Es fácil entender por qué Olvido Hormigos, tras pensarlo, decide declinar nuestra invitación para hablar sobre este asunto “por un tema personal”. Para ella no debe de ser fácil atravesar de nuevo la exposición pública que ya sufrió en 2012. Tampoco hablar del posterior juicio que, aunque perdió, sentó las bases para la que en 2015, hace ahora 10 años, se bautizaría como la ‘ley contra el sexting’. En su lugar nos atiende la que fuera su abogada, Blanca Biezma. “Cambió la legislación y ella quedó desamparada, pero ya está satisfecha porque al menos se dio una respuesta legal aunque ella no pudiera beneficiarse de esta reforma”, empieza diciéndonos.
Por poner en contexto a quien no recuerde el caso, en 2012 Hormigos era concejala por el PSOE en Los Yébenes, un pueblo de Toledo. No era conocida a nivel nacional hasta que un futbolista con el que mantenía una relación extramatrimonial hizo público un video suyo masturbándose. Sin entrar en detalles, el asunto fue sometido a un juicio público que llenó horas de televisión y a uno legal que fue archivado.
Hemos repasado con Blanca Biezma el caso que ella recuerda así: “En el 2012, que es cuando ocurrieron los hechos, interpuse una querella por delito de descubrimiento y revelación de secretos que finalmente se archivó porque no estaba contemplado que, cuando una persona voluntariamente entregaba una imagen a otra, esa persona lo difundiera. Se supone que cuando salía de su privacidad, esa persona estaba expuesta, como en el caso de Olvido, a acatar las consecuencias, por decirlo de alguna manera. Sí que se abrió la posibilidad de ir con otro tipo de delitos pero, realmente, lo que se estaba vulnerando era la intimidad”. Por eso entonces se decidió ir por la vía penal. Porque tanto Olvido como su abogada lo consideraron algo grave. Y, aunque quedó impune, lo cierto es que le dio la vuelta por completo a la vida de Hormigos, que nada tienen que ver con la que fuera.

Hubo que esperar hasta 2015 para que las cosas cambiaran. Al menos un poquito. “Hasta la ley orgánica 1/2015 no entró en vigor la reforma que contempló esto. Entonces en el artículo 197. 7 se añadió ese apartado que castiga con una pena pequeña, una pena insuficiente, el que sin consentimiento una persona afectada difunda, revele o ceda a terceros imágenes o vídeos que hubiera conseguido voluntariamente en un domicilio o en un lugares apartado de la vista de otros. Insisto, con una pena escueta de tres meses a un año de multa”
Adaptarse a los tiempos
Para entender el relato, hay que viajar al pasado hasta 2012. Sí, había Whatsapp e Instagram en España, pero solo llevábamos 2 años usándolos. Nada que ver con lo que vivimos ahora. Y los legisladores aún no se habían adaptado a lo que hoy es normal: las redes sociales. Nos lo explica Marisa Herrero-Tejedor Albert, socia de AVERUM abogados, un despacho especializado en derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen: “En el momento en el que se redactó el anterior Código Penal en el año 1995, no se entendía que se pudiera dar la circunstancia en la que alguien pudiera mandar a través de internet, redes sociales o whatsapp nada así, porque ni siquiera estaba en el paradigma de la imaginación del legislador. Digamos que el legislador no intuía que hubiera alguien que pudiera compartir ese tipo de contenido y que ese tipo de contenido fuera a su vez difundido sin el consentimiento de de la persona que aparece en el vídeo”. Eran otros tiempos y entonces solo se contemplaba el delito cuando el video era robado.
Lo puntualiza el socio director de AVERUM, Mario Bonacho Caballero: “antes del 2015, efectivamente, estas víctimas estaban totalmente desprotegidas. Sobre todo si pensamos en menores de edad que decidían mandar una foto en topless a su novio porque era su novio y esta persona lo difundía. Antes de 2015 pues no solo no había respuesta penal, sino que cuando se difundía llevaba en algunos casos que estas víctimas se vieran obligadas a cambiar de colegio, de instituto, a cambiar de ciudad…”

La reforma del 2015 no fue el fin del debate. En 2019 Veronica, una trabajadora de Iveco se quitó la vida después de que uno de sus compañeros hiciera públicas en su entorno laboral unas imágenes íntimas. Algo que, según nos cuenta Blanca Biezma, afectó de forma colateral a Hormigos: “Ella lo llevó mal, francamente mal. Cuando ha visto casos posteriores tan duros como la chica de Iveco le produce muchísimo dolor”. Un dolor que comparten muchas de las víctimas.
Tras la reforma de 2015, la llamada ‘ley del ‘sólo sí es sí’’, en 2022, abordó de nuevo el tema del consentimiento. Pero para los expertos en el tema, como Marisa Hernández-Tejedor, el panorama actual está exigiendo nuevas reformas: “Ahora mismo, en el año 2025, ¿qué es lo que se plantea y cuál es nuestra realidad en la actualidad?: la inteligencia artificial. Este es un claro caso de cómo el legislador, ante las nuevas situaciones que se nos presentan, ante el avance de los elementos informáticos y de las nuevas tecnologías, va a tener que ponerse mucho las pilas, va a tener que ser muy rápido y legislar cada vez más cubriendo aquellas nuevas situaciones que hace 10 años no eran ni posibles ni reales pero que ahora sí lo son”.