El juez que instruye el caso Errejón, Adolfo Carretero, ha informado a las partes que da por no ratificada la renuncia de Elisa Mouliaá y cita al exdiputado Íñigo Errejón el próximo martes, a las 10:00 horas, para notificarle de forma presencial la apertura de juicio oral.
Cabe recordar que la mujer que denunció al exmandatario decidió continuar como acusación particular en la causa judicial. Si bien la también actriz informó la semana pasada de que no iba a continuar ejerciendo esta acusación, el pasado martes cambió de parecer. Previamente, el magistrado había señalado que sí que había recibido el escrito de Mouliaá por el que retiraba su acusación, pero precisaba que carecía de firma de abogado y procurador, “como es preceptivo”.
Mouliaá, muy nerviosa, señaló el martes que “después de una noche muy revuelta, reflexionando muchísimo, he decidido que voy a continuar con el procedimiento porque me ha parecido deleznable que la fiscalía, después de que yo me haya retirado, escriba un escrito de absolución después de que haya escrito un escrito de acusación primero”.
Ahora la Audiencia Provincial de Madrid tiene que deliberar sobre el recurso que interpuso la defensa del exdirigente de izquierdas contra su procesamiento mientras la Fiscalía pide el archivo de la causa al considerar que hubo consentimiento en las relaciones relatadas por la actriz ocurridas en 2021. En este contexto, las fuentes del caso consultadas por Artículo14 apuntan a que la causa está “abocada al archivo” tras lo que consideran “el paso en falso” de la actriz.
Para el juez sí hay indicios
Fue el pasado mes de noviembre cuando el instructor procesó a Errejón después de 13 meses de investigación en los que tomó declaración al propio expolítico, a Mouliaá, a testigos y a psiquiatras. Como parte de las pesquisas, también llegó a pedir al exportavoz de Sumar en el Congreso y a la artista que aportaran las conversaciones que intercambiaron en las fechas cercanas al abuso denunciado.
Según la denuncia de la actriz, los hechos habrían tenido lugar en el marco de la presentación de un libro de Errejón y después de casi un año hablando por redes sociales. Mouliaá sostiene que al terminar el evento se fueron a tomar unas cervezas a un bar cercano y ella, que ya tenía previsto acudir esa noche a una fiesta en casa de un amigo, “por educación” invitó al dirigente a que la acompañara.
El juez consideró que “los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental”.
La Fiscalía retiró su acusación
La Fiscalía de Madrid, por su parte, pidió al magistrado que archivara la causa al considerar “insuficientes” los indicios. Además, en su escrito de conclusiones provisionales, al que tuvo acceso Europa Press, solicitó la “libre absolución” de Errejón porque “los hechos no son constitutivos de delito”. Es decir, sin la personación de Mouliaá, en la causa solo quedaba la acusación popular.
Tal y como avanzaron fuentes jurídicas a Artículo14, es difícil mantener un procedimiento por abuso sexual solo con una acusación popular: “En un delito contra la libertad sexual, de carácter semipúblico y con persona perjudicada, no basta con la acusación popular para que el proceso siga adelante. La jurisprudencia del Tribunal Supremo dice que, en este tipo de delitos, debe acusar al menos la Fiscalía o la perjudicada”, aseguraban.
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