El teletrabajo llegó como una medida de urgencia durante la pandemia, pero ha terminado consolidándose como una nueva forma de organización laboral. Según los últimos datos del INE, más de tres millones de personas en España trabajan total o parcialmente desde casa.
Sin embargo, muchos de esos empleados asumen gastos que en realidad deberían ser compensados por la empresa: electricidad, calefacción, conexión a internet o incluso el uso del propio espacio doméstico.
Qué dice la ley
El Real Decreto-ley 28/2020, que regula el trabajo a distancia, establece en su artículo 12 que “el desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados a la actividad laboral”.
Esto significa que si trabajas desde casa de forma habitual, tu empresa está obligada a compensarte los gastos derivados del teletrabajo. No se trata de un plus voluntario ni de un beneficio, sino de un derecho reconocido por ley.
La letra pequeña: el convenio y el acuerdo individual
“El problema es que la norma deja la cuantía concreta a la negociación colectiva o al acuerdo entre empresa y trabajador”, explica Laura Hernández, abogada laboralista de Legálitas. “Por tanto, no existe una cantidad fija universal, sino que depende de cada sector o del convenio aplicable”.
Por ejemplo, el convenio de banca fija una compensación de 55 euros mensuales, mientras que en el sector tecnológico algunas empresas abonan entre 20 y 40 euros al mes. Otras, directamente, pagan los gastos en función del número de días teletrabajados.
En cualquier caso, si no hay compensación establecida y el teletrabajo supera el 30% de la jornada semanal, el trabajador puede reclamar los costes, siempre que pueda justificar los gastos derivados de la actividad.
Cómo reclamar la compensación
- Revisa tu convenio colectivo. Comprueba si existe una compensación económica específica por teletrabajo.
- Analiza tu contrato o acuerdo de trabajo a distancia. Este documento debe incluir una cláusula sobre los medios, herramientas y gastos cubiertos por la empresa.
- Reúne facturas o recibos. Luz, internet o consumibles informáticos pueden servir para demostrar los costes adicionales.
- Solicita una compensación formal por escrito. Primero a través de un correo o escrito dirigido a recursos humanos.
- Si no obtienes respuesta, recurre al sindicato o al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) antes de acudir a los tribunales.
“Es importante plantear la reclamación de forma documentada y cordial, ya que muchas empresas acceden a negociar antes de llegar a un conflicto judicial”, aconseja la abogada Hernández.
Ejemplo de plantilla para solicitar la compensación
A continuación, una plantilla de correo que puedes adaptar a tu situación:
Asunto: Solicitud de compensación de gastos por teletrabajo
Estimado/a [nombre del responsable o RRHH]:
De acuerdo con el Real Decreto-ley 28/2020, que regula el trabajo a distancia, me gustaría solicitar la revisión y compensación de los gastos derivados del teletrabajo, en particular los relacionados con el consumo de electricidad e internet.
Actualmente desempeño mis funciones de manera telemática [indica la proporción de jornada], por lo que considero que corresponde establecer una compensación conforme a lo previsto en la normativa vigente o en el convenio colectivo aplicable.
Quedo a su disposición para aportar la documentación necesaria y encontrar una solución de mutuo acuerdo.
Un cordial saludo,
[Nombre y apellidos]
[Departamento o puesto]
Conciliar sin pagar el precio
Más allá de la factura de la luz, el debate sobre el teletrabajo toca un tema más amplio: la conciliación y la equidad económica. Las mujeres, que representan más del 60% de quienes trabajan desde casa de forma parcial, son las que con más frecuencia asumen los sobrecostes del hogar y del cuidado.
“Teletrabajar no puede convertirse en un gasto encubierto ni en una carga invisible para las familias”, advierte Hernández. “Si el trabajo se realiza en casa, debe respetarse el principio básico: los medios los pone la empresa”.
En un contexto en el que octubre marca el inicio de un nuevo curso laboral, revisar este derecho puede suponer un alivio económico de entre 200 y 600 euros anuales. Un recordatorio claro de que la conciliación real también empieza por reconocer y compensar los costes del trabajo invisible.