Cerco al PSOE

El hermano de Sánchez y Miguel Ángel Gallardo se sentarán en el banquillo de los acusados en febrero

El juicio contra el hermano de Pedro Sánchez ya tiene fecha: la Audiencia Provincial de Badajoz ha señalado del 9 al 14 de febrero de 2026

David Sánchez.
Arttículo14/EFE

La Audiencia Provincial de Badajoz ha comunicado la fecha para el juicio oral en la causa por la contratación del director de la oficina de artes escénicas de la Diputación de Badajoz, David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Será del 9 al 14 de febrero de 2026. El juicio tendrá lugar dos meses después de las elecciones en Extremadura. Además de David Sánchez, también se sentará en el banquillo de los acusados Miguel Ángel Gallardo, líder del PSOE de esa región y candidato socialista.

En la diligencia, a la que ha tenido acceso Artículo14, se establece: “Conforme lo dispuesto en el art. 785.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y teniendo en cuenta los criterios generales y las concretas y específicas instrucciones fijadas, se señala para el inicio de las sesiones del juicio oral del día 9 AL 14 DE FEBRERO de 2026, en sesiones que comenzarán a las 10:00 horas, pudiendo ampliarse en horario de tarde a partir de las 17:00 horas, que tendrá lugar en la sede de este Tribunal”.

Las sesiones del juicio oral comenzará a las 10:00 horas, y podrán ampliarse ampliarse en horario de tarde a partir de las 17:00 horas, que tendrá lugar en la sede de este tribunal.

David Sánchez.
KiloyCuarto

11 personas en total

Un total de 11 personas se sentarán en el banquillo por delitos de prevaricación y tráfico de influencias en relación con la contratación del hermano de Pedro Sánchez como coordinador de conservatorios de música dependientes de la Diputación de Badajoz.

En dos autos dictados en septiembre, la Audiencia Provincial pacense consideró que este asunto “ha de ser objeto de debate en juicio oral, sin que sea este el momento, a la vista de lo actuado en la instrucción que se ha completado, para considerar procedente el sobreseimiento instado y realizar ahora todo un análisis de lo actuado como si de una valoración probatoria se tratara”.

Por tanto, añadió que “no se justifica el archivo del procedimiento en el juzgado de instrucción por la existencia de una duda razonable, que sí puede, sin embargo, determinar que se dicte una sentencia absolutoria”, apuntó la Audiencia Provincial. “En nuestro caso existen indicios suficientes expuestos por el Auto recurrido sobre el presunto carácter delictivo de las conductas imputadas y, por tanto, la consecuencia es la de proseguir el procedimiento”, señaló el auto.