Análisis

“No lo llama SAP, pero está defendiendo lo mismo”

Tres expertos en violencia de género: Miguel Lorente, Chelo Álvarez y Victoria Rosell desmontan las tesis del jefe de Psiquiatría del Instituto de Medicina Legal de Sevilla sobre el falso Síndrome de Alienación Parental

El jefe de Psiquiatría del Instituto de Medicina Legal de Sevilla durante la charla en el Colegio de abogados de Sevilla

Tres expertos desmontan las declaraciones de Julio Antonio Guija Villa: Miguel Lorente, médico forense; Chelo Álvarez, psicóloga; y Victoria Rosell, magistrada y exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género. Los tres rechazan que el jefe del Servicio de Psiquiatría Forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla sostuviera en una charla en el Colegio de Abogados de Sevilla que el Síndrome de Alienación Parental (SAP) no existe como diagnóstico oficial, pero sí como realidad clínica y judicial.

Miguel Lorente opina que el jefe del Psiquiatría intenta reintroducir el SAP bajo otra terminología y mediante una interpretación interesada del DSM-5. “No lo llama SAP, pero está defendiendo lo mismo”, resume.

Guija Villa insistió durante su intervención en que no se trata de una cuestión de hombres contra mujeres, sino de “progenitor custodio contra no custodio”, y aseguró que esa dinámica podría darse tanto con el padre como con la madre. También indicó que en los juzgados ya no se solicita valorar expresamente el SAP, sino situaciones de “rechazo patológico”, “rechazo injustificado” o “rechazo desmotivado”.

“Cuando un niño rechaza a un padre, la causa más frecuente puede ser la experiencia de violencias previas”

“El SAP no está recogido en el DSM-5 después de que hubiera durante años una estrategia para que se incluyera”. El exdelegado del Gobierno contra la Violencia de Género rechaza así que categorías generales sobre problemas familiares o dificultades relacionales puedan presentarse ahora como una validación indirecta de una construcción nunca reconocida clínicamente.

Julio Guija Villa defendió las tesis del falso SAP en una charla en 2024

Para Lorente, uno de los principales errores de esas tesis es presentar el conflicto como una disputa neutral entre custodio y no custodio, sin valorar el contexto de violencia previa que puede existir en muchos procedimientos de familia. Esa formulación aparentemente neutra invisibiliza la desigualdad estructural y los antecedentes de maltrato que con frecuencia afloran tras la separación.

“Cuando un niño rechaza de una manera tan rápida a un padre, la causa más frecuente puede ser la experiencia de violencias previas”, argumenta. Para sostener esa tesis, aporta además datos de contexto: recuerda que alrededor del 20% de las mujeres en España ha sufrido violencia de género y que, según señala, el 78% de las mujeres que logran salir de esa violencia lo hace mediante la separación.

A partir de esas cifras, Lorente entiende que una parte importante de las llamadas separaciones conflictivas puede estar atravesada por antecedentes de maltrato, lo que obliga —según sostiene— a analizar el contexto antes de presumir interferencias parentales o manipulación del menor.

“Resulta difícil sostener que un niño o una niña rompa de forma artificial el vínculo afectivo”

El médico forense cree que se está atribuyendo causalidad sin investigar las verdaderas razones del distanciamiento infantil. También cuestiona que se hable de maltrato psicológico cuando no se acude a la vía penal: si realmente existiera una instrumentalización grave del menor, remarca, debería denunciarse como cualquier otra forma de violencia.

Además, pone en duda la plausibilidad psicológica del supuesto proceso de alienación. En su opinión, resulta difícil sostener que un niño o una niña rompa de forma artificial el vínculo afectivo con uno de sus progenitores solo por influencia externa cuando mantiene vida escolar, entorno social y contacto con otras personas.

Lorente advierte de que interpretar automáticamente esa negativa al contacto como instrumentalización del progenitor custodio desplaza el foco desde la protección del niño o la niña hacia la sospecha sobre la madre, que es quien mayoritariamente ha ostentado históricamente la custodia.

