La decisión del juez Juan Carlos Peinado de proponer la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez por cuatro presuntos delitos (tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios y apropiación indebida) llega a la ciudadanía al mismo tiempo que se difunden imágenes suyas visitando diversos enclaves turísticos de Pekín, rodeada de un amplio dispositivo de seguridad y disfrutando de los privilegios propios de una primera dama, a pesar de que dicha figura no existe en España. Ese papel institucional corresponde a la Reina Letizia.
¿Hasta qué punto la esposa del presidente del Gobierno se mueve bajo una capa de protección política? Sorprende que en el momento en que se ha conocido el auto, Gómez se encontrara fuera de España en un viaje oficial a China junto a Pedro Sánchez y formando parte de la delegación oficial, con el mismo despliegue de seguridad, agenda y visibilidad. Y según las informaciones disponibles, no habría entregado el pasaporte requerido por el juez en el marco de la investigación.

Desde el punto de vista estrictamente jurídico, el caso ha entrado en una fase determinante. El juez Peinado considera que existen indicios suficientes para que sea juzgada, pero desde el inicio, la respuesta del Gobierno ha sido negar cualquier irregularidad y cuestionar la instrucción judicial. El ministro de Justicia ha llegado a expresar su “confianza absoluta” en que instancias superiores corregirán al magistrado y desde el PSOE se insiste en que la causa forma parte de una campaña de “acoso y derribo”.
Una cuestión estética
El hecho de que Gómez se encontrara en China en el momento clave no tiene consecuencias jurídicas. No existe ninguna norma que impida a la esposa del presidente participar en viajes oficiales ni que la obligue a retirarse de la agenda pública mientras está siendo investigada. “Sin embargo, la estrategia de viaje no es la acertada, en lugar de mantener un perfil bajo, porque aunque se pretenda dar normalidad, tiene más visibilidad cuando está imputada por varios delitos”, según afirma Allende Martín, analista y consultora política, Ceo de CompoLider. “En comunicación política todo comunica”, añade.

El debate no es jurídico, sino político y estético. Viajar como parte de la delegación oficial implica beneficios evidentes, como la protección del Estado, acceso a entornos diplomáticos de alto nivel y una visibilidad internacional que refuerza su imagen institucional. En circunstancias normales, esto forma parte del papel no formalizado de la pareja del jefe del Ejecutivo. Pero en el contexto actual, cabe plantearse si es compatible esa proyección con su situación judicial y si se está transmitiendo una imagen de normalidad o de impunidad.
En el plano legal, no hay evidencia de privilegios. Gómez no es aforada, no tiene inmunidad y está sujeta al mismo procedimiento que cualquier ciudadano. El hecho de que pueda ser juzgada, incluso por un jurado popular, refuerza la idea de que el sistema judicial sigue su curso ordinario.
Pero en el plano político y social, la cuestión es más compleja. El mantenimiento de su agenda pública, su presencia en actos institucionales y su participación en viajes oficiales generan una percepción de trato diferenciado. No porque exista una ventaja procesal concreta, sino porque sus circunstancias no son comparables a las de un ciudadano común.
El precedente de la Infanta Cristina
La comparación con la Infanta Cristina es inevitable. Cuando fue imputada en el caso Nóos, la Casa Real optó por apartarla de la agenda institucional, en un intento claro de proteger la imagen de la institución. Durante años, su presencia pública fue mínima, y su proceso judicial se desarrolló con una exposición controlada, pero sin respaldo visible.

Gómez, sin embargo, ha seguido asistiendo a actos oficiales, incluyendo eventos en el Palacio Real, y mantiene una actividad normal. Ahora bien, las diferencias institucionales son relevantes. La Infanta formaba parte de una institución cuya legitimidad depende en gran medida de la neutralidad y la ejemplaridad. Ella, en cambio, no ostenta ningún cargo público formal. Su papel no es institucional en sentido estricto.
Otro elemento clave es la estrategia política desplegada en torno al caso. El Gobierno ha optado por una defensa cerrada negando los hechos, deslegitimando la instrucción y apelando a la presunción de inocencia. Esto se complementa con la idea de “lawfare” o persecución judicial con fines políticos, un argumento que ha ganado peso en los últimos años en distintos contextos internacionales. Es una táctica que moviliza a los apoyos políticos, pero puede erosionar la confianza en las instituciones judiciales, además de generar la sensación de que existe una protección especial.
Comparación dentro del PSOE
El caso de Miguel Ángel Gallardo introduce otro matiz. La flexibilización de las normas internas del PSOE respecto a cargos investigados, permitiendo mantener responsabilidades si se considera que existe motivación política en las causas, parece un cambio de criterio que algunos interpretan como adaptativo.

Aunque Gómez no ocupa cargos orgánicos, se beneficia indirectamente y despierta la sospecha de doble rasero. La decisión de mantener su agenda pública puede responder a la lógica de la presunción de inocencia. No hay condena, por lo que no habría motivo para alterar su vida pública. Retirarla podría interpretarse como una admisión implícita de culpabilidad. Desde una estrategia de control de daños, la idea sería proyectar normalidad para minimizar el impacto del caso y evitar la imagen de escándalo. Ahora bien, ¿debería existir un estándar ético más exigente para las personas vinculadas al poder, aunque no ostenten cargos formales?
A día de hoy, no hay pruebas concluyentes de que la esposa del presidente esté recibiendo un trato de favor en términos legales. El proceso judicial sigue su curso y desembocará en un juicio como el de cualquier otro ciudadano. Sin embargo, sería ingenuo ignorar que su presencia en la agenda institucional, el respaldo político explícito y su exposición pública alimentan en la sociedad española la percepción de trato de favor.
