hallazgo de los archivos de audio “de los que resulta que en sucesivas conversaciones con otros investigados en esta causa, el propio don Santos Cerdán León vendría a reconocer de forma ciertamente explícita no solo el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de determinadas obras públicas, sino también haber satisfecho parte de las mismas a otros investigados, así como expresando el compromiso de reclamar para ellos ciertas cantidades todavía pendientes de cobro”.