'Procès'

El Supremo avisa de que sería una “excentricidad” que el Constitucional “perdonase” la malversación a Puigdemont

“Se metería en parcelas que no le pertenecen”, aseguran fuentes del Alto Tribunal Consultadas por Artículo14

El futuro judicial de Carles Puigdemont continúa sin despejarse por completo. “Volverá relativamente pronto. El president no está preocupado por entrar a prisión. Asume los riesgos”, aseveró su abogado, Gonzalo Boye, tras conocerse el borrador de sentencia del Constitucional sobre la ley de amnistía. Pero la ausencia de comentarios del Tribunal de Garantías sobre el delito de malversación deja en tablas su situación procesal.

Puigdemont no podría hacer efectiva la amnistía porque el juez Pablo Llarena le imputa un delito de malversación, toda vez considera que para financiar el procés se lucró indirectamente de dinero público para sufragar el referéndum ilegal. Por tanto, la orden de búsqueda y captura del expresident sigue vigente y si pisa suelo español, sería enviado a prisión provisional.

La única vía que le queda a Puigdemont es pedir amparo al Tribunal Constitucional. Pero antes tiene que agotar las vías en el Supremo. Por el momento, tiene pendiente que se resuelva el incidente de nulidad por el cual pide al Alto Tribunal que le amnistíen la malversación. Cuando haya fallo definitivo sobre esta cuestión, Puigdemont podrá pedir ese amparo al Constitucional para forzar que se pronuncie sobre si le aplican o no este delito.

Sin embargo, fuentes del Tribunal Supremo ve una “excentricidad” que el Tribunal de Garantías evalúe si ha de ser amnistiada la malversación: “El Tribunal Constitucional interpreta la Constitución y el Tribunal Supremo las leyes ordinarias. La exclusión de la malversación en la amnistía es un análisis de legalidad ordinaria”. Por tanto, de pronunciarse, estas fuentes interpretan que el órgano que dirige Cándido Conde-Pumpido se estaría metiendo en una “parcela que no le corresponde”.

Así las cosas, este mismo otoño podríamos saber qué piensa el Constitucional sobre la malversación porque hay líderes independentistas que ya han presentado su amparo, como el exconsejero de Presidencia de la Generalitat, Jordi Turull. Su recurso podría deliberarse este mismo octubre. Aunque también cabe la posibilidad de que el Tribunal de Garantías acumule todos los recursos de amparo y resolverlos a la vez.

El TC avala la ley de amnistía

Por el momento, el Constitucional ya tiene preparado el texto que avala la ley de amnistía. Considera que la norma entra dentro de la Carta Magna porque tiene un fin constitucional razonable: “Aun cuando pueda discreparse de ella, no cabe duda de que no responde a capricho o mero voluntarismo, al buscar una mejora de la convivencia y de la cohesión social, así como una integración de las diversas sensibilidades políticas, para superar, como objetivo de interés general, las tensiones sociales y políticas generadas con el denominado proceso independentista en Cataluña”, reza el texto al que ha tenido acceso Artículo14.

Además, se desentiende de los fines políticos que la normal pudiera tener. Una denuncia que realizaba el PP en el recurso presentado porque estimaba que la norma se aprobó con el objetivo de que los siete diputados de Junts votarán a favor de la investidura de Pedro Sánchez. El Constitucional, sin embargo, considera que su potestad se circunscribe a hablar de la constitucionalidad de la norma y evita pronunciarse sobre su pertinencia política: “Este es el campo de actuación en que han de moverse las distintas opciones políticas, dentro del marco de la Constitución, como corresponde a pluralismo político”.

Asimismo, rechaza el argumento del PP de quiebra de la igualdad entre los españoles al afirmar que la exigencia constitucional de “igualdad en la ley” no impide “al legislador valorar situaciones diferentes para regularlas de distinta manera, siempre que entre aquellas diferencias y esta distinción se dé una relación razonable que explique o justifique el trato desigual”.

Y tampoco considera que la norma favorezca a una ideología concreta sino a unos hechos delictivos enmarcados en un contexto concreto: “El criterio de diferenciación que utiliza la LOA para definir el ámbito global de la amnistía no es la ideología o la opinión de estos”, arguye el Tribunal.

Previsiblemente, el borrador se debatirá en el pleno del próximo 10 de junio para poder proceder a su votación el próximo día 24. Una votación que con toda probabilidad hará que salga adelante el texto porque seis de los diez magistrados que participarán son del sector denominado progresista, y por tanto, afines a este proyecto de sentencia elaborado por la ponente Inmaculada Montalbán.