Sentencia pionera: prohíben a un padre que abusó de su hija difundir que los hechos son falsos

Este fallo de la Audiencia Provincial de Las Palmas es pionero y se enmarca dentro de la reparación simbólica y social de las víctimas de violencias machistas que defiende la ley del "solo sí es sí"

un hombre desdoblado lleva un capirote, un castigo en la Edad Media
P KiloyCuarto

Hace unos días, en Artículo14, Noemí Álvarez Boyero, psicóloga y experta en violencia sexual explicaba la importancia de creer a una víctima de estos delitos, el efecto sanador de ser creída. Sin embargo, es bastante frecuente en los casos de abusos sexuales en la infancia que la familia y el entorno no tenga herramientas para asumir la realidad y no den credibilidad a las víctimas. Una doble condena que dificulta la recuperación y la reparación del daño causado.

El pasado 20 de marzo, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, dictó una sentencia pionera que resarcía a una joven en este sentido. Ella había denunciado a su padre por un delito continuado de abuso sexual y el tribunal le dio la razón. Se le condenó a 3 años y seis meses de prisión.

Se le impuso una orden de alejamiento de 300 metros de su hija, la prohibición de comunicarse con ella durante ocho años, cinco años de libertad vigilada una vez cumpla su condena, y la inhabilitación de trabajar con menores de edad durante ocho años y seis meses.

Se le aplicaron, en este caso, los atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño. Y es aquí donde esta sentencia abre un nuevo camino. En concepto de reparación se le obliga a pagar una indemnización de de 6.000 euros por daños y perjuicios, una pensión de 200 euros mensuales, no podrá  oponerse al cambio de apellidos de su hija y deberá “abstenerse de difundir entre terceros las circunstancias de estos hechos en contra de la víctima y específicamente de desacreditar la veracidad de los hechos probados”. Es decir, no podrá difundir que es inocente y que los hechos no han ocurrido.

Muy importante para la víctima

Para la víctima, era muy importante este punto, era vital que su padre y abusador no pudiese negar los hechos de forma pública y con publicidad.  Esta medida resarce y repara el daño causado en una dimensión poco común. Estas medidas excepcionales se enmarcan dentro de la ley del “solo sí es sí”. En ella, en el Título VII Artículo 52 del Derecho a la Reparación se habla de un resarcimiento simbólico y social de las víctimas.

En concreto se explica que: “Las víctimas de violencias sexuales tienen derecho a la reparación, lo que comprende la indemnización…, las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición. Para garantizar este derecho, y sin perjuicio de las competencias autonómicas en la materia, se elaborará un programa administrativo de reparación a las víctimas de violencias sexuales que incluya medidas simbólicas, materiales, individuales y colectivas“.

Se da la circunstancia que la ponente de la sentencia es la magistrada Victoria Rosell, ex delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, que tiene una amplia experiencia en materia de violencia contra las mujeres. Formaba parte del tribunal también el magistrado Pedro Joaquín Herrera Puentes y lo presidía Miguel Ángel Parramon i Bregolat.

Con este fallo se abre un horizonte nuevo para la reparación del daño en los delitos machistas. No ocurrió lo mismo con la sentencia que condenaba a Dani Alves por violación. A pesar de estar en vigor en ese momento la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual y la erradicación de todas las violencias sexuales, conocida como la ley del “sólo sí es sí”, al futbolista se le aplicó la reparación del daño, a pesar de los ataques que la víctima sufrió por parte de él y su entorno a lo largo del proceso.

El caso de Alves

Alves llego a dar una entrevista desde la cárcel cuestionando la versión de la víctima y donde decía: “No sé si ella tiene la conciencia tranquila, si duerme bien por las noches. Pero yo la perdono”. La madre del violador llegó a publicar un vídeo en Instagram donde se identificaba a la joven por nombre y apellido y se le afeaba que siguiese con su vida normal.

El tribunal le rebajo la pena, a pesar de ello, entendiendo que había intentado reparar el daño causado y todo porque Alves abonó 150.000 euros en concepto de indemnización.

Hace apenas dos meses, Unidas Podemos registró en el Congreso de los Diputados una iniciativa para reformar el Código Penal y que la reparación del daño no sea atenuante en casos de delitos machistas. “No se puede entender como reparado ni disminuido el daño en casos como la violencia de género, machista, vicaria y sexual con el ofrecimiento o pago de una indemnización económica”.

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