Raúl Asencio ha salido absuelto. La Fiscalía ha cumplido este jueves lo que había anunciado antes del juicio: después de que las dos víctimas ratificaran ante la jueza el perdón que habían concedido al futbolista del Real Madrid, el Ministerio Fiscal ha retirado la acusación que mantenía contra él por revelación de secretos.
La absolución no llega después de que un tribunal haya concluido que Asencio no mostró el vídeo sexual a un tercero. Tampoco porque Fiscalía haya cambiado de criterio sobre los hechos. El propio futbolista había reconocido haber enseñado las imágenes y el Ministerio Fiscal llegó a solicitar para él dos años y medio de prisión. Lo que ha cambiado es que las víctimas le han perdonado y Fiscalía ha decidido retirar la acusación.
Cuatro acusados perdonados, tres condenados
Las dos jóvenes han comparecido este jueves ante la magistrada y han ratificado el perdón a los cuatro acusados. Su ratificación ha permitido a la Fiscalía ejecutar la decisión que ya había anunciado antes del juicio: retirar la acusación contra Asencio si ambas confirmaban ante la jueza que le habían perdonado de forma libre y voluntaria.
Las víctimas ya habían manifestado previamente su voluntad de perdonar a Asencio. El futbolista las había indemnizado y les había remitido cartas de disculpas en las que reconocía el error de haber mostrado las imágenes a un tercero. Las jóvenes habían dejado también de ejercer la acusación contra él.
Sin embargo, la jueza rechazó cerrar el procedimiento antes del juicio. Consideró necesario que ambas comparecieran ante el tribunal y ratificaran personalmente que el perdón había sido otorgado de forma libre y voluntaria. Eso es lo que han hecho este jueves.
Después de escucharlas, Fiscalía ha retirado la acusación contra Asencio y ha rebajado su petición de condena para los otros tres futbolistas. La magistrada ha dictado sentencia de conformidad “in voce”.
El mismo perdón, dos consecuencias
El resultado es una sentencia absolutoria para Asencio y condenatoria para Andrés García Moreno, Ferrán Ruiz y Juan Rodríguez Lima.
Asencio llegaba al juicio acusado por revelación de secretos. Una vez que las víctimas habían dejado de ejercer la acusación y Fiscalía ha retirado la suya tras escuchar la ratificación del perdón, ya no quedaba acusación contra él. El futbolista ha sido absuelto.
La situación de los otros tres era diferente. Además de los delitos contra la intimidad relacionados con la grabación y difusión de las imágenes sin consentimiento, pesaba sobre ellos una acusación por distribución de pornografía infantil porque una de las jóvenes tenía 16 años cuando ocurrieron los hechos.
Ese delito no ha desaparecido con el perdón. García Moreno, Ruiz y Rodríguez Lima han sido condenados a un año de prisión por distribución de pornografía infantil. La pena queda suspendida a condición de que no vuelvan a delinquir durante ese periodo. También se les imponen dos años de alejamiento de las víctimas y tres años de inhabilitación para ejercer profesiones relacionadas con menores.
La sentencia es firme. Todas las partes han manifestado que la acatan y que no recurrirán, por lo que el procedimiento queda definitivamente cerrado.
“La petición de perdón no es una pena”
El papel que ha tenido el perdón de las víctimas en el desenlace del caso es precisamente el punto sobre el que pone el foco María Naredo, jurista e investigadora especializada en violencia contra las mujeres.
Naredo diferencia dos decisiones que considera fundamentales: una es el derecho de las víctimas a perdonar a los acusados y otra, muy distinta, la decisión que adopta el Estado ante unos hechos que hasta este jueves consideraba merecedores de una respuesta penal.
“Esto no es un asunto privado”, explica. “La petición de perdón no es una pena”. Para la jurista, las disculpas, la indemnización y las medidas de reparación pueden ser valoradas dentro del procedimiento, pero no deberían convertirse en un sustituto de la respuesta de la Justicia.
Su planteamiento no cuestiona que las jóvenes hayan perdonado a Asencio. Precisamente separa su decisión de la adoptada por Fiscalía. Las víctimas pueden decidir que no quieren continuar ejerciendo la acusación; otra cuestión es si el Estado debe hacer depender de esa decisión la continuidad de la respuesta penal.
Una de las víctimas tenía 16 años
Hay además una circunstancia que Naredo considera especialmente relevante: una de las jóvenes tenía 16 años cuando sucedieron los hechos.
La jurista pone el foco en la obligación reforzada de protección que corresponde al Ministerio Fiscal cuando una víctima es menor de edad. El perdón posterior de la joven, sostiene, no convierte lo sucedido en una cuestión exclusivamente privada entre víctima y acusado.
Para Naredo, trasladar a las víctimas el peso último de que exista o no una respuesta penal plantea un problema que va más allá del caso concreto de Asencio. “Estaríamos colocándonos en lugares de impunidad”, afirma.
Su argumento no responsabiliza a las jóvenes de ese resultado. Al contrario, precisamente porque tienen derecho a perdonar, considera que no debería recaer sobre ellas la responsabilidad de determinar si unos hechos delictivos reciben o no una respuesta por parte del Estado.
“Aquí no se trata de cárcel o justicia restaurativa. Se trata de justicia o impunidad“, sostiene.
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