La interrupción voluntaria del embarazo en España ya está regulada. ¿Es el momento de dar un paso más? Exponen sus posturas Ana Méndez Gorbea y Marta Pellón Pérez
"Quedaría blindado frente a retrocesos"
El aborto es un derecho fundamental. Nos corresponde a las mujeres decidir sobre nuestros derechos sexuales y reproductivos. No necesitamos que nuestro cuerpo sea intervenido. Convertir el aborto en un derecho fundamental constitucional reconoce expresamente la autonomía y libertad de las mujeres para decidir sobre su propio cuerpo y maternidad. La mujer debe poder decidir libremente si quiere o no ser madre sin interferencias ni penalizaciones jurídicas. Y este es un derecho que debe estar amparado por la Constitución.
Su blindaje lo protegerá frente a posibles retrocesos políticos o judiciales y frente a presiones de determinados movimientos. Como derecho constitucional quedaría también garantizado ante cambios de Gobierno o interpretaciones judiciales.
Es un derecho vinculado a la igualdad de género. Por esto, respaldo su blindaje en la Constitución y defiendo que se pueda ejercer sin obstáculos y sin discriminaciones.
"No veo necesario el cambio, ya se encuentra reconocido"
Desde el punto de vista jurídico no veo necesario el cambio, ya que el aborto se encuentra reconocido y regulado en nuestro país tal y como el legislador ha considerado que debe tutelarse, sin necesidad de su mención explícita en el texto constitucional. Esto nos lleva a que donde sí es posible que resulte necesario es desde un punto de vista político, ya que se trata de una cuestión que históricamente despierta una gran controversia y lo que se busca evitar al incorporarlo en la Constitución es que este derecho se modifique cada vez que se produzca un cambio de gobierno que marque un criterio distinto.
El procedimiento constitucional para llevar a cabo esta modificación requiere de un consenso tan amplio, que, si se obtiene, el impacto sería el blindaje de este derecho que le brindaría una protección especial y haría más difícil que en el futuro otro gobierno lo impida.
Desde mi perspectiva, y considerando la naturaleza del derecho fundamental implicado, esta reforma debe ser presentada ante el pleno mediante el procedimiento de reforma constitucional previsto en el Artículo 168. Sin embargo, siendo realistas, no considero factible que en este momento se pueda llevar a cabo una reforma de la Constitución en España para incorporar el derecho al aborto. Una modificación de tal magnitud exige un consenso amplio que, dadas las actuales circunstancias del Parlamento, no parece alcanzable.
Se trata de alcanzar una mayoría de dos tercios y posteriormente someter la reforma a referéndum, lo que implica necesariamente un nivel de acuerdo excepcional que, al menos en la actualidad, resulta poco probable.
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