La reforma del Código Penal de 2015 consolidó la responsabilidad penal de las personas jurídicas que se había creado en 2010 e introdujo el compliance como eximente, que se ha extendido a Administraciones y partidos políticos. Artículo14 analiza el estado de la cuestión de la mano de dos abogadas expertas en la materia cuando ha cumplido 10 años de la vigencia de la norma y cuando en los últimos meses administraciones, partidos y empresas se han visto envueltos en numerosos casos de corrupción y denuncias de acoso.
Se trata de Rosa Seoane y de María de la Torre, dos abogadas con trayectorias diferentes que han acabado en el ejercicio de la defensa penal y el compliance. Seoane, abogada del Estado en excedencia y socia de González Franco desde 2023, ha desempeñado buena parte de su carrera en la Abogacía del Estado –Audiencia Nacional, Adif, Agencia Tributaria– y fue la abogada del Estado que representó los intereses del Estado en el juicio del procés ante el Tribunal Supremo. De la Torre fundó en 2020 el despacho GovCom después de haber trabajado en las asesorías jurídicas internas de BBVA, ONO, Iberdola y MásMóvil.

El artículo 31 bis del Código Penal señala expresamente que la empresa quedará exenta de responsabilidad penal en caso de que, con anterioridad a los delitos cometidos haya adoptado y ejecutado medidas de vigilancia y control idóneos para prevenir delitos. En cambio, será imputable si no ejerce un control efectivo. A su vez, el artículo 9 bis de la Ley 3/2015 de Partidos establece que estas formaciones deben adoptar normas internas de control.
Por tanto, la respuesta a posteriori reviste en todo caso un posible atenuante por la respuesta ante el hecho tras su difusión. En el caso de que haya la responsabilidad penal de la persona jurídica, las personas jurídicas se enfrentarían a un abanico de sanciones, desde multas hasta incluso el fin de su actividad.
¿’Compliance perfecto’?
¿Existe un compliance perfecto? Para Rosa Seoane, “es un debate abierto. Las empresas aspiran a tener un compliance perfecto y están dispuestas a hacer lo que sea, a ir con el artículo 31bis del Código Penal para mostrar el juez y al fiscal que cumplen todos los requisitos”. Sin embargo, advierte, estos “se muestran reticentes. Es una prueba diabólica, el compliance es un mecanismo de control y prevención para que no pase nada, y si ocurre algo, ya no es perfecto. No hay riesgo cero, si siquiera con sistemas de certificación y de calidad”, subraya la socia de González Franco.
Sobre las denuncias de acoso que afectan a partidos y empresas y su tipificación, Seoane advierte de que los delitos que atentan contra la integridad sexual entran dentro de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, a diferencia de los de la salud de los trabajadores, por ejemplo, que no están incluidos en el catálogo del artículo 31bis salvo negligencia clara de la compañía.
Un país a dos velocidades
María de la Torre, socia y cofundadora de GovCom, advierte de que el país va “a dos velocidades” y las empresas se sitúan en la más rápida. “Las empresas con fallos en el compliance y en el protocolo antiacoso sufren una penalización muy grande, mucho más si están cotizadas, mientras que los partidos son mucho más laxos, no toman medidas y se les ha permitido”.
“Los partidos no pueden excusarse en que han hecho auditorías cuando las encargan ellos mismos, lo mismo ocurre con escudarse con el Tribunal de Cuentas”, advierte.
Cree que los partidos tienen mucho margen de mejora y ve mal enfocadas unas declaraciones de Pedro Sánchez, que ha repetido sobre el caso Salazar y el del DAO de la Policía Nacional, que el acoso en España, que llegó a tachar de laboral, es “estructural”.
“Predico en el desierto con la insistencia en la importancia del compliance de los partidos”, lamenta. En el caso de las empresas, señala que suelen tener protocolos muy buenos y el compliance muy normalizado a partir de 100 trabajadores.
De la Torre cree que el acoso laboral no tiene una incidencia tan alta como pudiera pensarse, pero advierte de que los casos son muy difíciles de gestionar y los afectados quedan muy tocados. En este sentido, ofrece un servicio de “extracción de directivos. Cuando alguien no encaja en una empresa se da una situación muy difícil que hay que cortar y en la que hay que ayudarle a salir”, explica.
