El infierno de María Serrano, la brigada de la Guardia Civil que espera sentencia tras un juicio militar

La defensa de María Serrano insiste en un matiz clave: que una causa se archive o prescriba no implica que los hechos no existieran

María Serrano (Guardia Civil) - Defensa
Una fotografía de archivo de María Serrano, brigada de la Guardia Civil.
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El caso de María Serrano encara su recta final tras quedar visto para sentencia el juicio militar celebrado en el Tribunal Militar Territorial Primero de Madrid. La brigada de la Guardia Civil se enfrenta a una acusación de denuncia falsa a raíz de una querella presentada por el general Fernando Mora Moret. Un procedimiento que ha reabierto el debate sobre la protección de los denunciantes dentro de los cuerpos de seguridad del Estado.

Después de dos jornadas de vista oral, la defensa de María Serrano reconoce afrontar el desenlace con cautela. Aunque también con un moderado optimismo. Así lo expresó su abogado, Jaime López, que subrayó en El Correo de Andalucía las “buenas sensaciones” que deja el desarrollo del juicio. Especialmente, tras las declaraciones escuchadas en la segunda sesión.

Un juicio marcado por la jerarquía y los hechos de hace una década

Durante la primera jornada del juicio comparecieron el propio denunciante, Fernando Mora Moret, y María Serrano. Además de dos testigos propuestos por la acusación: un teniente y un teniente coronel que en marzo de 2015 eran superiores jerárquicos de la brigada en la Comandancia de la Guardia Civil de Sevilla.

Las declaraciones de estos mandos se centraron en cuestionar la veracidad de las denuncias presentadas por María Serrano. Sostienen la tesis de que los hechos relatados no se produjeron en los términos expuestos por la acusada. La acusación particular trató de apuntalar así la idea de una denuncia falsa formulada contra superiores y compañeros de la Guardia Civil.

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Captura de pantalla de un vídeo de la guardia civil María Serrano.
@ForodelGC

La segunda sesión del juicio supuso un giro relevante para María Serrano. Declararon dos guardias civiles destinados en la misma comandancia que fueron testigos directos de los hechos denunciados y que confirmaron que estos no solo ocurrieron, sino que eran conocidos en el entorno profesional en el que se desarrollaron.

Estos testimonios resultaron clave para la defensa de María Serrano. A fin de cuentas, reforzaron la idea de que existía una base real para las denuncias formuladas, debilitando la acusación de denuncia falsa. Para el equipo jurídico, estas declaraciones permiten sostener que no se puede criminalizar a quien denuncia hechos que tuvieron consistencia, aunque no acabaran en condena penal.

La retirada de la Fiscalía, un punto de inflexión

Uno de los momentos más significativos del procedimiento llegó apenas dos días antes del inicio del juicio. El Fiscal Militar retiró la petición de pena de prisión militar contra María Serrano. Eso dejó la solicitud de condena exclusivamente en manos de la acusación particular ejercida por el general denunciante.

La defensa interpreta esta decisión como un claro debilitamiento de la causa. Que la Fiscalía no sostenga la acusación penal refuerza, a juicio del letrado de María Serrano, la idea de que no existen elementos suficientes para hablar de denuncia falsa en términos estrictamente jurídicos.

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Una fotografía de archivo del Seprona en acción.
EFE

Las denuncias presentadas por María Serrano se remontan a 2013 y están relacionadas con presuntas irregularidades en el funcionamiento del Seprona de la Comandancia de Sevilla. La brigada alertó de supuestos casos de corrupción interna vinculados al comercio ilegal de productos pesqueros e inmaduros en Mercasevilla. Así como de una presunta trama contra empresas dedicadas al reciclaje de aceites vegetales.

Según el relato de María Serrano, sus superiores habrían hecho la vista gorda ante estas prácticas, apoyando a los agentes señalados como infractores y desactivando las denuncias internas. De los tres hechos denunciados inicialmente, dos quedaron fuera del proceso por prescripción y el tercero fue considerado sin relevancia penal.

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