Amnistía: el análisis

“Aunque el Rey se inhabilitara del cargo para no firmar la ley ésta entraría en vigor”

Expertos constitucionalistas explican que la rúbrica de Don Felipe no tiene valor constitutivo y que sólo el TC tiene derecho a veto. "Renunciar por objeción de conciencia sólo agitaría a republicanos y separatistas"

Felipe VI sanciona el artículo 49 de la Constitución
Felipe VI sanciona el artículo 49 de la Constitución en Zarzuela, en presencia de los poderes del Estado Casa de S. M. El Rey

Las decisiones políticas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, están suponiendo que el papel del Rey se analice desde distintos sectores, no ya republicanos, sino también afines. Cuando Sánchez formó Gobierno, algunas voces clamaron que el Rey se negara a proponerle candidato debido a la integración de sus socios separatistas, y ahora la pregunta es: ¿Puede el Rey negarse a firmar la ley de la amnistía?

La ley se aprobó el pasado 30 de mayo en el parlamento y, según establece la Constitución, el Monarca dispone de 15 días para sancionarla. En el caso de negarse, el artículo  59.2 lo establece claro: “Las Cortes podrían inhabilitar al Rey si se niega a cumplir sus funciones”.

La estrategia política del Ejecutivo parece encaminada a no enviar la ley a Zarzuela hasta que pasen las elecciones europeas el próximo 9 de junio, y así no condicionar el resultado. De tal manera que el Monarca podría sancionarla desde el lunes 10 hasta el viernes 15.

Articulo14 se ha puesto en contacto con la catedrática de Derecho Constitucional, Teresa Freixes, y el abogado, doctor europeo por la universidad de Bolonia y profesor de Derecho Constitucional, Daniel Berzosa, para analizar la coyuntura a la que se enfrenta el Jefe del Estado tras aprobarse la ley.

“Aquí tenemos un problema”, asegura Freixes. “Y es que hay un sector de la población que de buena, o mala fe, cuando algo no le gusta quiere que el Rey intervenga. Y él puede únicamente hacerlo en aquellas cosas que la Constitución le autoriza, y están todas enumeradas en el artículo 62, más algunas otras regulaciones que existen en otras partes de la Constitución”. La catedrática expone que no entra en las competencias del Rey “hacer  juicio de constitucionalidad sobre las leyes”, porque este paso sería el “previo a negarse a sancionarlas”. Esta ventanilla es equivocada, explica, porque el recurso de inconstitucionalidad sólo puede hacerlo el Tribunal Constitucional.

“No tiene ninguna opción para no sancionar esa ley, la sanción y promulgación de las leyes por parte del Jefe del Estado está configurada como un acto debido, y la facultad de veto le es reservada al TC”, corrobora Berzosa. ” Y además, aunque el Rey no la sancionara, no tiene valor constitutivo. Es decir, la ley es la ley. La intervención del Rey responde al carácter simbólico de la Jefatura del Estado en el sentido que simboliza la unidad del ordenamiento jurídico estatal”, añade.

La alternativa que le queda al Monarca es renunciar al Trono de manera temporal por objeción de conciencia, siguiendo el ejemplo del Rey Balduino de Bélgica para no sancionar la ley del aborto. Berzosa considera que en el contexto político de nuestro país, esta decisión en el caso de Felipe VI sólo traería consecuencias negativas, ya que cree el sector republicano e independentista del Gobierno saldría en tromba contra Don Felipe. “Una inhabilitación, tal y como tenemos el parlamento y la polarización, supone acabar en una República o en el Estado Confederal. ¿Qué haría automáticamente el bloque de Sánchez si el Rey no firmara?”, se pregunta.

Ambos constitucionalistas afirman que el Rey se encuentra en una situación  “parecida a la que ha tenido que pasar cuando se han ido aprobando a lo largo de todos los años leyes total o parcialmente anticonstitucionales”, afirma Freixes. Aunque Berzosa puntualiza: “En España, todas las leyes han sido sancionadas por el Rey, pero no hay un antecedente de una ley como ésta. No hasta el punto de que sea tan evidente que supone una fractura de lo que es la Constitución y el Estado de Derecho”.

“No estamos en un sistema de como en el antiguo régimen, que el Rey era el que expedía las leyes y su voluntad era la ley. Tampoco estamos en la etapa intermedia en la que había soberanía compartida. nuestra Constitución es muy clara, la soberanía es del pueblo”, zanja Freixes. Desde el punto de vista político, sí se muestra muy crítica con el Gobierno a la hora de establecer los tiempos para que salga adelante la ley en función del interés electoral. “Entra dentro de la extraña lógica que tiene este Gobierno. Primero había que hacer la ley rapidísimamente, porque de ello dependía que hubiera investidura. Después, se opta por el procedimiento de la urgencia, para que así rápidamente la amnistía pueda entrar en vigor. Y ahora  estamos ante el ridículo de decir que aquellos que querían que entrara en vigor rápidamente dilatan la entrada retrasando la publicación. ¿Oigan, un poquito más de seriedad, no?”, pide.

La carta del Rey a los españoles el 3 de octubre de 2017

Un mensaje similar al que dirigió Felipe VI a la nación tras el referéndum secesionista catalán el 1 de octubre no sería efectivo ahora, según considera Berzosa. “Esta es una ley planteada por el presidente del Gobierno, líder del Partido Socialista al que siguen votando 7 millones de españoles”, asegura. “Es una situación mucho más compleja, sería ir directamente contra el Gobierno. Lo mejor que puede hacer es lo que dijo que haría cuando se convirtió en Rey en 2014: cumplir la Constitución”.

 

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