El futuro inmediato de José Luis Ábalos vuelve a situarse en el centro de la atención política y judicial. El exministro acude hoy a una vista determinante en la que la Fiscalía Anticorrupción podría pedir el endurecimiento de sus medidas cautelares.
Aunque no existe certeza de que el Ministerio Público solicite prisión preventiva para él y su exasesor Koldo García, sí lo hará el Partido Popular, que ejerce como acusación popular. El paso por una celda modificaría de inmediato la posición parlamentaria de José Luis Ábalos, pese a que su acta de diputado no depende de ninguna decisión judicial.
La eventual entrada en prisión de Ábalos abre preguntas relevantes. ¿Qué derechos parlamentarios perdería? ¿Cuáles se mantendrían? ¿Y cómo afectaría este escenario a la aritmética del Congreso en un momento políticamente delicado?
¿Perdería José Luis Ábalos su escaño?
La respuesta es clara: José Luis Ábalos no perdería automáticamente su acta de diputado aunque el juez decretara prisión preventiva. La Constitución establece que el escaño solo se pierde por renuncia personal o por sentencia firme que inhabilite al parlamentario.

Sin embargo, la entrada en prisión de José Luis Ábalos sí activaría el artículo 21 del reglamento del Congreso, que contempla la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios de quienes se encuentren en prisión provisional tras haber sido procesados.
Esto significa que Ábalos seguiría siendo diputado a efectos nominales. Pero dejaría de ejercer todas sus funciones dentro de la Cámara Baja.
Los derechos que perdería Ábalos en prisión
Si finalmente José Luis Ábalos es suspendido, la pérdida de derechos sería amplia. En primer lugar, dejaría de percibir los 3.236 euros brutos mensuales de asignación constitucional. Así como los 2.078 euros adicionales que recibe por no residir en Madrid. Es decir, Ábalos perdería por completo su retribución parlamentaria.
Tampoco podría asistir a plenos o comisiones. Ni integrarse en ningún grupo parlamentario. Ni solicitar informes o documentos a la Administración. El reglamento es claro: toda participación activa queda vetada para un diputado que se encuentre privado de libertad.

Aun así, José Luis Ábalos mantendría la prerrogativa de inviolabilidad por opiniones manifestadas en el ejercicio de su función parlamentaria. Aunque esta protección no tendría efecto alguno sobre los delitos que se investigan en su causa.
¿Podría Ábalos seguir votando desde prisión?
La suspensión implica que José Luis Ábalos no podría votar ni de forma presencial ni mediante voto telemático. El reglamento del Congreso no contempla el voto a distancia para un diputado que se encuentre en prisión preventiva.
Por tanto, el exministro quedaría completamente fuera del funcionamiento legislativo mientras durara su privación de libertad.

Este escenario impediría Ábalos influir en las votaciones. Algo que, aunque simbólicamente relevante, no amenaza la estabilidad del Ejecutivo en términos inmediatos.



