El Constitucional prevé pronunciarse sobre Santos Cerdán esta misma semana

La sección encargada decidirá “probablemente” esta semana si admite a trámite la petición de Cerdán de salir de prisión. Las fuentes jurídicas consultadas creen que lo rechazará: “Es inviable”

Santos Cerdán - Política
Santos Cerdán a su llegada al Tribunal Supremo
Kilo y Cuarto

Los vocales del Tribunal Constitucional han iniciado el curso con un gran asunto sobre de la mesa: la decisión de dejar en libertad al que fuera secretario de Organización socialista, Santos Cerdán. La cuestión ya está discutiéndose entre los miembros de la sección en la que ha recaído si se admite o no a trámite.

Lo decidirán tres vocales: el exministro socialista, Juan Carlos Campo, y los conservadores Ricardo Enríquez y José María Macías, siendo este último el ponente y encargado de redactar el fallo. “Probablemente será esta semana”, afirman fuentes del Tribunal a este periódico. El recorrido del recurso terminaría ahí si se rechaza admitir el amparo solicitado por Cerdán.

De hecho, fuentes del Tribunal Supremo creen que no tiene más recorrido y que es “técnicamente inviable” admitirlo porque el Constitucional “no puede ejercer de amparo para estas cosas”.

Si bien, en el improbable caso de que la sección diera luz verde al recurso, la salida de prisión de Cerdán no sería inminente, quedaría pendiente que la Sala Primera del tribunal estudiara el recurso. Entretanto, el ex secretario de organización socialista sigue en Soto del Real camino del tercer mes.

Por el momento, Cerdán no ha hecho ni si quiera el amago de modificar un ápice su estrategia de defensa, que pasa por defender su inocencia y dudar de la veracidad de las grabaciones de Koldo García que lo incriminan. Sus abogados sospechan que la decisión del Supremo de encarcelarlo era que confesara y tirara de la manta, pero aseguran que esto no pasará.

El juez Leopoldo Puente, apoyado por el Fiscal Anticorrupción, Alejandro Luzón, decretó el ingreso en prisión provisional de Cerdán el 30 de junio porque existía riesgo de destrucción de pruebas en una investigación de una presunta organización criminal muy embrionaria, en la que sospechan que solo están viendo la punta del iceberg.

El motivo principal fue el temor a que Cerdán influyera o modificara el testimonio de otros miembros de la trama aún desconocidos que, al parecer, participaron en el amaño de adjudicación de obra pública durante años. La medida cautelar la avaló la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo al considerar que la decisión de Puente fue “racional, objetiva y detalladamente fundada por existir un peligro que pueda perjudicar irremediable y gravemente la investigación por una actuación obstruccionista del recurrente”.

Los argumentos de Cerdán

Agotados los cauces en el Alto Tribunal, el pasado mes de julio sus abogados presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional porque consideran que la medida cautelar interpuesta por el Supremo “adolecía de una falta de motivación y concreción palmaria”.

Sostuvieron que los argumentos esgrimidos por el Alto Tribunal “no hacen ninguna referencia concreta sobre qué prueba se pretende preservar, ni aún menos se relaciona con una posibilidad real que el señor Cerdán pueda alterarla o destruirla”. E insistieron en que no se pueden dar por válidos los audios de Koldo García en los que supuestamente hablaba de mordidas de la adjudicación de obra pública. “A fecha de hoy su veracidad, ni el soporte de los mismos, ni quien los grabó y por qué motivo y que han sido convenientemente editados y filtrados en los medios de comunicación”.

Por ello, desde la defensa de Cerdán critican a los magistrados del Supremo porque ni si quiera sus autos “superan un mínimo test riguroso respecto de la necesidad de concretar el riesgo existente de destruir, alterar o manipular concretas fuentes de prueba”. Algo que ven como una violación de derechos fundamentales de su cliente “exigidos tanto por este Tribunal Constitucional o por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y por tanto debe acordarse su inmediata puesta en libertad”, concluyen.

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