El término violencia vicaria será próximamente incorporado al Código Penal español. Así lo ha anunciado la ministra de Igualdad, Ana Redondo, quien ha subrayado la importancia de proteger a las mujeres y a la infancia frente a esta forma extrema de violencia machista. “Ninguna madre debería temer que sus hijos se conviertan en blanco de sus maltratadores. Ninguna infancia debería convertirse en escudo o moneda de cambio en un conflicto marcado por la violencia”, expresó con firmeza.

¿Violencia de género vicaria?
Aunque desde el punto vista de los profesionales de la salud y la abogacía, el término trae más incongruencias que claridad y no todos los expertos están de acuerdo. Miguel Lorente, médico forense y ex delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, es contundente: “El término ‘violencia vicaria’ no tendría ni que existir, entra dentro de -violencia de género-“; apunta que, para ser más concretos se debería utilizar otro término: “Violencia de género vicaria es el término que debería utilizarse”.
Lorente advierte que este cambio conceptual puede ser contraproducente: “Me preocupa que se utilice este término”, afirma. “Estamos empezando a fragmentar todo lo que surge de la violencia de género con: violencia vicaria, violencia económica, violencia digital, cuando todo ello es violencia de género en sí. Si ya esto creó confusión, ahora, más”. En su opinión, “estamos rompiendo con la idea original de violencia vicaria, estamos distorsionando el concepto original”.
Asegura que todo viene a raíz de la creación del concepto ‘alienación parental’, popularizado cuando se mediatizó con el caso de Rocío Carrasco, al describir un proceso de divorcio en el que un progenitor provocaba en los hijos rechazo hacia el otro. Y es ahí, donde comienza a hablarse de violencia vicaria.
Este fue el primer caso mediático donde se utilizó. Y desde ahí tomó mucha popularidad porque justo después ocurre el caso de Tomás Gimeno; el padre que mató a sus dos hijas Anna y Olivia, de 1 y 5 años y después, arrojó al mar.
La medida no será inmediata
Aunque la medida aún no se aplicará de forma inminente, supone un avance significativo en el reconocimiento legal de una violencia que hasta ahora ha sido tratada como un delito común, según explicaba la ministra. Comprender qué es la violencia vicaria es fundamental para avanzar en su prevención y erradicación. Se trata de una forma de violencia machista en la que el agresor, en lugar de dañar directamente a la mujer, ejerce su violencia sobre sus seres queridos, especialmente hijos e hijas, con el objetivo de infligir el mayor dolor posible. Es una agresión indirecta, pero no por ello menos devastadora.

¿A nueva medida, más incertidumbre?
Miguel Lorente asegura que lo único positivo que trae esta medida es que “al entrar en el Código Penal, se trata de un delito menos interpretable”. Sin embargo, lanza una seria advertencia sobre el rumbo que está tomando el enfoque institucional: “No veo que se tenga que regular especialmente la violencia de género vicaria”, señala. “Hacemos cortocircuitos para que se castiguen cosas que están dentro de la violencia de género”, añade.
También subraya la innecesaridad de tantas subdivisiones: “Cuando hablamos de terrorismo no decimos ‘terrorismo secuestrista’, decimos terrorismo, no hace falta matizar, y ya ahí se aplica el delito y sus penas”. En la misma línea, insiste: “No hace falta regularla en alguna de sus formas, sino conocerla bien para aplicar las penas según sus formas”.
Para Lorente, hay un riesgo de desviar el foco: “Estamos desviándonos de la base. No se sitúa el foco en los tipos de violencia que sufren las mujeres, sino en los tipos de violencia que pueden hacer los hombres, y ya no estaríamos enfocándonos en violencia de género, sino en otras violencias”.
Además, alerta sobre una desconexión social: “Hay mucha reivindicación de grupos, de asociaciones, pero cuando no se acompaña de conciencia social hay un distanciamiento“.
2024, el año más trágico hasta ahora
El año pasado fue uno de los más trágicos en este sentido, con un total de nueve menores asesinados por sus padres o exparejas de sus madres: cinco niños y cuatro niñas. Esta es la cifra más alta desde que comenzaron a registrarse estos crímenes en 2013, que también se alcanzó en 2015. En lo que va de 2025, ya se ha producido la primera víctima reconocida de violencia vicaria: la pequeña Nadia, de tan sólo cinco años, que fue asesinada por ingesta de pastillas, en Murcia.
Actualmente, estos crímenes se procesan como homicidios o asesinatos dentro del marco general del Código Penal, sin un tratamiento específico como violencia de género.
¿Cuántos tipos de violencia vicaria habrá?
Ana Redondo ha señalado que la definición de violencia vicaria no se limitará únicamente a los hijos e hijas, sino que abarcará también a otros familiares cercanos que puedan ser utilizados para dañar a la mujer. Ha remarcado que esta violencia produce un daño moral y psicológico de “una magnitud insoportable”, lo que exige una respuesta integral por parte del Estado.
La ministra ha pedido no centrarse sólo en el asesinato de menores, sino en otras formas graves de violencia cotidiana. Ha citado casos como la falta de alimentación adecuada, no llevar a los hijos al colegio o al médico, y el uso del régimen de visitas para causar daño. También ha señalado la violencia económica tras separaciones, como no pagar pensiones o interrumpir tratamientos médicos, y ha mencionado la violencia digital, que será abordada en una nueva ley para proteger a los menores en entornos digitales.
Actualmente, el Ministerio del Interior tiene registrados a 1.437 niños y niñas en situación de riesgo dentro del sistema VioGén.