Opinión

El blanqueamiento

Actualizado: h
FacebookXLinkedInWhatsApp

La primera vez que me topé de bruces con ETA fue en 1974 (o 75, no recuerdo bien). Estábamos en Pau (Francia) por cuestiones profesionales y el 14 de julio, fiesta nacional francesa, decidimos ir a conocer la costa atlántica sur, no lejos del lugar. A mediodía nos acercamos a San Juan de Luz, precioso pueblecito de la costa, y a primera hora de la tarde tuvo lugar la conmemoración oficial del día.

Un cortejo, con música, danzas populares, la corporación municipal con la banda/insignia oficial bien puesta, organizaciones vecinales, etc. Cerraba ese cortejo un macabro grupo de encapuchados, supuestamente la dirección de ETA, pues tenían su sede allí, que portaba una pancarta de lado a lado de la avenida con el lema “Euzkadi ta askatasuna”. Me inquietó sobremanera que tuvieran el desparpajo de aparecer así en público, como si fueran una organización cívica más. Que ETA tenía su refugio allí era algo sabido. Se hacía notar en todo el sur de Francia, incluso en la propia ciudad de Pau, pero era algo más bien soterrado.

Representantes de la Asociación Navarra de Víctimas del Terrorismo (Anvite). EFE/Villar López
EFE

Ese día, la luz no brilló precisamente en San Juan. A lo largo del paseo, habían sido dispuestas unas mesas con algo parecido a una merienda y bebidas. Cuando terminó el acto, discursos de las autoridades incluidos, presencié boquiabierta cómo los encapuchados se dirigieron hacia ella, al mismo tiempo que la corporación municipal. Los integrantes de ambos grupos se sacaron capuchas y bandas y compartieron amigablemente el refrigerio. Nadie pestañeó.

Algo va mal, pensé. Muy mal. Cuando aquellos que sembraban el terror tenían ese acogimiento popular y oficial en Francia. Mientras, en España, se iniciaba el período conocido como “los años de plomo”.

Más tarde, se cruzaron varias veces en mi vida, a veces con resultados trágicos, como el atentado de la Plaza de la República Dominicana, en Madrid, donde fue asesinado mi hermano Chus junto con otras 12 personas.

Pero el mayor problema no ha sido únicamente la acción de la banda terrorista. El mayor problema ha sido el crecimiento de su zona de influencia, desde ese acogimiento en el sur de Francia hasta su inserción en todo tipo de organizaciones, especialmente, aunque no únicamente, en el País Vasco, que ha culminado con el “blanqueamiento” de sus sucesores. Ciertamente, dejaron de matar, pero tanta ha sido su infiltración, en las universidades, en organizaciones cívicas, en partidos políticos, que una no ha dejado de sentir su presencia prácticamente a lo largo de toda la vida. Como tampoco han dejado de sentirla los allegados a esas casi mil víctimas que ETA ha sembrado en prácticamente toda la geografía española, o los más de 300 casos que todavía no han sido esclarecidos, así como a ese ostracismo o a esa diáspora a que obligaron el terrorismo y el aislamiento que sus corifeos establecieron para crear artificialmente una “sociedad homogénea” que respondiera a sus intereses.

Un centenar de personas, entre víctimas, familiares y otros acompañantes, han participado en Pamplona en el acto organizado por el Día de la Memoria de las Víctimas de ETA. EFE/ Jesús Diges
EFE

Pues bien, ahora, se está haciendo caso omiso de la legislación europea, menospreciando los derechos de todo tipo de víctimas, específicamente regulados en la Directiva (UE) 2017/541 sobre la lucha contra el terrorismo, en la que se detallan exhaustivamente los delitos de terrorismo o que estén relacionados con actividades terroristas, que se complementa con otras normas de protección a las víctimas y con el Manual de la UE sobre víctimas del terrorismo, que se elaboró en 2021 y, aunque éste no es norma vinculante, marca el ámbito de aplicación y las medidas de protección con gran detalle.

Efectivamente, los Estados miembros de la UE, España entre ellos deben establecer en forma combinada medidas en materia de justicia penal con políticas en materia de educación, inclusión social e integración, así como la disponibilidad de programas efectivos de desradicalización o desmovilización, de salida o rehabilitación, incluido en el contexto penitenciario y de libertad condicional. La normativa es clara al respecto, pues se tienen que individualizar los casos, apreciar el arrepentimiento y la colaboración con las autoridades competentes y tomar las decisiones dentro del respeto al conjunto normativo vigente.

Pero una cosa es la política de erradicación del terrorismo y otra cosa es entrar en el juego de los sucesores políticos de la banda terrorista para lograr prebendas y blanquear los actos delictivos cometidos, llegando a la desfachatez de proponer que ETA sea excluida de la lista europea de organizaciones terroristas. Que lo pretenda Bildu es medianamente comprensible. No tendría que serlo si este partido político se identificara realmente con una sociedad democrática en el marco del Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos. Pero que ello sea aceptado por el Gobierno de Pedro Sánchez y éste lleve efectivamente al Consejo la propuesta no sería repugnante, sino que denota un interés espurio, como el de casi todo lo que se acuerda últimamente para que tal Gobierno se mantenga en La Moncloa, al margen de todo buen propósito exigido por la normativa europea.

El exjefe de ETA ‘Txeroki’ sale de la prisión de Martute en régimen de semilibertad.
Europa Press

Por cierto, es posible que los promotores de tal desaguisado desconozcan que, la inclusión de un grupo o una organización en la lista europea de organizaciones terroristas está sujeto a un procedimiento y que no es lo mismo si se trata de un grupo extranjero o internacional que una organización establecida en uno de los Estados miembros. La norma general reguladora parte de la Posición Común 2001/931/PESC, que se ha actualizado en diversas ocasiones, por ejemplo, con la Decisión (PESC) 2025/207, del 30 de enero de 2025.

La inclusión de grupos extranjeros o internacionales se renueva periódicamente por el Consejo, al menos cada seis meses, que toma la correspondiente Decisión por unanimidad. Cuando se trata de una organización establecida en un Estado miembro, la decisión es más complicada, pues comporta una evaluación por parte del Consejo de la UE, en la que se revisan sentencias judiciales, autos de procesamiento, informes policiales o de inteligencia (si pueden compartirse), así como la proporcionalidad de la medida. Igualmente, la Decisión ha de ser tomada por unanimidad y puede ser impugnada ante el Tribunal de Justicia de la UE.

Retirar una organización de lista puede hacerse a petición de un Estado miembro, pero ello no es automático, sino que precisa de una nueva evaluación y de la decisión unánime del Consejo. En el caso de ETA, su disolución en 2018 abrió la puerta a la retirada, aunque el proceso depende de la existencia o cierre de causas judiciales individuales y de la revisión formal del Consejo, que ha de ser tomada por unanimidad por supuesto.

Por ello, cabe preguntarse si realmente existe intención de proponer la retirada o si, por el contrario, como sucede en el caso del uso del catalán en las Instituciones europeas, sabiendo que ello es harto complicado y prácticamente irrealizable, lo que se hace es un brindis al sol para tener contentos a los sucios (sic) de la coalición de investidura.

TAGS DE ESTA NOTICIA