El aumento de la frecuencia de las olas de calor en nuestro país ha llevado a adaptar las condiciones laborales de un sector muy afectado por las mismas: el de la hostelería.
Muchos de los espacios de trabajo no cuentan con la climatización. Además, los empleados deben trabajar bajo el calor extremo sirviendo en las terrazas durante largas jornadas. Por ello, el sector se ha visto obligado a tomar medidas para proteger a los trabajadores y las trabajadoras.
En consecuencia, el pasado 13 de abril, patronales y sindicatos firmaron la modificación del VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal de Hostelería (ALEH). En dicho acuerdo, se han incorporado varias disposiciones para la prevención de los nuevos riesgos laborales. Entre ellos, los riesgos derivados de las recientes tendencias climáticas.
Con una entrada en vigor inmediata de este acuerdo, ahora los negocios están obligados a actuar frente a las condiciones meteorológicas adversas.
Así pues, frente a episodios de calor extremo, estos deberán evaluar si el trabajo puede realizarse con total seguridad. En caso de necesitarlo, los bares con terraza podrían reducir o incluso suspender su actividad temporalmente, en especial en exteriores.
Concretamente, el acuerdo exige que no se pueda prestar servicio en el exterior durante las horas de calor más críticas, especialmente durante una ola de varios días seguidos de altas temperaturas. Una medida que afecta en particular a aquellos establecimientos sin sistemas adecuados para combatir el calor (ventiladores, sombrillas, etc.).
Las terrazas se blindan frente al calor extremo

La protección legal de los trabajadores frente al calor que se alcanza en las terrazas de numerosos puntos del país es ahora mucho mayor.
Un aspecto importante del acuerdo es que el trabajador no perderá la jornada en caso de suspensión del servicio del local. Esta queda cubierta por convenio, o bien se reorganiza dentro de los turnos del establecimiento. Pero no podrá restarse del abono económico final.
No obstante, las pautas firmadas también mencionan la aplicación de medidas alternativas al cierre siempre que sea posible.
Entre ellas, se contemplan la reorganización de turnos y de exposición de los trabajadores, la adaptación de horarios de las terrazas para evitar las horas críticas, e incluso proporcionar ropa adecuada y vías de hidratación necesaria a los empleados.
Eso sí, el acuerdo otorga cierta permisibilidad dependiendo de la comunidad autónoma, puesto que los servicios en el sur del país no se ven igual de afectados por el calor que los del norte, por ejemplo. Los protocolos en los convenios provinciales se están puntualizando para que no el impacto no sea notable ni para los empleados, ni para los empresarios.
Al margen de afinaciones, de acuerdo con lo que dicta el documento de la ALEH, no cumplir con la nueva normativa puede suponer graves sanciones para los empleadores.
En jornadas con alertas oficiales de nivel elevado, la Inspección de Trabajo puede imponer multas aún más severas si detecta cualquier incumplimiento. Los avisos naranjas y rojos de la AEMET no podrán ser ignorados.
