El juez acuerda la libertad provisional para los tres detenidos por el caso Plus Ultra

El magistrado, como medidas cautelares, acuerda para los tres la obligación de entregar el pasaporte, la consecuente prohibición de salir del territorio nacional y la obligación de comparecer ante el órgano judicial cada 15 días

Avión A330 de Plus Ultra.

El magistrado titular del Juzgado de Instrucción n° 13 de Madrid ha acordado este sábado la libertad provisional del presidente de Plus Ultra, Julio Martínez, del consejero delegado de la aerolínea, Roberto Rosellilos, y de un empresario; los tres puestos a su disposición judicial en el marco del conocido como caso Plus Ultra.

Como medidas cautelares, el magistrado ha acordado para los tres la obligación de la entrega del pasaporte, la consecuente prohibición de salir del territorio nacional y la obligación de comparecer ante el órgano judicial cada 15 días. Finalmente, el Juzgado de Instrucción n° 13 se ha inhibido sobre el 15, que es el que conoce de la causa. Las actuaciones, aclaran fuentes conocedoras del caso a Artículo14, continúan secretas.

La Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional detuvo el pasado jueves al presidente de Plus Ultra y al consejero delegado de la aerolínea, en una operación en la que también se ha registrado la sede de la compañía por presunto blanqueo.

Aunque coincidente en el tiempo, se trata de una investigación diferente de la que se dirige contra la exmilitante socialista Leire Díez. Dentro de la investigación a Plus Ultra, varios agentes de la Policía Nacional acudieron el pasado jueves a las oficinas centrales de la aerolínea para tratar de recabar información fiscal de la compañía.

Se da la circunstancia de que el mismo juzgado fue el que acordó en enero de 2023 el archivo de la causa en la que investigaba las presuntas irregularidades en la concesión pública a Plus Ultra de 53 millones de euros en pandemia.

La jueza Esperanza Collazos señaló en un auto que el rescate de la aerolínea fue aprobado por el Consejo de Ministros, por lo que los imputados “carecían de capacidad de decisión”, después de que la Audiencia de Madrid diese la razón a la aerolínea y estableciese que no cabía acordar la declaración como investigado de su representante legal porque se habían “agotado el plazo de 12 meses previsto” para el desarrollo de las pesquisas.

“Con los datos obrantes en autos, habida cuenta que no es posible la práctica de otra diligencia en la causa, se ha sembrado una duda razonable sobre la comisión de algún tipo penal, en cuanto a las personas físicas y jurídicas frente a las que se ejercitó la acción penal, en el bien entendido que ellas carecían de capacidad de decisión, que se encontraba situada en el Consejo de Ministros que fue el órgano que acordó y aprobó la subvención a la mercantil Plus Ultra”, explicó la magistrada en su resolución.

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