Cada campaña de Navidad, miles de trabajadores se incorporan a empleos temporales para reforzar el comercio, la logística o la hostelería. Sin embargo, la rapidez con la que se contratan estos perfiles hace que muchos no superen el periodo de prueba y reciban una comunicación de fin de contrato antes de lo previsto. ¿Qué ocurre entonces? ¿Existe derecho a finiquito? ¿Es posible cobrar el paro acumulado pese a no superar la prueba? A continuación resolvemos estas dudas con claridad.
Derecho al finiquito: incluso si no superas el periodo de prueba
Una de las creencias más extendidas entre los trabajadores temporales es que, si la empresa decide extinguir el contrato durante el periodo de prueba, el trabajador no tiene derecho a finiquito. Esto es falso. Sí existe derecho a finiquito, porque el finiquito no depende de la duración del contrato, sino de los conceptos laborales que correspondan hasta el último día trabajado.
¿Qué incluye el finiquito en estos casos?
Cuando un trabajador no supera el periodo de prueba, la empresa debe abonarle:
- Salario de los días trabajados desde la fecha de alta hasta la fecha de baja.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias, siempre que no estén prorrateadas en la nómina.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas, que deben pagarse en metálico.
En los contratos muy breves, como los típicos de la campaña navideña, la cuantía total suele ser modesta, pero el derecho sigue existiendo. Lo que no corresponde es una indemnización por despido, porque la extinción en periodo de prueba no obliga al pago de indemnizaciones.
Cuándo puedes cobrar el paro si te cesan durante el periodo de prueba
Otro punto clave es si el trabajador tiene derecho a cobrar el paro acumulado. La respuesta es: sí, siempre que cumpla los requisitos generales de acceso a la prestación. Sin embargo, hay un matiz importante según el tipo de baja del contrato anterior.
Haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años: Para acceder a la prestación contributiva por desempleo es necesario haber acumulado al menos un año cotizado. Si no llegas a este mínimo, podrías optar al subsidio por cotización insuficiente, aunque dependerá de tu situación familiar y del número de días cotizados.
Que el fin del contrato anterior no fuera una baja voluntaria: Este punto es crucial. Si el empleo navideño en el que no superas el periodo de prueba es el primero al que accedes después de haber dejado voluntariamente un trabajo anterior, no podrás cobrar el paro todavía. La razón es que el sistema exige que tras una baja voluntaria exista un nuevo periodo de trabajo suficientemente relevante y que sea la empresa —no el trabajador— quien inicie la extinción.
Pero hay excepciones:
- Si has estado trabajando un tiempo suficiente después de la baja voluntaria (normalmente se considera que deben ser varias semanas continuadas, aunque la ley no fija un mínimo exacto), la Seguridad Social sí reconoce el acceso a la prestación.
- Si el contrato anterior finalizó por fin de obra, despido, fin de contrato temporal o cualquier otra causa no voluntaria, sí podrás cobrar el paro acumulado inmediatamente, incluso si el trabajo navideño apenas duró unos días.
Inscribirse como demandante de empleo: Tras recibir la comunicación de que no superas el periodo de prueba, debes acudir al servicio autonómico de empleo o realizar el trámite online para inscribirte como demandante de empleo. Sin este paso, no podrás solicitar el paro.
Presentar la solicitud dentro de plazo: La solicitud debe realizarse en los 15 días hábiles siguientes a la finalización del contrato. Si se presenta fuera de plazo, se pierde parte de la prestación.
Un final inesperado no implica perder derechos
No superar el periodo de prueba puede resultar frustrante, especialmente cuando se trata de trabajos temporales en los que se espera poder continuar hasta el final de la campaña. Sin embargo, es importante recordar que esto no supone perder derechos laborales, ni en lo relativo al finiquito ni en relación al acceso al paro acumulado, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Informarse bien, revisar el finiquito entregado y tramitar el paro dentro de plazo es la mejor forma de asegurarse de que esta situación inesperada no tenga mayores consecuencias económicas. La campaña navideña pasa rápido, pero tus derechos como trabajador permanecen.


