El próximo 16 de julio puede marcar un antes y un después en la configuración de la indemnización por despido en España. Ese día, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se reunirá en Pleno para establecer doctrina sobre la posibilidad de otorgar compensaciones adicionales en los casos de despido improcedente, tomando por primera vez en cuenta la Carta Social Europea.
La decisión llega tras años de debate judicial, con sentencias contradictorias y una creciente presión por parte de sindicatos, organismos internacionales e incluso del propio Consejo de Europa.
Este pronunciamiento se convierte así en uno de los momentos más esperados en materia laboral. A fin de cuentas, podría cambiar profundamente el marco actual de la indemnización por despido, anclado en el Estatuto de los Trabajadores y con un límite de 33 días por año trabajado y un tope de 24 mensualidades.
Una doctrina todavía en disputa
En diciembre de 2024, el Supremo ya se posicionó contra las indemnizaciones por despido superiores al marco legal, cerrando temporalmente la puerta a compensaciones adicionales. Sin embargo, dejó sin analizar un factor clave: la ratificación de la Carta Social Europea por parte de España, que tuvo lugar en 2021. Esa omisión abrió un resquicio legal que ahora será examinado por el alto tribunal, con consecuencias que podrían extenderse a miles de trabajadores.
En esta ocasión, la indemnización por despido será examinada a la luz del artículo 24 de la Carta Social, que establece el derecho de los trabajadores a una “compensación adecuada” en caso de despido injustificado. El Comité Europeo de Derechos Sociales ya ha dictaminado que el sistema español incumple este precepto. Lo que refuerza la expectativa de un posible giro jurisprudencial.
El caso que ha desencadenado esta revisión tiene su origen en una sentencia contradictoria entre dos tribunales superiores de justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó una indemnización adicional que sí había concedido en primera instancia el Juzgado de lo Social nº3 de Barcelona. Argumentó que el trabajador no justificaba adecuadamente los daños sufridos.
En cambio, el Tribunal Superior del País Vasco había avalado una indemnización por despido extra en una situación similar. La disparidad ha llevado el caso al Supremo, que deberá unificar doctrina. Esta vez, el foco estará en si la Carta Social Europea permite ir más allá del sistema tasado en días y mensualidades, para contemplar la situación concreta del trabajador afectado.
El papel del Consejo de Europa
Más allá de los tribunales españoles, el Consejo de Europa ha sido tajante. En noviembre de 2024, su Comité de Ministros pidió a España revisar su legislación para que la indemnización por despido tenga en cuenta el daño real causado y las circunstancias individuales de cada caso. No se trata, por tanto, de un simple consejo, sino de una recomendación formal al Estado español en cumplimiento de sus compromisos internacionales.
La exigencia internacional va más allá de un cambio judicial. Requiere una modificación legislativa de fondo. Y ahí es donde empieza el choque político.En el plano político, el Ministerio de Trabajo —liderado por el ala de Sumar— ha expresado de forma reiterada su voluntad de reformar el sistema de indemnización por despido, alineándolo con la Carta Social Europea.
En su programa electoral, PSOE y Sumar ya prometieron establecer mayores garantías frente al despido, cumpliendo con las obligaciones internacionales adquiridas por España.
Sin embargo, esta posición choca con la de Economía, que sostiene que la normativa vigente ya se ajusta a la Carta. También con el rechazo abierto de patronales y partidos como PNV y Junts, que ven con preocupación el impacto que un cambio de este tipo podría tener sobre la seguridad jurídica de las empresas.
¿Qué puede pasar el 16 de julio con la indemnización por despido?
El fallo del Tribunal Supremo será determinante. Si reconoce la aplicación directa del artículo 24 de la Carta Social Europea, permitirá que los tribunales concedan una indemnización por despido superior a la legal cuando el caso lo justifique. Esto devolvería al escenario judicial la posibilidad de valorar la antigüedad, los daños morales y la situación personal del trabajador, abriendo la puerta a un sistema más flexible y personalizado.
Por el contrario, si el Supremo se alinea con su sentencia anterior, volverá a cerrar el debate, al menos mientras no se produzca una reforma legislativa por parte del Parlamento.

Desde la patronal CEOE, la respuesta ha sido clara. No consideran necesario ningún cambio. Su presidente, Antonio Garamendi, ha restado importancia al dictamen del Comité Europeo de Derechos Sociales. Alega que se trata de un organismo consultivo cuyos informes no siempre se traducen en reformas normativas.
La indemnización por despido, según su visión, debe mantenerse dentro del marco actual para evitar una oleada de reclamaciones judiciales que desestabilicen el mercado laboral.