Estamos muy cerca de empezar el año, un momento muy importante para todos, porque es el inicio de lo que van a ser los siguientes 12 meses y un momento en el que mirar a futuro y plantearnos lo que vamos a hacer. Esto se puede extrapolar a prácticamente cualquier aspecto de la vida, sin embargo, en este momento nos vamos a centrar en uno por encima del resto, y no es otro que en el del trabajo, ya que es uno de los más importantes y con el que más tiempo pasamos y sobre todo, el que nos mantiene económicamente para poder vivir a la gran mayoría de nosotros.
Y de cara a este inicio de 2025 es el momento en el que muchas empresas instan a sus trabajadores a que elijan lo que quieren hacer respecto a sus vacaciones. Está claro que no es fácil mirar a mucho tiempo vista, aunque muchos que lo prefieren de cara a poder organizarse tanto ellos como los posibles viajes que vayan a hacer con familia o amigos. Pero una vez que estamos hablando de esto, surge una duda, que no es otra que si la empresa puede obligar a los trabajadores a cogerse las vacaciones en una u otra fecha.
¿Qué puede hacer la empresa con mis vacaciones?
En España, el Estatuto de los Trabajadores regula el derecho a las vacaciones. Según esta normativa, los empleados tienen derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones por año. No obstante, la forma en que se distribuyen y disfrutan estas vacaciones puede variar dependiendo de lo estipulado en el convenio colectivo de la empresa o mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, es decir, que cada empresa tiene unas normas diferentes.
Y en cuanto a la elección de las fechas, es importante destacar que el convenio colectivo establece el período durante el cual se pueden coger las vacaciones, y en la práctica, el trabajador elige los días dentro de este período y se los comunica a la empresa para su aprobación. En algunos casos, el convenio colectivo puede establecer que ciertos días son elegidos por el trabajador y otros por la empresa, en cuyo caso se debe respetar lo establecido en el convenio. Es decir, que si está estipulado, la empresa sí que puede elegir las vacaciones de sus trabajadores.
Buscar un acuerdo para aclararlo
Es por eso por lo que la empresa y el trabajador deben negociar las fechas de las vacaciones, sin imposiciones unilaterales por ninguna de las partes. Es crucial encontrar un equilibrio entre los intereses del empleado y las necesidades operativas de la empresa. La empresa puede establecer criterios generales para la planificación de las vacaciones, como el reparto equitativo entre los empleados, considerar la antigüedad o las responsabilidades familiares, rotación en diferentes períodos del año, coincidencia con épocas de menor actividad o demanda, y la compatibilidad.
Y es que la empresa no puede denegar el derecho a las vacaciones a un trabajador, pero si que puede requerir que se tomen en fechas específicas y, si no se llega a un acuerdo al respecto entre la empresa y el trabajador, será la empresa quien decida las fechas. Y aquí la ley ampara al empresario, puesto que según el artículo 38, punto 2, del Estatuto de los Trabajadores, el período de disfrute de las vacaciones debe establecerse de común acuerdo entre el empleador y el empleado.