Recientemente, el Tribunal Supremo ha emitido una sentencia de alta importancia para la conciliación de los trabajadores y las trabajadoras de España.
Según la resolución, los empleados tienen derecho a elegir el momento de comienzo del permiso retribuido de cinco días para el cuidado de familiares. El principal factor de este poder de decisión es la persistencia del hecho causante, pudiendo decidirse su inicio incluso si el suceso ocurre en un día no laborable para el trabajador.
La sentencia del Supremo que aclara el día de inicio del permiso de 5 días de cuidados de un familiar

Hasta ahora, la interpretación del artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores daba margen a las empresas para alegar que este tipo de permisos debía iniciarse inmediatamente junto al suceso.
Esta licencia, bajo su juicio, podía comenzar aunque coincidiera con días festivos o de descanso. Parecía no importar si la intervención, el accidente o la enfermedad ocurrían en una de esas fechas.
No obstante, una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha dictaminado que si el hecho causante se mantiene en el tiempo, el trabajador tiene derecho a decidir el inicio del permiso. Y puede posponerlo hasta cuando lo considere efectivo y útil para ejercer los cuidados.
Por tanto, esta licencia no “consume” días no laborables, incluso cuando la necesidad del cuidado se alargue en su reincorporación a su jornada laboral. La clave reside, principalmente, en la persistencia del hecho causante, adaptándose a la realidad de la necesidad.
Asimismo, la empresa no puede imponer la fecha de inicio, siempre que el trabajador justifique la naturaleza del imperativo de asistencia.
Consecuentemente, el Supremo insiste en que los 5 días de permiso se deben destinar al cuidado y acompañamiento real, y que los días de descanso del trabajador deben respetarse y no solaparse en estos casos.
Qué debes hacer si te encuentras en esta situación

El fallo del Supremo sobre el permiso retribuido para el cuidado de un familiar aclara una de las dudas más recurrentes respecto al mismo. Las interpretaciones de los convenios colectivos ya no podrán restringir este derecho a la asistencia en días laborables.
Sin embargo, es importante realizar el procedimiento adecuado para evitar sanciones. Los trabajadores y las trabajadoras deben seguir estos tres pasos para ejercer su derecho de forma segura:
- Informa a la empresa con la mayor antelación posible.
- Envía cuando sea posible el documento que justifique la hospitalización, intervención o enfermedad del familiar.
- Indica que el hecho causante sigue vigente en la fecha en la que solicitar el inicio del permiso.
Siguiendo cada uno de los pasos, estarás cumpliendo con tu parte como empleado y contarás con la sentencia del Tribunal Supremo como principal respaldo.
En el año 2023, este permiso retribuido se amplió de los dos a los cinco días. Además, pasó de ser aplicable solo a familiares de segundo grado de consanguinidad, hasta las parejas de hecho, cónyuges, parientes, familiares consanguíneos de la pareja de hecho y cualquier conviviente de la persona trabajadora, sea familiar o no.
Ya hubo una sentencia de la Audiencia Nacional en 2024 que falló a favor del comienzo de la licencia a conveniencia de los empleados y empleadas de un grupo automovilístico.
El Supremo ha ratificado definitivamente dicha sentencia, y ha recordado que debe dejarse “margen para una distribución racional que permita una asistencia más eficaz de la persona con necesidades en función de las circunstancias concurrentes”.
