Los pasajeros implicados en el accidente de tren ocurrido este domingo en Adamuz (Córdoba), y el martes 20 en Gelida (Barcelona), así como sus familiares, cuentan con un marco legal que les reconoce distintos derechos económicos, laborales y asistenciales. Más allá de la atención sanitaria inmediata y del apoyo psicológico, la normativa vigente contempla indemnizaciones, reembolsos y permisos laborales mientras se esclarecen las causas del siniestro.
A falta de que un juzgado determine las responsabilidades civiles derivadas del accidente, los viajeros pueden activar desde ya varias vías de reclamación.
El Seguro Obligatorio de Viajeros, la primera vía
Todas las personas que viajaban en el tren están protegidas por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), incluido automáticamente en el precio del billete. Esta cobertura se extiende también a los menores que no pagan asiento y al personal ferroviario afectado.
La normativa establece que, si por las circunstancias del accidente el billete se pierde o queda destruido, se presume que el viajero estaba debidamente autorizado a viajar. Aun así, los expertos recomiendan conservar cualquier prueba disponible y guardar justificantes de gastos derivados del accidente, como transporte alternativo, medicamentos o alojamiento.
El seguro cubre lesiones corporales provocadas por situaciones como descarrilamientos, colisiones, vuelcos, incendios o cualquier anomalía relacionada con el tren.
Cuantías de las indemnizaciones
El SOV contempla compensaciones económicas en caso de fallecimiento, incapacidad permanente o baja temporal, siempre que las consecuencias se deriven directamente del accidente. En caso de muerte, la indemnización puede alcanzar los 72.121 euros por víctima, una cifra que fue actualizada tras el accidente del Alvia en Santiago de Compostela en 2013.
Además, la normativa europea sobre derechos de los viajeros ferroviarios prevé pagos anticipados para cubrir necesidades urgentes. En supuestos de fallecimiento, estos anticipos no pueden ser inferiores a 21.000 euros y deben abonarse en un plazo máximo de 15 días desde que se identifique a los beneficiarios.
Estas cantidades no impiden acudir posteriormente a la vía judicial civil para reclamar indemnizaciones mayores si se demuestra responsabilidad por parte de la empresa o de terceros, aunque este proceso suele prolongarse en el tiempo.
Plazos para reclamar
Los expertos jurídicos recuerdan que, aunque ahora la prioridad es la recuperación de las víctimas, existen plazos legales que conviene tener presentes:
- Reclamaciones civiles generales: hasta cinco años.
- Reclamaciones por negligencia: un año desde que el perjudicado tiene conocimiento del daño.
- Reclamaciones vinculadas a seguros personales: hasta cinco años.
En el caso de personas lesionadas, el cómputo del plazo suele iniciarse cuando se produce el alta médica definitiva.
Retrasos y cancelaciones: devolución del billete
El accidente ha provocado la suspensión y retraso de centenares de trenes entre Madrid y Andalucía. En estos casos, los usuarios tienen derecho no solo al reembolso del billete, sino también a compensaciones adicionales.
Las principales operadoras aplican criterios similares:
- 50 % del importe si el retraso supera una hora.
- 100 % del billete cuando la demora es superior a 90 minutos.
No obstante, la normativa contempla excepciones por fuerza mayor, como catástrofes naturales o causas externas inevitables. En el caso de Adamuz, estas excepciones solo podrían aplicarse una vez se conozca el origen del accidente. Si se confirma que hubo fallos técnicos, humanos o de infraestructura, la empresa ferroviaria asumiría la responsabilidad.
Cómo presentar las reclamaciones
Las solicitudes de indemnización por el Seguro Obligatorio de Viajeros y las reclamaciones por cancelaciones o retrasos pueden tramitarse a través de los formularios habilitados en las páginas web de las compañías ferroviarias.
Permisos laborales para los afectados
Los viajeros que no hayan podido acudir a su puesto de trabajo a causa del accidente pueden acogerse a un permiso retribuido de hasta cuatro días, incorporado recientemente al Estatuto de los Trabajadores. Este derecho se aplica cuando existe imposibilidad de desplazamiento por una situación de riesgo grave, como una catástrofe o accidente de gran magnitud.
Aun así, se recomienda consultar el convenio colectivo o la empresa, ya que pueden existir procedimientos específicos.
Otros seguros compatibles
Además del seguro obligatorio, los afectados pueden revisar si cuentan con otras pólizas que permitan reclamar compensaciones adicionales, como:
- Seguros personales de vida o accidentes.
- Seguros de asistencia en viaje.
- Coberturas incluidas en tarjetas bancarias con las que se haya pagado el billete.
- Seguros de hogar con defensa jurídica.
Estas coberturas son compatibles entre sí y no excluyen futuras reclamaciones por responsabilidad civil si así lo determina la justicia.


