El Día de la Constitución pone sobre la mesa las lista de cosas pendientes del sistema democrático español. Entre ellas se encuentra la ley de sucesión al trono. España continúa siendo el único país monárquico de la Unión Europea que mantiene la preferencia del varón sobre la mujer en la línea sucesoria, una norma que ha quedado obsoleta frente a las reformas emprendidas por el resto de monarquías del continente.
Suecia, Países Bajos, Noruega, Bélgica, Dinamarca, Reino Unido y Luxemburgo ya eliminaron hace años cualquier discriminación de género en sus respectivas casas reales. La ley sueca de 1980, por ejemplo, estableció que “el derecho de sucesión al trono de Suecia se transmite a los descendientes varones y mujeres del Rey Carlos XVI Gustavo (…) en línea directa descendente”. Desde entonces, la princesa Victoria es la heredera legítima del trono, pese a que el monarca llegó a lamentar la reforma por aplicarse con carácter retroactivo.
Bélgica y Noruega siguieron pasos similares en 1991 y 1990 respectivamente, mientras que los Países Bajos lo hicieron en 1983. Dinamarca, pionera en estos cambios, celebró dos referendos —en 1952 y 2009— que culminaron en la primogenitura absoluta, sin distinción de sexo. En Reino Unido, la modificación llegó en 2015, tras la aprobación de los 16 Estados de la Commonwealth, lo que permitió que la princesa Carlota mantenga su posición en la línea de sucesión por delante de su hermano Louis.

Un paso lógico
La experiencia de las monarquías europeas demuestra que modernizar las normas sucesorias no sólo es posible, sino también beneficioso para su continuidad. En la mayoría de países, la igualdad entre herederos se entendió como un paso lógico dentro de la evolución institucional. Bélgica, Noruega, Dinamarca o los Países Bajos afrontaron el cambio con normalidad, impulsados por un consenso político amplio y una sociedad que veía incompatible mantener una distinción de género en pleno siglo XXI.
Fuera de la Unión Europea sobreviven excepciones aisladas. Liechtenstein continúa vetando el acceso de las mujeres al trono y Mónaco mantiene la preferencia masculina, aunque ambos casos se consideran vestigios de otra época. En contraste, monarquías con larga tradición, como la británica o las escandinavas, han asumido que la estabilidad institucional depende también de su capacidad para adaptarse. España, sin embargo, sigue siendo la única que no ha dado ese paso, lo que la mantiene a contracorriente del modelo europeo.

“Inconstitucionalidad sobrevenida”
En España, el artículo 57.1 de la Constitución de 1978 mantiene una ley semi sálica que otorga preferencia al varón frente a la mujer en el acceso al trono. Esta situación ha sido calificada como una “inconstitucionalidad sobrevenida”. Según informó Artículo14, una fuente de Zarzuela aseguró que el propio Juan Carlos I defendió en su momento que la norma debía modificarse: “Es una inconstitucionalidad constitucional. Una inconstitucionalidad sobrevenida”, afirmó el entonces jefe del Estado, según una fuente de Zarzuela que participó en las discusiones internas.
La dificultad para modificar la sucesión radica en el procedimiento de reforma constitucional. El artículo 168 de la Carta Magna establece que cualquier cambio en el Título II (el que regula la Corona) requiere una doble aprobación por mayoría de dos tercios en ambas cámaras, la disolución de las Cortes, la celebración de elecciones y un referéndum final. Y claro, ningún partido ha querido nunca convocar elecciones después de haberlas ganado.
También existe el temor a que el debate derive en una discusión entre monarquía y república.

Un consenso pendiente
Desde Zarzuela se asegura que el actual monarca vería con buenos ojos una reforma constitucional que garantice la igualdad sucesoria, aunque insisten en que se trata de una cuestión política. “Ventanilla equivocada”, responden fuentes de la Casa Real a Artículo14. El ejemplo europeo demuestra que la adaptación a los tiempos no sólo es posible, sino que refuerza la legitimidad de las instituciones.
La pregunta es si España esperará a que surja un conflicto hipotético, por ejemplo, que la princesa Leonor tenga una primogénita seguida de un varón, para abordar una desigualdad que el propio Juan Carlos I ya consideró incompatible con el espíritu constitucional.

