Si eres madre trabajadora y tienes hijos menores de tres años, la declaración de la renta puede ser una gran ayuda para ti. Y es que la deducción por maternidad en el IRPF es uno de los beneficios fiscales más relevantes para las familias, y en los últimos años ha incorporado mejoras y ampliaciones. Para profundizar en ella, saber qué consiste, cómo acceder a ella y qué tener en cuenta para aprovechar al máximo esta ayuda, se puede seguir los siguientes consejos.
¿Qué es la deducción por maternidad?
Se trata de una deducción fiscal destinada a madres trabajadoras, ya sean por cuenta ajena o autónomas, que tienen hijos menores de tres años. Aunque técnicamente no es una deducción directa sobre la base imponible, actúa como una reducción de la cuota diferencial del IRPF.
La cuantía general es de hasta 1.200 euros anuales por hijo, y puede cobrarse de dos maneras:
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En la declaración de la renta, aplicando la deducción al presentar el IRPF.
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A través de pagos anticipados mensuales de 100 euros, solicitándolo previamente a la Agencia Tributaria mediante el modelo 140.
¿Quién puede beneficiarse?
Para acceder a esta deducción, se deben cumplir estos requisitos:
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Ser madre trabajadora (autónoma o asalariada).
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Tener a cargo un hijo menor de tres años.
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Estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad correspondiente.
También puede solicitarla el padre o tutor si la madre ha fallecido o no tiene la guarda y custodia del menor, siempre que cumpla con las condiciones anteriores. Además, se contempla en casos de adopción o acogimiento, aunque el menor supere los tres años, siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la inscripción en el Registro Civil.

Los gastos de guardería también entran en la ecuación
Desde 2019 se puede incrementar esta deducción en hasta 1.000 euros adicionales si el menor acude a una guardería o centro infantil. Este aumento responde a los gastos de custodia del niño, incluyendo matrícula, asistencia, ya sea en horario completo o parcial, y alimentación.
Pero aún con eso hay condiciones:
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Los gastos deben estar satisfechos a una guardería autorizada y por meses completos.
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El pago puede hacerlo cualquiera de los progenitores, pero no puede incluir subvenciones públicas o ayudas de la empresa.
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Este incremento solo se puede aplicar en la declaración del IRPF, no por anticipado.
¿Cómo se solicita?
Hay dos formas de disfrutar de esta deducción:
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Al hacer la declaración de la renta:
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Se descuenta directamente de la cuota resultante del IRPF. Si esta fuera negativa, se sumará al importe que Hacienda devuelve.
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El incremento por guardería también se aplica aquí, siempre que se cumplan las condiciones.
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De forma anticipada:
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Si prefieres cobrar los 100 euros mensuales, puedes solicitar el pago anticipado presentando el modelo 140 a través de:
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La sede electrónica de la AEAT.
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Teléfono.
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Presencialmente en una oficina de Hacienda o por correo.
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No es necesario presentar documentación al solicitarla, aunque Hacienda podría requerir más adelante justificantes como el libro de familia, certificados de empadronamiento o la tarjeta de residencia.
Los posibles cambios
En caso de que ocurra algo que cambie las circunstancias del derecho a recibir la ayuda, como el fin de la actividad laboral o el cumplimiento de los tres años del menor, deberás comunicarlo a Hacienda en un plazo de 15 días naturales, mediante la presentación de un nuevo modelo 140.