Cuando menos te lo esperas, llega el temido momento al vivir en una comunidad de propietarios: ¡Derramas! Hay momentos en los que puedes pagar sin problemas. Pero, en ocasiones, surge la duda de la obligación de pagar y si hay alguna alternativa si no se dispone del dinero a abonar.
Es importante saber que la obligación de pagar, y las opciones disponibles si no puedes afrontarla dependen, en primer lugar, de la naturaleza de la obra para la que se solicita el gasto.
Derramas en la comunidad de propietarios: Qué tipo debes pagar y qué no

En España, la gestión y cobro de las derramas se regulan en la Ley de la Propiedad Horizontal (LPH). Esta estipula dos situaciones de derrama principales, y las principales diferencias entre ellas residen en la obligatoriedad del pago y las mayorías necesarias para aprobar el gasto comunitario.
Por una parte, se encuentran las obras de conservación. Se trata de intervenciones necesarias para el uso en condiciones de seguridad, habitabilidad y accesibilidad del edificio y los espacios comunes del mismo. Estas pueden ser de reparación de averías, goteras, grietas y otros problemas similares.
La mayoría simple (más del 50% de los votos de los asistentes) en la junta de vecinos otorga la aprobación de este tipo de obras. La obligatoriedad de pago es total, para todos los vecinos y vecinas, hayan votado o no.
Por otro lado, se encuentran las obras de mejora. Al contrario que en el anterior tipo, el abono de su coste puede no ser obligatorio para quienes votar en contra si el coste supera las 3 mensualidades ordinarias. Además, tres quintas partes del total de propietarios y propietarias deben dar el visto bueno a la derrama.
Este tipo de intervenciones, como su nombre indica, buscan simplemente mejorar la comodidad y/o calidad del edificio. Son obras no esenciales, como las mejoras estéticas, o una instalación de un ascensor donde no lo había.
Qué opciones tienes si no puedes afrontar una derrama

Si te enfrentas a unas derramas aprobadas y obligatorias en tu comunidad de propietarios y no puedes pagarlas de una sola vez (en las cantidades establecidas), tienes diferentes opciones para hacer frente a este pago.
Como explican desde la administración Ático07, lo primero es revisar el acuerdo y tratar de negociar con la comunidad. Normalmente, la administración y la comunidad facilitan el fraccionamiento del pago o la prórroga de las fechas de abonamiento, especialmente en las derramas más caras.
En el caso de que no llegues a ningún acuerdo, si la deuda es con una administración pública (como Hacienda), puedes solicitar el aplazamiento o fraccionamiento directamente con ellos.
Si tu situación económica impide pagar en los plazos establecidos en la junta de vecinos, la Agencia Tributaria permite esta opción sin problemas. A veces pueden entrar en juego algunas condiciones, como las garantías o los intereses de demora. Pero sus plazos son muy flexibles.
Bajo cualquier sospecha de que algo esté fuera de orden, o si surge una derrama muy cuantiosa o incluso un conflicto comunitario, lo ideal es consultar con un abogado especializado o con un administrador de fincas para dar con la mejor vía posible de resolver el problema.