Fiscalía de Menores evita facilitar una prueba de ADN en el caso de una agresión sexual a una adolescente

La inacción del Ministerio Público puede dejar impune este delito. El plazo para poder solicitar esta prueba fundamental acaba el próximo miércoles 18 de junio

El próximo miércoles 18 de junio vence el plazo para acordar la toma de muestras
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Una adolescente disfruta de su tiempo libre, está en un botellón y en ese contexto de ocio sufre una agresión sexual, por parte de dos agresores. Queda privada de sentido. Los posibles autores: una persona de su confianza, también menor de edad, y un adulto. Ocurrió hace un año en Bilbao, según explica su abogada, Ana Hernando Tojo de la asociación Clara Campoamor.

La joven decide denunciar y se pone en marcha el proceso judicial para demostrar el ataque. La causa se divide. La acusación contra el mayor de edad recae en un juzgado de instrucción madrileño y la del adolescente llega a Fiscalía de Menores.

Primer requerimiento: ni se niega ni acepta la toma de muestras

Cuenta Hernando que la propia Fiscalía hizo el primer requerimiento para saber si el menor accedía a dar su ADN y poder cotejarlo con las muestras que recabaron en su momento,  pero la defensa del menor no se niega expresamente a autorizar esa toma de muestras, pero tampoco acepta. “Lo que viene a decir que es que el menor no tiene capacidad suficiente para decidir sobre lo que se le está solicitando, que no termina de comprender el alcance que esa decisión pueda tener y frente a eso no da una respuesta clara. Hernando presenta entonces un escrito para que se acuerde la toma de muestras con una resolución motivada, pero no contestan, dejan pasar el tiempo”, explica Hernando.

El próximo miércoles 18 de junio vence el plazo para acordar la toma de muestras
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A contrarreloj, el próximo miércoles vence el plazo

Los tiempos son muy importantes en esta causa porque el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las causas penales deben estar instruidas en el plazo de un año del auto de incoación de este procedimiento, que en este caso es del 18 de junio de 2024. Eso significa que de no autorizar la toma de muestras el próximo miércoles vencería el plazo para conseguirlo. No es necesario que la prueba esté realizada ni tan siquiera cotejada, pero sí es necesario que esté acordada.

“Con que se acuerde, que sería un trámite que no lleva ni 20 minutos y esa resolución llegue antes del día 18, valdría, aunque luego se se tomase la muestra más tarde y se cotejase más tarde, pero necesitamos que la Fiscalía la aclare”, insiste la letrada.

La función de garante que tiene la propia Fiscalía de protección de menores

Hernando asegura que los retrasos son habituales en los juzgados, lo mismo que que los asuntos se puedan dormir, pero que una prueba tan importante no se practique, que se estén presentando escritos avisando de que se echa el plazo encima en un tema tan grave y que ni tan siquiera den respuesta, no es habitual. “Más que nada por la función de garante que tiene la propia Fiscalía de Protección de Menores, tanto del agresor como de la víctima”, apunta la abogada.

“Hubiera sido mejor que dictaran una resolución, que no se accede a la práctica de la prueba porque consideran tal cosa, yo la recurro y esperamos a ver lo que dice una instancia superior, pero es que no hacen ninguna cosa, ni la deniegan ni la acuerdan. Entonces nos dejan con una indefensión tremenda. Si no se practica lo que va a hacer la Fiscalía va a ser dictar un sobreseimiento. Las acusaciones particulares, tenemos una intervención muy limitada en Fiscalía de Menores, ya de por sí es una jurisdicción complicada”, se lamenta.

El menor reconoció tocamientos a la víctima

Lo cierto es que la víctima estaba privada de capacidad en el momento de la agresión y que existen vestigios que acreditan que efectivamente ha existido un acceso carnal, lo se necesita hacer ahora es vincularlos con uno de los autores. La prueba de ADN del adulto resultó negativa y se archivó la causa, pero la acusación ha recurrido.

Si la Fiscalía no reacciona esta agresión sexual a una adolescente podría quedar impune
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¿Sin justicia?

Se da la circunstancia, además, de que el presunto agresor mayor de edad “ha reconocido, no en sede judicial, pero en varias instancias y a través de mensajes a la propia víctima, que él sí participó en tocamientos mientras ella se encontraba en ese estado, con lo cual estamos ante un delito contra la libertad sexual. Al final son dos partes participes con una víctima privada de sentido y tú estás reconociendo unos tocamientos. Entonces, al final estamos en un delito de agresión sexual”, señala Hernando.

Un ataque a una adolescente que puede quedar impune si la Fiscalía de Menores no reacciona y permite que se cotejen las pruebas de ADN antes del miércoles.