Desde el 1 de julio, quienes deseen poner su vivienda en alquiler temporal deberán prestar atención a un nuevo requisito obligatorio: el número de registro único de alquiler (NRUA).
Esta medida, impulsada por el Gobierno y respaldada por el nuevo reglamento europeo sobre alquileres de corta duración, pretende ordenar la oferta de alojamientos turísticos y de temporada. Especialmente, aquellos comercializados a través de plataformas digitales.
El incumplimiento puede suponer sanciones que, dependiendo de la comunidad autónoma, pueden alcanzar los 500.000 euros.
El alquiler temporal entra en el radar del Gobierno
Con el auge del alquiler temporal como alternativa tanto a la vivienda habitual como al alojamiento turístico tradicional, el Gobierno ha decidido endurecer los controles sobre este tipo de arrendamientos. El nuevo número de registro único de alquiler (NRUA) se convierte así en una exigencia imprescindible para quienes quieran ofrecer su vivienda por periodos cortos a través de plataformas digitales como Airbnb, Booking o Vrbo.

El objetivo es claro: controlar la actividad de alquiler temporal en línea y garantizar la trazabilidad de las operaciones. Según el reglamento europeo 2024/1028, junto con el Real Decreto 1312/2024, solo estarán obligados a registrar sus viviendas quienes las comercialicen mediante plataformas digitales que permitan realizar contratos de forma online. Es decir, plataformas consideradas “transaccionales”.
¿Qué propietarios están obligados a registrarse?
El alquiler temporal de una vivienda no exige este registro si no se realiza a través de dichas plataformas digitales. Es decir, si un propietario alquila su piso de forma directa, sin mediar un portal que permita formalizar el contrato en línea, no está obligado a inscribir su inmueble en el registro. Sin embargo, si decide publicitar su vivienda en Airbnb o plataformas similares, deberá contar con un NRUA en vigor.
Este matiz es importante. La normativa no afecta al alquiler tradicional ni a los arrendamientos de larga duración, sino únicamente a aquellos alquileres temporales vinculados a plataformas online transaccionales. Así lo ha confirmado el Colegio de Registradores de España, que además gestiona la emisión del número de registro.
Así se solicita el número de registro único de alquiler (NRUA)

Solicitar el NRUA para un alquiler temporal es un proceso que se puede realizar por vía telemática, a través de la web del Colegio de Registradores de España. El Ministerio de Vivienda ha detallado la documentación necesaria para completar la solicitud:
- Referencia catastral y dirección exacta del inmueble.
- Indicar si el alquiler temporal será de la vivienda completa o por habitaciones.
- Número máximo de personas que podrán alojarse.
- Declaración del cumplimiento de los requisitos exigidos por la comunidad autónoma correspondiente.
El coste del trámite asciende a 27 euros más IVA. Una vez enviada la solicitud, se entregará un número de registro provisional. Si la documentación presentada es correcta, este se transformará en definitivo.
¿Qué pasa si no me registro?
Los propietarios que no inscriban su vivienda para alquiler temporal y aun así la anuncien en plataformas como Airbnb podrían enfrentarse a la retirada del anuncio, sanciones económicas y la obligación de cesar la actividad. Las propias plataformas, además, estarán obligadas a exigir el NRUA a los anunciantes. Si no lo hacen, también ellas podrán ser multadas.
En este sentido, el reglamento europeo impone a las plataformas la obligación de colaborar activamente con los estados miembros. Así, los portales de alquiler turístico deberán verificar que todos los anuncios cuenten con un número de registro válido y facilitar periódicamente datos sobre las operaciones realizadas, en cumplimiento de las normas de transparencia.