A fondo

El 80% de los niños está en redes y el consumo alcanza las 10 horas en fines de semana

Hablamos con juristas y expertos en derechos digitales y protección de la infancia, que advierten de los riesgos, los límites legales y las alternativas posibles

Cuando casi el 80 % de los niños de entre 10 y 11 años ya está en redes sociales y uno de cada cinco pasa más de diez horas conectado los fines de semana, según un informe de Unicef, hablar de prohibición suena a reacción tardía. El debate sobre el bienestar digital infantil exige algo más que un gesto contundente porque la realidad se ha desbordado. El último Informe Anual de Qustodio señala que los menores de entre 4 y 18 años pasan ya una media de cuatro horas diarias frente a pantallas fuera del horario escolar, con las redes sociales como principal atracción. España encabeza el consumo.

El tiempo global dedicado a estas plataformas creció más de un 16 % y superó por primera vez la barrera de la hora diaria en muchos mercados. En el caso español, la cifra asciende a una hora y 17 minutos al día, el registro más alto entre los países analizados. TikTok se consolida como la red favorita y continúa ganando terreno entre los jóvenes. Otro dato revelador es el uso de herramientas de inteligencia artificial. ChatGPT ha pasado del 9 % al 30 % de usuarios menores en apenas un año.

Pedro Sánchez ha decidido seguir a Francia, que el lunes 26 de enero dio un paso que ningún otro país europeo se había atrevido a dar. La Asamblea Nacional aprobó un proyecto de ley que prohíbe el acceso a las redes sociales a los menores de 15 años y veta el uso de teléfonos móviles en la enseñanza secundaria. Si el Senado confirma el texto en las próximas semanas, la medida entrará en vigor a partir del curso 2026-27. WhatsApp y otras plataformas de mensajería privada quedarían fuera de la prohibición. Por su parte, el Gobierno español aprobará el próximo martes una ley que vetará el acceso a las redes sociales a los menores de 16.

El problema de fondo

El texto francés se apoya en las conclusiones de una investigación parlamentaria, aplicable a España, sobre los efectos psicológicos de TikTok en adolescentes, una de las más duras realizadas hasta ahora contra una plataforma digital. El informe, presentado en septiembre, describe a la red social como “reincidente”, “fuera de la ley” y peligrosamente adictiva para los menores.

A partir de esta información, el debate dejó de ser exclusivamente francés. La pregunta que en España empieza a formularse con más insistencia es si la prohibición por edad es una respuesta eficaz ante los riesgos probados de las redes sociales o si, por el contrario, se trata de una solución simplista que elude el problema de fondo: el diseño mismo del ecosistema digital y su modelo económico.

El Gobierno había aprobado recientemente el Anteproyecto de Ley de protección del menor en entornos digitales, una norma que buscaba reforzar el control parental, desarrollar los derechos digitales de los menores y adaptar el marco jurídico a un entorno tecnológico cada vez más invasivo. Entre otras medidas, la edad para consentir el tratamiento de datos personales se elevaría de los 14 a los 16 años.

Australia
Una menor observa reacciones negativas y comentarios en redes sociales
Shutterstock

Ni chalecos antibalas ni padres “cortafuegos”

“La iniciativa -señala Delia Rodríguez, CEO de Vestalia Abogados y especialista en Derecho de Familia e Infancia- se justifica como una medida de reducción de exposición en una etapa evolutiva especialmente vulnerable, comparable a otras limitaciones de edad que ya asumimos socialmente, como el alcohol, el juego o la conducción”. Sin embargo, matiza, “prohibir no puede ser la única respuesta ante un fenómeno social de esta magnitud”. Para la letrada, limitar el acceso por edad puede ser una herramienta defensiva legítima, pero resulta claramente insuficiente si no se acompaña de una revisión profunda del modelo económico y tecnológico de las plataformas. “No se trata de poner a nuestros hijos chalecos antibalas cuando usan internet, sino de exigir que el entorno digital sea seguro antes de que lleguen. El problema no es solo que los menores estén en redes, sino cómo están”.

Una de las ideas que conecta el debate francés con el español es la crítica al diseño de las plataformas. Algoritmos optimizados para maximizar el tiempo de permanencia, sistemas de recomendación opacos, métricas de validación social y ausencia de frenos efectivos al diseño adictivo aparecen de forma recurrente en los informes europeos.

“Cargar toda la responsabilidad sobre las familias o los centros educativos es una forma de abdicar”, insiste Delia Rodríguez. “Ni padres ni docentes pueden convertirse en cortafuegos humanos permanentes. La clave está en la proporcionalidad de las medidas y en su efectividad real, pero también en su coherencia con el marco europeo, especialmente con el Digital Services Act, que ya obliga a las plataformas a evaluar y mitigar riesgos para menores”.

