Hacienda tiene que devolver miles de euros a algunos pensionistas por culpa de un error

Algunos pensionistas recibirán un 'extra' que Hacienda les debía desde hace décadas debido a un error que ahora tienen que subsanar

Pensionistas - Economía
Una pareja de pensionistas felices Shutterstock

La Agencia Tributaria, comúnmente conocida como Hacienda, se ha visto obligada a devolver miles de euros a numerosos pensionistas debido a un error en la aplicación de cotizaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este fallo administrativo ha afectado principalmente a jubilados que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades laborales entre 1967 y 1978.

El origen del error

Durante el período comprendido entre 1967 y 1978, muchos trabajadores de sectores como la banca, la construcción y los astilleros realizaron aportaciones a mutualidades laborales. Según la normativa vigente en aquel entonces, estas aportaciones debían contar con reducciones fiscales en la base imponible: una exención del 100% hasta el 31 de diciembre de 1966 y del 25% entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Sin embargo, Hacienda aplicó una cotización íntegra del 100% en ambos períodos. Eso llevó a que estos trabajadores pagaran más impuestos de los que les correspondían.

Este error provocó que numerosos pensionistas tributaran por el 100% de sus pensiones, cuando en realidad debían haber tributado solo por el 75%, generando un exceso en el pago de impuestos. Tras varias reclamaciones, el Tribunal Supremo dictaminó que Hacienda debe devolver las cantidades cobradas indebidamente, que en algunos casos pueden oscilar entre 2.000 y 4.000 euros por persona.

Nuevo procedimiento de devolución establecido por la Agencia Tributaria

Inicialmente, Hacienda realizaba las devoluciones de manera global, abonando a los afectados la totalidad de las cantidades adeudadas en un solo pago. Sin embargo, a partir del 22 de diciembre de 2024, la Agencia Tributaria ha modificado el procedimiento, estableciendo que las devoluciones se realicen de forma anual. Según la información disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, “las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos que resulten de la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF”.

Hacienda tiene que devolver miles de euros a algunos pensionistas por culpa de un error

Este cambio implica que los pensionistas deberán solicitar la devolución correspondiente a cada ejercicio fiscal de manera individual, siguiendo un calendario establecido por Hacienda:

  • 2025: Se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y de los anteriores no prescritos.
  • 2026: Se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020.
  • 2027: Se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021.
  • 2028: Se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022.

Este procedimiento ha generado críticas entre los afectados. A fin de cuentas, muchos pensionistas, debido a su avanzada edad, temen no llegar a recibir la totalidad de las devoluciones que les corresponden. Además, la necesidad de realizar solicitudes anuales añade una carga administrativa adicional para los jubilados.

Cómo solicitar la devolución a Hacienda

A partir de 2025, los pensionistas afectados deberán solicitar la devolución del IRPF de forma anual a través de la aplicación Renta Web, disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Los formularios correspondientes estarán accesibles únicamente durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF.

Hacienda tiene que devolver miles de euros a algunos pensionistas por culpa de un error

Para realizar el trámite, es necesario:

  1. Acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/
  2. Identificarse: Utilizando Cl@ve PIN, certificado digital, DNI electrónico o el número de referencia de la declaración del año anterior.
  3. Rellenar el formulario correspondiente: Seleccionar el ejercicio fiscal para el cual se solicita la devolución y completar los datos requeridos.

Aunque no es necesario aportar documentación adicional en el momento de la solicitud, es posible que Hacienda requiera información complementaria en el futuro. Por ello, se recomienda a los interesados estar atentos a posibles comunicaciones de la Agencia Tributaria y conservar cualquier documentación relevante que pueda ser solicitada.

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