“Es una de las traiciones más fuertes que he vivido en mi vida”. Así explica Romina cómo se sintió cuando fue despedida tras haber denunciado a su a su expareja por agresión sexual. Todo comienza en febrero del año pasado. Cuando formaliza la acusación contra el que había sido su novio. Fueron momentos muy complicados, pero como tenía buena relación con sus jefes decidió compartir su situación con ellos, contarles lo que estaba sucediendo. Romina trabajaba en Nagami Design, un empresa de muebles reconocida en el mundo de la decoración y arquitectura dirigida por Manuel Jiménez García y sita en Ávila. Al principio, todo fueron palabras de aliento y apoyo. Decían entender la complejidad de lo que estaba viviendo y se sintió arropada. Sin embargo, apenas unas semanas después, recibió su carta de despido.
Se da la circunstancia de que el médico estipuló una baja laboral de 120 días para que Romina se pudiese recuperar de todo lo sucedido. Tan solo veinte días después, decidió incorporarse para lograr cierta normalidad y porque esta joven consideraba a sus compañeros y jefes casi como miembros de su familia. Explicó que no podía volver al mismo ritmo, que necesitaría flexibilidad, pero poco después fue despedida sin una justificación.
La ley prohíbe este tipo de despidos
El Estatuto de los Trabajadores en su art. 55.5 declara nulo cualquier despido que viole derechos fundamentales o esté motivado por causas discriminatorias, como es el caso de las víctimas de violencia de género como Romina. Ella no lo sabía, pero cuando se lo contó al policía encargado de su seguridad y que realiza llamadas de seguimiento a las víctimas de violencia, este le aseguró que no era legal ese despido y que podía denunciarlo.
Está demostrado que Nagami Design conocía su situación. Su jefe directo acudió a declarar en el juicio por la agresión sexual. Tanto la jueza de instrucción como la Fiscalía querían escuchar a las personas a las que Romina había narrado el episodio de violencia y querían contar con su declaración. Días después de que su jefe acudiese a la vista como testigo, ella fue despedida.
La jueza no reconoció a Romina como víctima de violencia porque no existía una condena penal
La ley protege a las víctimas de violencia de género y la legislación laboral también. Gozan de una serie de derechos laborales para ayudarlas mientras viven este tipo de situaciones. Por ejemplo, pueden modificar o reducir su jornada laboral, trabajar a distancia, cambiar de centro de trabajo o adaptar su puesto para facilitar su reincorporación.
La jueza María Carmen del Peso Crespos dictó, sin embargo, la no nulidad del despido, sí apreció la improcedencia. La razón: no existía una sentencia condenatoria penal y Romina no podía acreditar de ninguna manera su condición de víctima de violencia. Una resolución “injusta” a ojos de la abogada de Romina, Esther Comas, del Colectivo Ronda. “Esto puede llevar a otras víctimas a no demandar contra sus despidos o incluso a no hablar con libertad de lo que les ha sucedido, lo cual me parece un peligro social y sitúa a las mujeres aún más en situación de vulnerabilidad. Es una mujer que acaba de denunciar a su expareja por violencia de género, la empresa, al despedirla de forma fulminante y sin causa, vulnera sus derechos fundamentales”, apunta.
Existe jurisprudencia de despido nulo en casos similares
Romina y su abogada han recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, pero existe jurisprudencia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid admitió que el despido de una trabajadora que había denunciado violencia de género era nulo aunque no hubiese sentencia condenatoria. La clave está en si la empresa conocía la denuncia y el despido se produce sin justificación alguna. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias resolvió de igual manera y apuntó que no era necesario presentar una sentencia condenatoria para acreditar la condición de víctima de violencia de género.