Viejos postulados del SAP bajo un lenguaje aparentemente técnico y neutral

La psicóloga especializada en violencias machistas, Chelo Álvarez, coincide en que las tesis defendidas en Sevilla no suponen una novedad, sino una reformulación de viejos postulados del Síndrome de Alienación Parental bajo un lenguaje aparentemente técnico y neutral.

A su entender, en determinados espacios formativos, colegios profesionales o jornadas especializadas persiste la práctica de sustituir la etiqueta SAP por expresiones como “rechazo patológico”, “interferencias parentales” o “dinámicas de rechazo injustificado”, manteniendo intacta la lógica de fondo.

“No se nombra el SAP, pero se preserva su estructura narrativa”, resume. Según explica, formalmente se presenta como un conflicto que puede darse con cualquier progenitor, pero en la práctica el foco continúa recayendo sobre madres protectoras mientras se observa con sospecha el vínculo materno con hijos e hijas.

Álvarez alerta de que esa reformulación resulta especialmente peligrosa cuando invisibiliza una cuestión central: la negativa de un menor hacia un progenitor puede ser una respuesta adaptativa y protectora frente a experiencias de miedo, violencia, negligencia, coerción o maltrato.

El jefe de Psiquiatría del Instituto de Medicna Legal de Sevilla, Julio Guija Villa

Para la psicóloga, interpretar automáticamente esa reacción como manipulación adulta convierte la protección en patología y desplaza la atención desde la vivencia del niño o la niña hacia la restauración del vínculo parental a cualquier precio.

“No todo rechazo es inducido. A veces expresa miedo, memoria corporal, trauma o necesidad de distancia”, sostiene.
Y concluye: “Cuando conceptos desacreditados se reformulan con lenguaje más sofisticado, el problema no desaparece: se transforma en una versión más difícil de detectar”.

Mezclar categorías generales de carácter social con una teoría carente de aval científico

La magistrada Victoria Rosell también rechaza las afirmaciones de Guija Villa, que califica de “manipulación”. En su opinión, utilizar referencias de ese manual sobre conflictividad familiar o problemas relacionales para vincularlas al SAP supone mezclar categorías generales de carácter social con una teoría carente de aval científico.

Rosell sostiene que existe “un salto enorme” entre reconocer que los conflictos familiares pueden influir en la salud de una persona y presentar eso como respaldo a la supuesta implantación de recuerdos falsos o manipulación psicológica de menores. En su opinión, esa lectura carece de fundamento técnico y solo busca revestir de apariencia científica postulados ya desacreditados.

La magistrada recuerda además que esa teoría ha sido utilizada históricamente para desacreditar a mujeres y niños en procedimientos judiciales. En su análisis, cuando se introduce en un caso de violencia o abusos, se refuerza la idea de que madres e infancia tienen menos credibilidad que los hombres, un patrón que también fue señalado por la ONU.

La LOPIVI cerró expresamente la puerta a estos planteamientos

Rosell recuerda que la propia Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI) cerró expresamente la puerta a estos planteamientos. En concreto, cita el artículo 11.3, que establece que los poderes públicos velarán para que los profesionales que trabajan con menores no utilicen el falso SAP ni otras teorías o criterios equivalentes que presuman interferencia o manipulación adulta sobre niños y niñas.

“Un funcionario público jamás debería ponerlo en un informe”, sostiene la magistrada, en referencia al peso que los dictámenes periciales pueden tener en procedimientos de custodia, visitas o protección de menores.

La exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género considera especialmente grave que ese tipo de planteamientos se trasladen en espacios formativos dirigidos a profesionales del derecho, ya que pueden normalizar criterios rechazados legalmente y perpetuar sesgos institucionales en decisiones judiciales que afectan directamente a menores, regímenes de custodia y víctimas de violencia machista.