Ese marco europeo es precisamente uno de los límites, y a la vez una de las oportunidades, de cualquier iniciativa nacional. En Francia, el Gobierno tuvo que reformular su proyecto tras el dictamen crítico del Consejo de Estado, que recordó que ningún Estado miembro puede imponer unilateralmente nuevas obligaciones a las grandes plataformas. De ahí la estrategia francesa de declarar ilegales las cuentas de menores de 15 años, empujando indirectamente a las empresas a verificar la edad de sus usuarios. En España, el debate jurídico es igualmente complejo.

Vigilar sin  vulnerar sus derechos

“La línea entre proteger y vulnerar derechos es mucho más fina de lo que parece”, advierte Ana M. Valero, abogada y CEO del despacho jurídico Valero Cuadra. “Aunque sean menores, niños y adolescentes tienen derecho a la intimidad y al secreto de sus comunicaciones, reconocidos en el artículo 18 de la Constitución”.

Valero recuerda que acceder a mensajes privados, chats o correos sin una causa justificada puede considerarse una vulneración de derechos fundamentales. “Los tribunales aplican el principio de proporcionalidad. Solo sería aceptable un control intrusivo si existe un riesgo real de acoso, violencia, autolesión o delito”.

La legislación española actual establece que los menores de 14 años no pueden consentir por sí mismos el tratamiento de sus datos personales, una responsabilidad que recae en los padres. Sin embargo, eso no autoriza a suplantar al menor, crear perfiles a su nombre o responder mensajes en su lugar. “Ese tipo de prácticas pueden constituir suplantación de identidad, incluso dentro de la familia”, subraya Valero. El dilema es evidente. “No controlar nada tampoco es inocuo. Los progenitores responden civilmente de los daños que sus hijos puedan causar en redes, desde insultos hasta situaciones de ciberacoso. Pero un control excesivo y secreto puede generar conflictos legales, especialmente en contextos de separación o custodia compartida”.

“Aislarlos no los prepara para la vida adulta”

Desde una perspectiva más amplia, Joan Barata, investigador del Center for Law, Democracy and Society de la Queen Mary University of London, insiste en la necesidad de huir de soluciones binarias. “Es evidente que existen riesgos reales para los menores en línea y que son necesarias medidas técnicas y legales”, afirma. “Pero esos riesgos no pueden abordarse ignorando las complejidades sociales, culturales y jurídicas del entorno digital”.

Barata advierte de los efectos secundarios de las prohibiciones totales, como la elusión mediante VPN, el desplazamiento de usuarios vulnerables hacia espacios menos regulados o el uso de herramientas de verificación de edad altamente intrusivas. “Cuando se imponen sistemas basados en documentos oficiales o datos biométricos, se abren riesgos graves para la privacidad, la vigilancia y la exclusión de quienes no tienen acceso a identificación digital”.

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Barata añade que cualquier regulación debe ponderar la libertad de expresión, el acceso a la información, la alfabetización digital y el derecho de los menores a participar en comunidades y espacios cívicos. “Aislarlos herméticamente hasta los 18 años no los prepara para la vida adulta. Al contrario, puede dejarlos más desprotegidos cuando finalmente accedan”.

En este punto, las coincidencias entre expertos franceses y españoles son claras. Incluso quienes defienden medidas restrictivas subrayan que la prohibición, por sí sola, no basta. La Agencia Francesa de Seguridad Sanitaria (ANSES) expresó con claridad en su último informe que antes que prohibir, es prioritario reforzar la alfabetización digital, el acompañamiento familiar y la educación mediática en las escuelas.

Alternativas

Delia Rodríguez apunta a un enfoque similar, basado en medidas complementarias y coordinadas:

  • Sistemas de verificación de edad eficaces y respetuosos con la privacidad, con responsabilidad directa de las plataformas.
  • Limitaciones de diseño obligatorias para cuentas de menores: restricciones en notificaciones, fricción al uso continuado, límites a la recomendación algorítmica y prohibición de determinadas prácticas persuasivas.
  • Educación digital y emocional desde edades tempranas, dirigida tanto a menores como a progenitores.
  • Mecanismos de detección temprana y respuesta rápida ante acoso, violencia digital o deterioro de la salud mental, con coordinación entre escuela, sanidad y servicios sociales.

“No es una cuestión de elegir entre prohibir o no prohibir”, resume. “Es decidir qué tipo de ecosistema digital estamos dispuestos a tolerar y a quién exigimos que cambie”. Prohibir es, quizá, la parte más sencilla. Lo más complejo será construir políticas públicas capaces de educar, acompañar y proteger en un ecosistema digital omnipresente. Incluso si la ley francesa se aprueba definitivamente, muchos dudan de que pueda aplicarse de forma efectiva. La experiencia australiana y británica muestra que los adolescentes encuentran rápidamente vías para sortear los controles.