Las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 se acercan y miles de ciudadanos tendrán que recurrir al voto por correo para participar en la jornada electoral. Quienes tengan previsto viajar, trabajar fuera de su localidad o simplemente prefieran no desplazarse a su colegio electoral disponen de un procedimiento que permite ejercer su derecho al sufragio con antelación. Sin embargo, es imprescindible respetar las fechas establecidas y completar correctamente todos los trámites.
El voto por correo en las elecciones generales 2026 puede solicitarse desde el pasado 6 de octubre, cuando entró en vigor el Real Decreto 806/2026 de convocatoria electoral. Según la información publicada por Correos, los electores tienen hasta el 19 de noviembre para presentar su solicitud. No obstante, hay una segunda fecha fundamental: el 25 de noviembre, cuando termina el plazo para depositar el voto.
¿Hasta cuándo se puede solicitar el voto por correo en las elecciones generales 2026?
El calendario oficial establece que el jueves 19 de noviembre será el último día para solicitar el voto por correo. La fecha es aplicable tanto a quienes decidan realizar el trámite presencialmente como a quienes prefieran utilizar Internet.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística (INE), la documentación electoral comenzará a enviarse el 9 de noviembre y podrá remitirse hasta el día 22. Los ciudadanos dispondrán posteriormente de plazo hasta el miércoles 25 de noviembre para entregar su voto en una oficina postal.
Conviene distinguir ambos procedimientos. Solicitar la documentación no equivale a haber votado. Para completar el proceso, el elector tendrá que recibir las papeletas, preparar los sobres correspondientes y entregar su voto mediante correo certificado.
Correos recomienda no dejar los trámites para el último momento. Aunque las fechas están fijadas oficialmente, los ciudadanos deben tener en cuenta el tiempo necesario para recibir la documentación y las posibles dificultades para efectuar su entrega.
Cómo solicitar el voto por correo de manera presencial o por Internet

El voto por correo en las elecciones generales 2026 ofrece dos modalidades de solicitud. La primera consiste en acudir personalmente a cualquier oficina de Correos, donde será necesario presentar el DNI, pasaporte o permiso de conducir original para acreditar la identidad.
El interesado deberá cumplimentar un formulario con sus datos personales y señalar la dirección en la que desea recibir la documentación electoral. No es obligatorio que coincida con su domicilio habitual: también puede indicar su lugar de trabajo u otra dirección postal válida.
Para facilitar el proceso, Correos permite solicitar cita previa mediante su página web y su aplicación. Asimismo, el INE ofrece la posibilidad de rellenar el formulario por Internet para imprimirlo y presentarlo posteriormente en una oficina postal.
La segunda opción es realizar la solicitud directamente desde la página oficial de Correos. En este caso, el ciudadano necesita disponer de un DNI electrónico o un certificado digital válido que permita identificarlo y firmar electrónicamente la petición.
Existe una excepción para las personas que, por enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificado médico oficial, no puedan formular personalmente la solicitud. En estos casos, otra persona podrá realizarla en su nombre mediante la correspondiente autorización notarial o consular.
Qué documentación se recibe y cómo se envía el voto
Una vez aceptada la solicitud, la Oficina del Censo Electoral enviará por correo certificado la documentación necesaria para participar en las elecciones. El envío incluye las papeletas, los sobres de votación, el certificado de inscripción censal y las instrucciones correspondientes.
El elector deberá seleccionar su papeleta para el Congreso de los Diputados y realizar la elección correspondiente al Senado, siguiendo las indicaciones oficiales. Después tendrá que introducir cada papeleta en su sobre y colocar ambos sobres, junto con el certificado censal, en el sobre destinado a su mesa electoral.
El Ministerio del Interior advierte de que no debe introducirse el DNI ni ningún otro documento identificativo dentro del sobre de votación, ya que podría provocar la nulidad del voto.
El último paso consiste en entregar la documentación preparada en una oficina de Correos, identificándose ante el personal postal. El envío es gratuito y se realiza mediante correo certificado.
Quienes no puedan acudir personalmente podrán autorizar a otra persona para depositarlo, aportando la autorización firmada y la documentación identificativa exigida. Además, el INE dispone de un servicio de consulta para comprobar el estado del envío de la documentación electoral.
¿Qué ocurre con el voto por correo desde el extranjero?

El voto por correo en las elecciones generales 2026 contempla procedimientos diferentes para los españoles que viven permanentemente fuera del país y aquellos que se encuentran temporalmente en el extranjero.
Los ciudadanos inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) reciben la documentación electoral sin necesidad de solicitarla previamente. Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, pueden enviar su voto al consulado correspondiente hasta el 24 de noviembre o depositarlo presencialmente en las urnas habilitadas entre el 21 y el 26 de noviembre.
Para quienes residen habitualmente en España, pero permanecen temporalmente en el extranjero, el plazo para solicitar la documentación terminó el 31 de octubre. Si completaron el trámite, podrán remitir su voto hasta el 25 de noviembre.
Por otra parte, los españoles residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España pueden solicitar el voto por correo hasta el 19 de noviembre y enviarlo hasta el día 25.
¿Se puede votar presencialmente después de solicitar el voto por correo?
Existe una última advertencia importante. Si la solicitud de voto por correo ha sido aceptada, el ciudadano no podrá votar presencialmente el 29 de noviembre, aunque finalmente decida no enviar su papeleta.
Así lo establece la normativa electoral y lo recuerda el Ministerio del Interior en su guía oficial para las elecciones generales. Por ello, quienes opten por el voto por correo en las elecciones generales 2026 deberán asegurarse de completar todo el procedimiento dentro de los plazos establecidos para que su participación quede garantizada.

