Opinión

Despotricando contra la judicatura e incumpliendo sentencias del TJUE

AMnistía
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
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Mientras que el ministro Óscar López despotrica contra la judicatura, lleva años sin cumplir con la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 28 de junio de 2022, recaída en el asunto C-278/20 (Comisión/España), en la que el Tribunal confirmó que España había infringido el Derecho de la Unión en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión.

Por efecto del denominado “congelador Armengol”, respecto a la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en materia de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por daños derivados de la infracción del Derecho de la Unión Europea. (121/000071), a fecha de hoy, ya se han producido veintiocho ampliaciones del plazo para enmiendas, por lo que dicho proyecto sigue varado, sin justificación alguna.

La última ampliación acordada demora el plazo hasta el 2 de septiembre de 2026. Y las que vendrán después… como se ha podido comprobar hasta la fecha; no respetando la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, del 4 de abril, sobre el “congelador Armengol”.

En base a ese estado de cosas, la Comisión Europea acaba de comunicar lo siguiente:

“En su sentencia de 28 de junio de 2022 en el asunto C-278/20, el Tribunal de Justicia confirmó que España había infringido el Derecho de la Unión en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión. La responsabilidad patrimonial del Estado es un principio fundamental del Derecho de la Unión Europea que establece la indemnización por las pérdidas o daños causados a los particulares por el legislador nacional mediante infracciones del Derecho de la Unión.

Como España no había incorporado la sentencia del Tribunal de Justicia a su ordenamiento jurídico, el 11 de diciembre de 2025 la Comisión decidió enviar una carta de emplazamiento a España por no ejecutar la sentencia del Tribunal de Justicia. Dicha carta otorgaba a España un plazo de dos meses para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia.

Hasta la fecha, España no ha implementado la sentencia del Tribunal de Justicia. Ante la ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión está evaluando los próximos pasos, incluido, en su caso, volver a someter el asunto al Tribunal de Justicia conforme a lo previsto en el artículo 260.2 TFUE. Si el Tribunal de Justicia constatara el incumplimiento por parte de España, podría imponerle a España una suma a tanto alzado o una multa coercitiva”.

Debe recordarse que la sentencia del TJUE estuvo precedida de un largo procedimiento de infracción instruido por la Comisión Europea e iniciado en base a una denuncia presentada en el lejano año 2015.

Más le valdría al señor ministro dedicarse a hacer bien su trabajo y no a despotricar contra el Poder Judicial, pues como reiteró el 7 de julio, por enésima vez, la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que los ataques y críticas a la “legitimidad, independencia e incluso integridad personal” de los jueces “debilita la autoridad de las instituciones y los principios que representan.

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