El todavía fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, se sabe inhabilitado para el cargo ocupa, aunque no tiene la certeza de si también va a ser apartado de la carrera fiscal. Y es así porque, de momento, el Tribunal Supremo únicamente ha adelantado la condena de dos años de inhabilitación, pero no ha redactado ni notificado la sentencia sobre el delito de revelación de secretos que García Ortiz cometió en el procedimiento contra Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Hasta entonces el fallo adelantado no tiene efectos legales.
La redacción de esta sentencia condenatoria —en manos del presidente del Tribunal Supremo, Andrés Martínez Arrieta— es crucial para comprender el alcance de la condena. ¿Puede García Ortiz ser inhabilitado del cargo de fiscal general y recuperar su plaza anterior como fiscal de sala en el Supremo? A la luz del artículo 44 del Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal, lo tiene complicado.
Este enunciado establece la incapacidad para el ejercicio de funciones fiscales de “los que hayan sido condenados por delito doloso” y el de revelación de secretos puede ser considerado como tal (aquel que se comete con conocimiento y voluntad de realizar el acto prohibido por la ley y causar el resultado dañoso).

La presidenta de la Asociación de Fiscales, Cristina Dexeus, no alberga dudas sobre la inhabilitación total que espera a García Ortiz tras adelantarse el fallo: “Una vez firme la sentencia, la ley que regula el Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal y su reglamento determinan su inhabilitación para ejercer como fiscal general y, además, su pérdida de la condición de fiscal de carrera, previo expediente abierto al efecto en la Fiscalía General del Estado, sin alternativa legal”.
Fuentes jurídicas consultadas por Artículo14 no son capaces de pronunciarse con tanta claridad y ven relevante conocer la redacción de la sentencia para determinar el alcance de la condena. “Es un tema de ejecución de sentencia y será la Sala del Tribunal Supremo la que diga si su sentencia se está ejecutando bien o no”, apuntan.
Será también relevante, pero por otros motivos, conocer el detalle de los dos votos particulares que van emitir las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo García, ambas disconformes con la condena de inhabilitación. Sus argumentos, muy probablemente, marcarán el camino del recurso que interponga García Ortiz.

Al tratarse de una sentencia del Tribunal Supremo, nace firme. Es decir, sus efectos son inmediatos y un eventual recurso de amparo de García Ortiz tardarán en dar resultados (aproximadamente un año si el Tribunal Constitucional atiende sus argumentos). Existiría también la opción de pedir el indulto, una posibilidad que Moncloa se resiste a comentar en público pero que está sobre la mesa teniendo en cuenta el precedente de la gracia que el gobierno de José María Aznar le concedió al juez Liaño en el año 2000.
El mecanismo de sustitución
Lo inmediato, sin embargo, no es nada de todo eso. Lo inmediato es que la sentencia condenatoria del Supremo se conocerá en breve y el Gobierno activará el mecanismo legal para nombrar a un nuevo fiscal general del Estado. Será elegido a propuesta del Gobierno entre juristas españoles de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión.
Una vez elegido el candidato será el turno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que deberá de elaborar un informe que, en ningún caso, es vinculante. En el caso de Álvaro García Ortiz, por ejemplo, el CPGJ se opuso a su nombramiento aunque no tuvo efecto alguno.



