La nueva práctica merecedora de multas de 200 euros para la DGT: el icing

El aparcamiento en las ciudades es un problema, tanto que no son pocos quienes usan cualquier recoveco para poner el coche, sin embargo, hay que tener cuidado pues la DGT está persiguiendo esta práctica cada vez más extendida

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Encontrar aparcamiento en las ciudades no siempre es tarea sencilla. La falta de plazas ha llevado a que algunos conductores recurran a soluciones poco cívicas y, en muchos casos, sancionables. Una de las más extendidas en los últimos tiempos es el llamado icing, una práctica que consiste en ocupar con un coche de combustión las plazas reservadas a los vehículos eléctricos e híbridos enchufables. La Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha tomado cartas en el asunto y ha comenzado a imponer multas que pueden alcanzar los 200 euros a quienes realicen esta infracción.

El futuro de los coches eléctricos en España depende en gran medida del Plan Move
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¿Qué es exactamente el icing?

El término proviene del inglés y se utiliza para describir la acción de “bloquear” los puntos de recarga con coches que no los necesitan. En la práctica, significa estacionar un vehículo de gasolina o diésel en espacios señalizados para eléctricos, impidiendo así que los usuarios de estos últimos puedan cargar sus baterías. Aunque pueda parecer una infracción menor, la DGT subraya que esta conducta genera un perjuicio directo para quienes apuestan por una movilidad más sostenible, al privarles de un servicio esencial para circular.

Multas y señalización

Las plazas reservadas cuentan con la señal R-308, que prohíbe expresamente el estacionamiento de vehículos que no sean eléctricos o híbridos enchufables. Ignorarla puede conllevar sanciones que van desde 100 a 200 euros, dependiendo de la gravedad del caso. En situaciones en las que se produzca un bloqueo total del punto de recarga, los agentes pueden incluso ordenar la retirada del vehículo por la grúa. Eso sí, la sanción no implica la pérdida de puntos del carné de conducir. Además, en casos puntuales donde la señalización no sea clara o esté mal instalada, el conductor podría quedar exento de sanción, aunque no es lo habitual.

Competencias y denuncias

La competencia para multar por icing recae generalmente en la Policía Local, ya que las plazas de recarga se encuentran bajo la regulación municipal. La DGT, no obstante, está recibiendo un creciente número de quejas por parte de los usuarios de coches eléctricos, lo que ha impulsado la vigilancia de estas prácticas en las áreas urbanas.

¿Qué pasa en los centros comerciales?

El escenario cambia en los aparcamientos privados, como los de los centros comerciales. En estos casos, son los equipos de seguridad del recinto quienes deben gestionar la ocupación indebida de las plazas. La Policía, salvo excepciones, no suele sancionar en este tipo de espacios, lo que provoca que algunos conductores aprovechen la situación para estacionar con facilidad en plazas reservadas.

Un gesto incívico con consecuencias

La expansión de los puntos de recarga en España busca favorecer la transición hacia la movilidad eléctrica. Sin embargo, prácticas como el icing dificultan este objetivo y generan conflictos en el día a día. Por ello, la DGT insiste: ocupar indebidamente estos espacios no solo es sancionable, sino que atenta contra la convivencia y el respeto a las normas de movilidad.

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